30 de julio de 2026

CARRERA PROFESIONAL: EL MINISTERIO BLOQUEA LA NEGOCIACIÓN AL NEGARSE A PRESENTAR UNA PROPUESTA ECONÓMICA. STAJ PRESENTA REQUERIMIENTO CON CARÁCTER PREVIO A LA VIA JUDICIAL.

 

  • Nueva reunión del Grupo de Trabajo de Carrera Profesional (29 de julio de 2026)
  • STAJ solicita la convocatoria inmediata de Mesa sectorial, con propuesta económica y régimen de encuadramiento inicial.

La reunión celebrada ayer en relación a la carrera profesional, ha vuelto a poner de manifiesto la absoluta falta de voluntad negociadora del Ministerio de Justicia. Después de más de un año de reuniones, y de prometer que en esta reunión traería una propuesta, el Ministerio sigue negándose a presentar los dos elementos imprescindibles para que pueda existir una negociación real:

  • Una propuesta económica que cuantifique el valor de cada uno de los grados de la carrera profesional.
  • Un sistema de encuadramiento inicial que reconozca la experiencia acumulada por los actuales funcionarios.

Sin estos dos aspectos esenciales resulta imposible valorar el modelo planteado y avanzar en la negociación.

El Ministerio ha modificado el borrador aumentando los grados de carrera profesional de cuatro a seis, pero esta modificación carece de contenido práctico mientras no vaya acompañada de una determinación económica y de un régimen transitorio que determine cómo se incorporará el personal que ya presta servicios en la Administración de Justicia. (la propuesta de STAJ es que el personal de la Administración de Justicia quede encuadrado desde un principio en el grado de carrera profesional que corresponda en función de los años de servicios prestados que tenga cada funcionario)

STAJ exige una negociación real

Desde STAJ hemos reiterado que no aceptamos seguir negociando sobre documentos incompletos.

No es admisible que un funcionario con décadas de servicio tenga que comenzar desde el Grado I, ignorando toda su experiencia profesional. Por ello hemos exigido nuevamente la incorporación de un régimen transitorio de encuadramiento que permita reconocer la antigüedad ya consolidada y acceder de forma progresiva al grado que corresponda.

Asimismo, hemos reclamado que la próxima reunión se celebre directamente en Mesa Sectorial, si es allí donde el Ministerio afirma que puede abordar la cuantificación económica. No tiene sentido prolongar indefinidamente un grupo de trabajo sin capacidad para negociar los aspectos fundamentales del sistema.

Nuestra posición sigue siendo clara

STAJ continúa defendiendo una carrera profesional basada en criterios objetivos y transparentes:

  • La experiencia profesional debe constituir el elemento principal de valoración para progresar en los distintos grados.
  • La formación debe ser el segundo gran factor de reconocimiento, mediante criterios automáticos y objetivos.
  • Rechazamos un modelo de evaluación del desempeño, especialmente si está basado en conceptos subjetivos que pueden dar lugar a decisiones arbitrarias, que es lo que pretende el Ministerio.
  • Nos oponemos igualmente a que la evaluación dependa del superior jerárquico y lo más que aceptaríamos es un sistema de autoevaluación sustentado exclusivamente en indicadores objetivos, cuantificables y verificables, para evitar la subjetividad y arbitrariedades.

El Ministerio mantiene paralizada la negociación

La reunión ha concluido sin avances reales porque el Ministerio ha decidido mantener fuera de la negociación precisamente aquello que determina el verdadero alcance de la carrera profesional: el dinero que percibirá el personal y el reconocimiento de la experiencia ya adquirida.

Mientras estos dos elementos no se pongan sobre la mesa, cualquier debate sobre el resto del articulado carece de contenido efectivo.

STAJ continuará defendiendo una carrera profesional que:

  • reconozca económicamente el desarrollo profesional de todo el personal;
  • valore la experiencia acumulada durante años de servicio;
  • garantice un encuadramiento inicial justo;
  • elimine cualquier sistema de evaluación subjetivo y por superior jerárquico;
  • y se negocie de forma efectiva en la Mesa Sectorial, con propuestas concretas y cuantificadas.

Sin propuesta económica y sin encuadramiento inicial no existe negociación real. Lo ocurrido hoy demuestra que es el Ministerio quien mantiene bloqueada la negociación de la Carrera Profesional.

Por todo ello STAJ ha solicitado la convocatoria inmediata de Mesa sectorial en la que el Ministerio se deje de “marear la perdiz” y traiga ya propuesta económica y propuesta de encuadramiento inicial.

 

En este sentido el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia, STAJ, como complemento a la petición de ayer realizada en mesa, y de las alegaciones que hicimos en las que expusimos y desarrollamos nuestras reivindicaciones, hoy mismo presentamos requerimiento formal dirigido al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, previo a la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo por inactividad, para exigir el cumplimiento de una obligación legal que el Gobierno lleva incumpliendo desde hace casi ocho años: la aprobación del Real Decreto que regule el complemento de carrera profesional previsto en el artículo 519.3 de la LOPJ.

29 de julio de 2026

ULTIMAS INFORMACIONES DEL MINISTERIO SOBRE OPOSICIONES Y CONCURSO DE TRASLADOS.

Concurso oposición 1327/2022adjudicación de destinos de los tres cuerpos el 24 agosto en BOE. Fecha de la Orden de nombramiento y adjudicación, el 31 de julio. Toma de posesión a partir del 1 de Septiembre.


