2 de julio de 2013

DESCUENTOS POR BAJA POR ENFERMEDAD: ámbito ministerio

Retribuciones en situaciones de incapacidad temporal de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia de ámbito Ministerio

En el BOE de 2 de julio se ha publicado la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal, para el personal al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.

MUGEJU: Carta de servicios

En el BOE del pasado 27 de junio se ha publicado la Resolución del Subsecretario del Departamento, aprobando la actualización de la Carta de Servicios de Mugeju.
A continuación tenéis los enlaces de la nueva Carta y el Tríptico correspondiente, que están ya disponibles en la Web de la MUGEJU y en las siguientes direcciones de internet:http://www.mjusticia.gob.es y www.060.es.



NOMBRAMIENTOS DE INTERINOS 01-07-13

En los siguientes enlaces tenéis a vuestra disposición el estado de  nombramientos realizados en la segunda quincena de junio y el estado de las distintas bolsas, conforme a los datos que hasta el día 01 de julio nos ha remitido la Gerencia de Murcia.

Corrección de errores: en el artículo anterior publicamos lo siguiente:

En la bolsa de Gestión, con número de operación 28.1, han incorporado con número de orden 27.1 a Montes Sánchez, Victoria Eugenia, por traslado procedente de la bolsa de Extremadura.

Tras consultar con la Gerencia nos aclara que no es que viniese trasladada de la bolsa de Extremadura, sino que tras haberse rectificado el número de orden, del 39 al 27.1, por estimar la reclamación presentada,  solicitó y se ha trasladado a la bolsa de Extremadura, por lo que hemos procedido a realizar las correcciones de suprimirla como 27.1 y darla como baja en el puesto 39 por traslado a otra bolsa.

Recordamos que, en las tres bolsas, aún existen muchos interinos que están trabajando desde la bolsa anterior y no aparecen en dicha situación. Conforme vayamos conociéndolos iremos actualizando los listados.


1 de julio de 2013

JORNADA Y HORARIOS DE LOS JUZGADOS DE GUARDIA.


Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia.
Se refiere a los Partidos Judiciales en los que existe separación de jurisdicción con hasta 7 Juzgados de Instrucción o que cuenten con 4 ó más Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.


(...)
"Artículo único.

El apartado sexto del punto séptimo de la Resolución de 5 de diciembre de 1996, de la Secretaria de Estado de Justicia, queda redactado en los términos siguientes:
«6.  Servicio de guardia en los restantes partidos judiciales, en los que exista separación de jurisdicciones o que cuenten con cuatro o más Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
La prestación del servicio de guardia, de ocho días, en estos partidos judiciales, se realizará en régimen de jornada partida, actuando de nueve a catorce horas, en horario de mañana, de lunes a sábado, y en turno rotatorio entre los funcionarios de guardia de lunes a sábado de diecisiete a veinte horas y domingo de diez a
catorce horas. Asimismo, el horario de actuación del servicio de guardia del octavo día, que se dedicará al enjuiciamiento inmediato de las faltas, será de nueve a catorce horas, en horario de mañana y de diecisiete a veinte horas, en sesión de tarde.
Fuera del horario expresado, permanecerán en situación de continua localización, para atender puntualmente a cualquier incidencia propia del servicio de guardia que pudiera suscitarse.

Los médicos forenses que hayan realizado ese servicio de guardia, no trabajarán al día siguiente de la salida de guardia. En los casos en los que las funciones médico-forenses obligatorias, derivadas del servicio de guardia, impidan el disfrute de la jornada de descanso al día siguiente de su finalización, y con la finalidad de garantizar la correcta prestación del servicio en el Instituto de Medicina Legal, esta se podrá disfrutar en los diez días laborables siguientes a la finalización de la misma.
Si durante la rotación prevista en el párrafo primero, hubiera asistido a la guardia un funcionario (Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial), el día de descanso posterior a la guardia, solo corresponderá al que hubiese trabajado el domingo.

El resto de la plantilla que no esté incluida en este turno de guardia, realizará el horario general establecido para el ámbito de la Administración de Justicia.»
 
Disposición final única.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
"
 

Retribuciones Secretarios judiciales en situaciones de Incapacidad Temporal


Publicado en el BOE de hoy 1-07-2013
Cuerpo de Secretarios Judiciales. Incapacidad temporal
Resolución de 25 de junio de 2013, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

CONCURSO ESPECÍFICO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES: LISTAS DEFINITIVAS


En BOE de 1 de julio se ha publicado la Orden JUS/1207/2013, de 21 de junio, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden JUS/32/2013, de 15 de enero, en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

20 de junio de 2013

PRENSA: La Comisión Nacional de Competencia censura como "muy negativa" la reforma de Gallardón para los procuradores

Cree que genera un "mercado privado de servicios" que pasarán a poder prestar en "exclusiva" los procuradores con "reducida competencia".

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) aprobó en su reunión del pasado 29 de mayo un informe sobre el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, impulsado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en el que hace una valoración "muy negativa" del texto legislativo y defiende que al no superar el criterio de necesidad, se puede concluir que la normativa "no está justificada".
En el anteproyecto se detalla que el ciudadano podrá decidir si son los procuradores o los funcionarios de la Administración de Justicia quienes se ocupen de practicar los actos de comunicación, los embargos y algunos actos de ejecución de la resolución que se dicte al final del proceso. El procurador actuará bajo las órdenes del secretario judicial y control judicial.

Así, la CNC considera "gravemente perjudicial" para la competencia el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil informado, por generar un "inusual daño" a la concurrencia a través de la concesión de una reserva de actividad, "de forma innecesaria y desproporcionada", a un único colectivo profesional que, a su juicio, además se encuentra sometido a "importantes restricciones a su acceso y ejercicio".

"Su contenido robustece el marco innecesario y desproporcionadamente restrictivo de la competencia en la prestación de servicios de representación procesal, al otorgar determinadas funciones correspondientes a la esfera del secretario judicial en exclusiva a los procuradores", argumenta la CNC, al tiempo que indica que tampoco se "aprecia justificación en aras de razón de interés general alguna".


Concurso de traslados

En la reunión de mesa sectorial de ámbito nacional el Ministerio informó a los sindicatos que los listados provisionales estarán en septiembre, ya que aunque pudieran estar a primeros de agosto, para evitar que los funcionarios que pudieran estar de vacaciones no se enteren se pospondrá su publicación a septiembre.

MUGEJU. Nota de aviso: Condiciones generales abusivas; Cláusula suelo en los préstamos hipotecarios.

En la página web de la MUGEJU aparece publicada la siguiente nota de aviso:
Para cualquier aclaración sobre la aplicación de la Sentencia del Tribunal Supremo 241.
Consumidores: condiciones generales abusivas; cláusula suelo en los préstamos hipotecarios, los mutualistas que se vean afectados, deberán dirigirse a las Oficina de la Entidad Financiera BBVA, en la que cada uno hubiese firmado el contrato por el que se otorgaba el crédito hipotecario.
No obstante, en los próximos días, en está misma página Web, se publicará una nota informativa, que a petición de la Mutualidad General Judicial, está preparando BBVA, indicado como va ser el procedimiento de aplicación de la citada sentencia.


Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica.

En el BOE de 19 de junio se ha publicado el Real Decreto 396/2013, de 7 de junio, por el que se regula el Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica.