En el BOE del día 15 de marzo, se ha publicado el nombramiento como
funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la
oposición al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, convocada
en diciembre de 2022.
- Orden
PJC/239/2024, de 6 de marzo por la que se nombran funcionarios
del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los aspirantes que
superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de
7 de diciembre.
- Orden
PJC/241/2024, de 6 de marzo por la que se otorgan destinos a los
funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que
superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1254/2022 de 7
de diciembre, en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia.
TOMA DE POSESIÓN:
Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día
siguiente a la publicación en el BOE.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan
ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que
opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado,
bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles),
comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano
competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a
los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506
d) de L.O.P.J.
En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la
continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar
a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del
Cuerpo de Gestión o Tramitación, un permiso retribuido de un día si
no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo
aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en
cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días
se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará
durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso,
dentro del plazo posesorio.
En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de
otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el
traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos
órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia
voluntaria en el Cuerpo de Gestión P.A. o Auxilio Judicial y el cese automático
con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el
Cuerpo de Tramitación P.A., al objeto de evitar interrupción en la percepción
de sus haberes.
PERMISO R.D. 364/95
El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa, tendrá derecho, a partir de la toma
de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición
adicional 5ª del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo; son
tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario
y de un mes si lo comporta, del que se deducirían los días que se hubiesen
solicitado para evitar el vacío de continuidad (uno, dos o tres días).
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación P.A. a los que se otorga
destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de
traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que
transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los
dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo
523.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han
sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en
que se produzca la toma de posesión del titular.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las
competencias transferidas son las siguientes: