11 de febrero de 2026

DERECHO AL COBRO DE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA EN CASO DE CESE DEL FUNCIONARIO INTERINO TRAS LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN.

A lo largo del primer semestre del 2026 es de suponer que los opositores que han superado los procesos selectivos de la Ley 20/2021 de estabilización, vayan tomando posesión en sus diferentes destinos adjudicados. Al menos es la intención que nos ha transmitido el Ministerio. 

El primer proceso selectivo, y el primer Cuerpo, que tome posesión será el Cuerpo de Tramitación del concurso de méritos, que se prevé que será en las próximas semanas.

Concretamente el día 17 de febrero está previsto que se publique en el BOE el nombramiento y la adjudicación de destinos y comience el plazo para la toma de posesión de los funcionarios titulares nombrados.

La toma de posesión llevará aparejada el cese de los funcionarios interinos que hasta ese momento estaban ocupando los puestos de trabajo que se adjudiquen.

Pues bien, el artículo 2.6 de la citada Ley 29/2021 señala lo siguiente:

"Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización."

(...)

"La no participación del candidato o candidata en el proceso selectivo de estabilización no dará derecho a compensación económica en ningún caso."

¿Qué quiere decir esto? 

Que aquellos funcionarios interinos que habiendo participado en alguno de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, es decir,  el concurso de méritos y/o concurso-oposición, y no habiendo superado el proceso selectivo, de forma que no haya obtenido plaza, cese como consecuencia de ese proceso selectivo, tendrán derecho a una compensación económica.

Por lo tanto, se requieren tres requisitos:

  • Primero: haber participado en alguno de esos procesos selectivos; concurso de méritos y / o concurso oposición.  
  • Segundo: no haber obtenido plaza.
  • Tercero: cesar como consecuencia de la toma de posesión de los opositores que sí que han obtenido plaza en esos procesos selectivos. 

Es de suponer que la Administración empleadora cumplirá con el prefecto legal señalado, y que de oficio finiquitará y liquidará esta compensación económica a la que se refiere la Ley. La ley obliga y la Administración empleadora tiene que cumplir con el mandato legislativo.

Obviamente el abono de la compensación económica se realizará una vez que el funcionario titular tome posesión y como consecuencia de ello cese el funcionario interino, por lo tanto, tendremos que estar a la espera de que ese hecho se produzca.

No obstante, el Ministerio aún no se ha pronunciado al respecto, y a juicio del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia, STAJ, la ley obliga y por lo tanto la Administración tiene que cumplir esa obligación siendo quien, de oficio, calcule y abone la correspondiente compensación económica a la que se refiere a la ley, sin que rija en ningún momento el Principio de petición.

El Ministerio debe informar sobre esta cuestión, estableciendo los criterios del abono de esta compensación económica y abonar a medida que el funcionario interino vaya cesando como consecuencia de la toma de posesión de los distintos Cuerpos y procesos selectivos.

No obstante, si esto no es así, desde el sindicato STAJ iniciaremos la vía administrativa para todos aquellos afiliados, reclamando las cantidades que correspondan en el supuesto de cumplir con los requisitos anteriormente señalados.

 

 

OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL CONCURSO DE MÉRITOS. NUEVO LISTADO COMPLEMENTARIO DE APROBADOS.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado Acuerdo del Tribunal calificador del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica nota informativa junto con el listado de las personas que han renunciado al proceso selectivo, así como aquellos que no podrán ser nombrados al no haber presentado la documentación requerida dentro del plazo habilitado conforme establece la Base 8.3. 

Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria de diciembre de 2025, para presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I (Documentación y Declaración de incompatibilidad), en un PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (10 de febrero), a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es

STAJ DENUNCIA ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO LA PÉSIMA GESTIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS A CARGO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.

A continuación, os dejamos transcripción del escrito que ha presentado el STAJ ante el Defensor del Pueblo por la pésima gestión de los procesos selectivos a cargo del Ministerio de Justicia. 

Nos volvemos a dirigir a esa Institución como ampliación de los escritos presentados en fecha 3 de noviembre de 2023 y 1 de noviembre de 2024 a fin de volver a solicitar su intervención e intercesión con el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. 

A día de hoy seguimos con las mismas circunstancias detalladas en los anteriores escritos, a pesar del tiempo transcurrido, todo ello debido a la pésima gestión que se está llevando a cabo con los procesos selectivos y concursos de traslados que se han ido convocando, y que desde el año 2022 están pendientes de resolución causando un enorme perjuicio de se traduce a nivel personal para los cientos de aspirantes y en un quebranto económico que probablemente tendrá como consecuencia numerosas reclamaciones que en caso de prosperar implicaría el innecesario gasto del dinero de todos los ciudadanos por la incompetencia y mala gestión de sus responsables. Por otra parte a nivel general la natural desafección y malestar por la falta de certidumbre que seguro tiene consecuencias en el peor desempeño del servicio público. 

Todos estos procesos que detallamos a continuación se encuentran a día de hoy sin resolver, es decir, sin haber adjudicado plaza y a mayor abundamiento muchas personas se han tenido que examinar más de una vez por no saber en su caso si ha superado la convocatoria anterior toda vez que se convocan sin haber publicado los aspirantes que han superado el proceso anterior causando un gran perjuicio difícil de justificar. 

Estos procesos pendientes son los siguientes : 

-Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (BOE 27 DICIEMBRE) 

-Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.(BOE DE 30 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso por promoción interna y sistema de concurso oposición, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. 

-Orden PJC/104/2024, de 31 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 12 DE FEBRERO DE 2024) 

-Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE DE 2 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE DE 1 DE FEBRERO) 

-Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE 19 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/1435/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 19 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/1436/2024, de 4 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 19 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/1550/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. BOE 30 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante de oposición, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.(BOE DE 30 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/1550/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE DE 30 DICIEMBRE) 

-Orden PJC/1572/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna y sistema de concurso-oposición al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE DE 2 ENERO DE 2026) 

Los procesos anteriores en los que no se han llegado a adjudicar plazas y por tanto están colapsando los de fechas posteriores afectan a un gran número de opositores que están sufriendo consecuencias económicas y personales que deben ser resueltas lo antes posible. 

Por otra parte, en cuanto a los concursos de traslados todavía tenemos pendiente de resolver el concurso convocado en fecha 5 de noviembre de 2025 y que a fecha de hoy está todavía en trámite de valoración de méritos, por lo que figuramos que el concurso de traslados que según nuestro Reglamento de ingreso debe ser convocado en el primer trimestre de 2026 se verá afectado y retrasado para finales de este año. 

Queremos significar que los funcionarios del Ministerio que están desarrollando todos estos procesos selectivos y concursos carecen de medios técnicos y de personal suficiente para poder realizar con eficacia dicha labor por lo que apelamos a que, desde esa Institución se requiera a los responsables a fin de demandar los medios necesarios para dar solución a esta situación. 

Es por ello por lo que volvemos a apelar a su autoridad y solicitamos su colaboración ante la grave situación que supone una vulneración de los derechos laborales de nuestro colectivo y al interés del servicio público.


 

10 de febrero de 2026

CONVOCATORIA PUESTO LIBRE DESIGNACIÓN EN SEVILLA: CUERPO GESTIÓN P.A.

En el BOE del día 9 de febrero se ha publicado la Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en la Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia. 

Las solicitudes se presentarán en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE e irán dirigidas a la Secretaría General de Servicios Judiciales y se presentarán preferentemente en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía y en los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

Para acceder al medio electrónico de presentación, las personas interesadas deberán identificarse electrónicamente utilizando el sistema basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados, previstos en las letras a) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dichas personas deberán firmar electrónicamente a través del medio establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 10 de la citada ley. 

A la solicitud se deberá adjuntar currículum vitae y documentación acreditativa de los requisitos exigidos para el puesto solicitado.

7 de febrero de 2026

OPOSICIONES 2022: TRAMITACIÓN P.A. CONCURSO DE MÉRITOS. ADJUDICACIONES DE DESTINOS EN ÁMBITO MINISTERIO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha  publicado la adjudicación de plazas del ámbito no transferido del concurso de méritos del cuerpo de Tramitación P.A., convocado por Orden JUS/1288/2022.

Fecha de publicación prevista en el Boletín Oficial del Estado: 17-2-2026

6 de febrero de 2026

OPOSICIONES 2022: TRAMITACIÓN P.A. CONCURSO DE MÉRITOS. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS

Por indicación de la Subdirección General de acceso y promoción del personal de la Administración de Justicia, y en relación a la adjudicación de destinos de Tramitación, libre, del proceso Orden JUS/1288/2022, se informa lo siguiente:

  • Fecha de la resolución de adjudicación de destinos: 9-2-2026.
  • Fecha de publicación en el BOE: 17-2-2026.

OPOSICIONES 2025: AUXILIO JUDICIAL. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS DE LENGUA VALENCIANA.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado nota conforme a lo establecido en la base 7.5 de la Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre, el Tribunal Delegado de la Comunitat Valenciana, en el proceso selectivo de acceso por turno libre al cuerpo de Auxilio Judicial, acuerda convocar a los opositores que en su día solicitaron la celebración de la prueba de conocimientos de lengua valenciana, a este ejercicio, de carácter optativo y no eliminatorio, en el día, hora y lugar que a continuación se indica: 

FECHA:17 de febrero de 2026.

HORA: 9:00h. 

LUGAR:

Ciudad Administrativa 9 de Octubre

Edificio B. Salón de Actos

Calle de la Democracia, 77

46018 Valencia

 

OPOSICIONES 2025: AUXILIO JUDICIAL. ACREDITACIÓN Y FECHA DE LA PRUEBA DE CONOCIMIENTO DE CATALÁN.

En la página del Ministerio de Justicia se informa que el Tribunal Delegado de Cataluña de la oposición al cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1437/2024, acuerda convocar a los opositores que en su día solicitaron la celebración de la prueba de conocimientos de lengua catalana, a este ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, el próximo 12 de febrero de 2026, a las 9:30 horas, en el Departament de Justícia i Qualitat Democràtica, Districte Administratiu, c/Alts Forns 36-44, 08018 Barcelona. 

Aquellos aspirantes que hicieron constar en su instancia que documentaban, han de presentar el certificado correspondiente de catalán, al correo electrónico aj.auxililliure.justicia@gencat.cat en el plazo de 5 días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria.


 

COBRO DE LAS GUARDIAS EN SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN RECURSO DE CASACIÓN: SE CIERRA LA POSIBILIDAD AL COBRO DE LAS GUARDIAS EN CASO DE BAJA MÉDICA.

En relación con el cobro de las guardias en situación de incapacidad temporal (baja médica) y para poner en contexto, debemos recordar que hay sentencias contradictoria; unas estimando el cobro de las guardias y otras desestimando, de distintos Tribunales Superior de Justicia. 

Es por ello por lo que el Abogado del Estado interpuso recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, admitido por Auto de 21 de mayo del 2025, tal como informamos el pasado 30 de julio. 

En concreto, el Abogado del Estado interpuso recurso de Casación contra una sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que estimó la demanda interpuesta por un compañero en su pretensión del cobro de guardias en situación de incapacidad temporal; esta sentencia del TSJ de Murcia daba la razón al funcionario. El recurso de Casación se presentó para solicitar la anulación de la citada sentencia estimatoria. 

El Abogado del Estado argumentó, entre otras cuestiones, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares en sentido contrario; esta sentencia del TSJ de Baleares, daba la razón a la Administración empleadora. 

Por lo tanto, existían sentencias contradictorias sobre los mismos hechos, por lo que surge el interés casacional; Recurso de Casación. Pues bien, el Tribunal Supremo ha dictado sentencia núm. 17/2026, dictada en Recurso 6502/2004, de fecha 14 de enero del 2026, estimando el recuso de Casación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que casan y anulan. La sentencia establece doctrina. 

Y a su vez desestiman el recurso contencioso administrativo interpuesto por el compañero de Murcia, confirmando las resoluciones de la Administración empleadora en su negativa al abono de las guardias en caso de incapacidad temporal. 

Considera el Tribunal Supremo que el complemento salarial por guardias es un complemento extraordinario, no es salario ordinario (como, por ejemplo, el complemento general del puesto o complemento específico) y no se percibe en caso de incapacidad temporal. 

La sentencia establece doctrina sobre la naturaleza de las retribuciones por guardia en la Administración de Justicia y establece que los funcionarios de la Administración de Justicia no tienen derecho a cobrar las guardias no realizadas durante la situación de incapacidad temporal (baja médica).

La sentencia influye en las reclamaciones presentes (actualmente en curso tanto en vía administrativa como vía judicial) como futuras, puesto que tanto la Administración como Su Señoría han de tener en cuenta esta sentencia para resolver la cuestión, ya que establece doctrina.

CONCURSO ESPECÍFICO FISCALÍA PROVINCIAL DE CÓRDOBA: CUERPO GESTIÓN P.A.

En el BOE del día 5 de febrero se ha publicado la Resolución de 19 de enero de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba. 

Las solicitudes para tomar parte en el concurso irán dirigidas a la Secretaría General de Servicios Judiciales y se ajustarán a los modelos publicados como anexo II. 

El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el BOE. Si no se lograra la simultaneidad de publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 

Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace electrónico: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/10596.html.