Se ha publicado en la
página web de la MUGEJU ,
nota informativa sobre la
realización de trabajos temporales y esporádicos de los beneficiarios y su
repercusión.
Os tenemos que recordar
que en estas situaciones, no
se puede mantener el derecho a la asistencia sanitaria de dos regímenes
distintos (asegurado en el
Sistema General de la
Seguridad Social y como beneficiario de un titular mutualista
de la MUGEJU
en calidad de familiar o asimilado).