En el día de ayer 30 de junio del 2020, ha tenido lugar una reunión entre el Ministerio de Justicia, STAJ y resto de sindicatos representativos a nivel nacional pata negociar el Plan de Actuación para el refuerzo de los órganos de las jurisdicciones social, contencioso y mercantil, para hacer frente a la situación generada por el COVID-19.
Hemos presentado queja por la falta de concreción, datos y ambigüedad del documento, señalando que el documento de trabajo se remitió el lunes 29 a las 21.00 horas, para una reunión señalada el martes 30 a las 13.00 h, lo que demuestra la mala fe y la falta de predisposición de la Administración empleadora a la hora de llegar a acuerdos, tan sólo les interesa cumplir el trámite e imponer lo que les interesa.
Adelantar que la primera reivindicación de STAJ ha sido exigir convocatoria de Mesa de retribuciones y empleo para abordar en un plan la subida del complemento específico. Si quieren colaboración deben de demostrar interés por sus funcionarios y solucionar de una vez la brecha salarial existente.
El Ministerio en ese documento que trasladó se recogen dos fases diferenciadas:
- Primera fase (entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020), centrada en la jurisdicción social y en los juzgados de lo mercantil, incidiendo en los procedimientos de reclamaciones aéreas.
- Segunda fase (que se iniciará el 1 de enero de 2021) se contará con datos más completos del impacto de la crisis, lo que permitirá definir la extensión de las medidas a aplicar en esta fase y que serán objeto de un desarrollo posterior. En fase se incluiría también a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para la determinación de los órganos concretos donde se aplicará el Plan de Actuación, el Ministerio prevé aplicarlo según datos que no ha trasladado a pesar de haberlo solicitado todos los sindicatos. Nos remiten el siguiente cuadro de medidas de refuerzo.
TRAMO
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CARGAS DE TRABAJO MÓDULOS CGPJ
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MEDIDAS
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I
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Menor del 100% módulo
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No aplica
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II
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Del 100 % al 130 %
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No aplica
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III
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Del 131 % al 150 %
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Medidas de auto refuerzo
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IV
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Del 151 % al 200%
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Auto-refuerzo + refuerzo externo, según pendencia
1040 asuntos para jurisdic. social y 565 para mercantil
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V
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Mayor del 200 %
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Medidas de auto-refuerzo + refuerzo externo
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Se contemplan dos formas de refuerzos:
1.- AUTO-REFUERZOS.- Consistirían en cumplimientos de objetivos dentro de estos planes de actuación. El Ministerio plantea un auto-refuerzo de un Letrado, un Gestor, un Tramitador por cada órgano y un Auxilio por cada dos Órganos judiciales.
2.- REFUERZO EXTERNO.- Consistirían en un Juzgado bis con personal titular con comisión de servicios con relevación de funciones y/o interinos de refuerzo, con una plantilla de un Letrado, dos Gestores, dos Tramitadores por cada Órgano y un Auxilio por cada dos Órganos
En cuanto a las retribuciones, la Administración nos traslada este cuadro (las retribuciones del Plan de Actuación van ligadas al cumplimiento de objetivos):
JURISDICCIÓN SOCIAL
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JURISDICCIÓN MERCANTIL
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Objetivo a cumplir (procedimientos mensuales) (ver *) |
LAJ
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GP/ TP
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AJ
| Objetivo a cumplir (incremento de los procedimientos de reclamaciones aéreas en al menos...) (ver *) |
LAJ
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GP/ TP
|
AJ
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+ 145
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500 €
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12 puntos
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9 puntos
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+20%
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500 €
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12 puntos
|
9 puntos
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+ 155
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600 €
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14 puntos
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10 puntos
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+30%
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600 €
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14 puntos
|
10 puntos
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+ 165
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700 €
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16 puntos
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11 puntos
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+40%
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700 €
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16 puntos
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11 puntos
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Valor del punto: 28,64 €
(*)
1. En el ámbito de la Jurisdicción social el objetivo a conseguir consistirá en la resolución (mediante sentencia, auto o decreto) de al menos 145 procedimientos mensuales.
Tratándose de refuerzos externos el objetivo consistirá en la realización de las actuaciones procesales debidas para el señalamiento y resolución de al menos 100 procedimientos mensuales de carácter preferente.
2. En el ámbito de los juzgados de lo mercantil, el objetivo consistirá en el incremento en la resolución (mediante auto, sentencia o decreto) de los procedimientos referentes a reclamaciones aéreas al menos en un 20%.
En el caso de medidas de refuerzo externo, el objetivo consistirá en la realización de las actuaciones procesales debidas para el señalamiento y resolución (mediante auto, sentencia o decreto) de, al menos, 180 procedimientos mensuales en materia de reclamaciones aéreas.
(*)
1. En el ámbito de la Jurisdicción social el objetivo a conseguir consistirá en la resolución (mediante sentencia, auto o decreto) de al menos 145 procedimientos mensuales.
Tratándose de refuerzos externos el objetivo consistirá en la realización de las actuaciones procesales debidas para el señalamiento y resolución de al menos 100 procedimientos mensuales de carácter preferente.
2. En el ámbito de los juzgados de lo mercantil, el objetivo consistirá en el incremento en la resolución (mediante auto, sentencia o decreto) de los procedimientos referentes a reclamaciones aéreas al menos en un 20%.
En el caso de medidas de refuerzo externo, el objetivo consistirá en la realización de las actuaciones procesales debidas para el señalamiento y resolución (mediante auto, sentencia o decreto) de, al menos, 180 procedimientos mensuales en materia de reclamaciones aéreas.
STAJ rechaza el plan tal y como lo han planteado, no aportan datos, se discrimina en retribuciones, no abordan medios personales suficientes, los objetivos son inaceptables y el criterio de selección es subjetivo, puesto que depende del Letrado AJ, además de que deben incluir otras Jurisdicciones
Hemos realizado entre otras las siguientes alegaciones:
- El plan debe incluir a los Órganos de todas las Jurisdicciones, no sólo conforme se vaya incrementando su carga de trabajo, sino teniendo en cuenta el atraso existente actualmente en muchos Órganos. La Jurisdicción civil debe ser incluida en estos planes, haciendo especial referencia a familia. Se ha de incluir en la segunda fase (la que empieza en el mes de enero 2021) la ejecución de las sentencias, algo no contemplado en el Plan presentado por la Administración. No podemos aceptar que los planes terminen en dictar Sentencia, Auto o Decreto. Deben incluir también la ejecución de las sentencias.
- También se ha de incluir a las Fiscalías, así como a las Audiencias Provinciales y TSJ cuando se produzca el incremento de grabajo por efecto de las apelaciones.
- STAJ ha exigido que la participación en los planes sea en todo caso VOLUNTARIA. Nos parece que las medidas de refuerzo son insuficientes, la plantilla es corta, STAJ ha solicitado que se incluya toda la plantilla del Juzgado siempre que sea voluntario. En todo caso, como mínimo se debe aumentar.
- Los objetivos son demasiado ambiciosos y dependen de terceros. No aceptamos que el pago venga ligado al cumplimiento de unos objetivos que no dependen del trabajo de los funcionarios sino de terceros como son Jueces y Letrados; se ha de retribuir a los funcionarios en función de su trabajo, que consta en Minerva y otros programas de tramitación. Sin olvidar el reparto de Salas de Vistas disponibles, etc.
- Es del todo intolerable la cicatería y el agravio comparativo en las retribuciones. Exigimos las mismas retribuciones de los LAJ para todos los Cuerpos y, en todo caso, no se puede retribuir menos de 16, 18 y 20 puntos según el cumplimiento de objetivos.
- No aceptamos que el Letrado elija a las personas que han de realizar el plan de actuación, ha de ser voluntario y si hay más interesados que plazas, hacer turnos rotatorios. Se deben fijar criterios de selección claros “no admitimos el dedo del superior correspondiente” debe ser una selección objetiva y no subjetiva, SIN OLVIDAR que STAJ ha solicitado que se incluya toda la plantilla que quiera realizar el plan de forma voluntaria.
- Sobre el refuerzo externo, si hay funcionarios voluntarios para ir a estos destinos, se respetará primero la comisión de servicios con relevación de funciones y posterior nombramiento de personal interino. En la plaza que deje el funcionario en su anterior destino se nombrará funcionario interino.
- Se ha de tener en cuenta la configuración de la NOJ. El Ministerio alega que apenas afecta, parece olvidar que ya hay bastantes ciudades con la NOJ implantada por lo que, en el caso de tener que aplicar estas medidas, se debe tener en cuenta su especial configuración.
- Deben de aportar datos, si han afirmado que la mayoría de los Juzgados sociales y Mercantiles están dentro de estos planes “en aras de esa transparencia que tanto alardea este gobierno” que faciliten datos y órganos afectados.
- Deben regular el teletrabajo, fomentar su uso, dar medios y poner fin a las carencias que sufrimos este colectivo y en especial el ámbito no transferido.
- Cada Comunidad transferida debe tener plena libertad en la negociación de estos planes de actuación en su ámbito. Recordando que acabó el estado de alarma.
El Ministerio de Justicia ha comunicado que estudiarán nuestras propuestas, y nos remitirán documento el próximo jueves, indican que quieren llevar este plan de recuperación de la Justicia al Consejo de Ministros del próximo martes.