Promoción interna 104/2024 y 150/2024, lo tienen ya, no tienen que esperar, por ello se publica en BOE de 10 de agosto, pero fecha de resolución de nombramiento también el 31 julio. Salvo Cataluña, que saca su oferta de plazas ahora, y va a resolver en agosto. Toma posesión será 1 de septiembre. El nombramiento en Cataluña no podrá ser 31 julio, pero para respetar orden cronológico de procesos selectivos, se estudiará la fórmula de establecer un escalafón bis o alguna solución similar. 

Estabilización cupo discapacidad, aún no hay previsión, esperan que sean los siguientes. 

Turno libre OEP 2024 (Orden 64/2024), una vez tomen posesión promoción interna, se hará la oferta, ya verán como lo hacen porque Ministerio no tiene plazas suficientes al parecer para el cuerpo de Auxilio.

Tramitación estabilización por méritos 1288/2022, una vez denegada la medida cautelar a SPJ-USO, se ha pedido publicación en BOE de 4 de agosto.

Concurso de traslados. No pueden hacerlo a la vez que todas las adjudicaciones de los procesos selectivos, por el aplicativo, por lo que ahora dice Ministerio que no puede dar una fecha. Lo más correcto según Ministerio sería esperar un poco a que terminen todas las adjudicaciones. Además, todavía no tienen definidas las plazas que se ofertarán, ni Ministerio ni CCAA. Por tanto se desmiente lo que se dijo de que se publicaría en Agosto.


GESTION P.A. PROMOCION INTERNA 2024: APROBADOS DEL PROCESO SELECTIVO

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal de la promoción interna al cuerpo de Gestión procesal y administrativa, convocada por Orden PJC/1435/2024, por el que se publican las listas de personas opositoras que superan el proceso selectivo, limitado al número de plazas por ámbito territorial.

OPOSICION PROMOCION INTERNA TRAMITACION P.A. 2024: NOTA DE CATALAN

En la página Web del Ministerio de la promoción interna para acceso al cuerpo de Tramitación P.A., convocado por Orden PJC/1436/2024, se publica la nota de catalán.

APROBADOS EJERCICIO OPOSICION PROMOCION INTERNA GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA 2025

En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del tribunal de la promoción interna para acceso al cuerpo de Gestión procesal y administrativa, convocada por Orden PJC/1572/2025, por el que se se hacen públicas las relaciones de aspirantes de cada ámbito territorial, por orden alfabético, que han alcanzado el mínimo establecido en el apartado 1.1. del Anexo I (I-A fase de oposición) de dicha Orden de Convocatoria para superar el ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida.

28 de julio de 2026

ENCUADRE Y ALTA DE LOS FUNCIONARIOS DE NUEVO INGRESO EN EL RÉGIMEN DEL MUTUALISMO ADMINISTRATIVO (MUGEJU).

Con carácter previo señalar que el encuadre en el mutualismo administrativo, en el caso de la Administración de Justicia en MUGEJU, es obligatoria.

NO se puede elegir el Régimen de la Seguridad social en el que debemos estar encuadrados; por ejemplo, no se puede elegir el Régimen General de la Seguridad Social a los efectos de asistencia sanitaria, sin perjuicio de que dentro de MUGEJU se pueda solicitar, como entidad médica que da la asistencia sanitaria, el servicio público de salud de la Comunidad autónica correspondiente.

Sin embargo, a los efectos de jubilación, sí que se continúa encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social, en esto no hay cambio.

En el mutualismo administrativo existe la posibilidad de elegir entre ese servicio público de salud o cualquiera de las entidades médicas que estén en el concierto con MUGEJU, concierto que tienen una duración determinada y se van renovando periódicamente. 

¿Cómo se tramita el alta en MUGEJU, tras superar el correspondiente proceso selectivo por ingreso libre?

MUGEJU inicia de oficio el proceso de alta de titulares por derecho propio, enviándoles un correo electrónico con el enlace de acceso al sistema de alta telemática. Desde dicho enlace, se deben cumplimentar los datos personales y profesionales, y se debe elegir la entidad prestadora de asistencia sanitaria; el servicio público de salud correspondiente y cualquiera de las entidades médicas que formen parte del convenio con MUGEJU.

El alta en MUGEJU se realiza siguiendo estos pasos:

  1. Finalizado cada proceso selectivo, el Ministerio de Justicia facilita a la Mutualidad General Judicial un listado de personal funcionario de nuevo ingreso.
  2. La Mutualidad envía un correo a cada nuevo funcionario, incluyendo unas credenciales (nombre de usuario y contraseña) para completar el alta utilizando un servicio en la sede electrónica de la Mutualidad General Judicial.
  3. Cada funcionario debe utilizar el servicio en la sede electrónica para completar el alta como mutualista.
  4. Cuando complete el alta como mutualista, podrá descargarse un documento de acreditación de afiliación en la Mutualidad. Este documento le permitirá recibir asistencia sanitaria, hasta que reciba de la entidad médica la tarjeta sanitaria correspondientebien del servicio público de salud que corresponda o de cualquiera de las entidades médicas que formen parte del convenio con MUGEJU.
  5. Tarjeta sanitaria:
    • Si ha elegido una entidad médica privada, la entidad enviará a su domicilio las tarjetas sanitarias, en aproximadamente quince días. También puede solicitarlas en las oficinas de atención al usuario de la entidad médica.
    • Si ha elegido asistencia sanitaria a través del Sistema Público de Salud (INSS) de la Comunidad Autónoma correspondiente, deberá solicitar las tarjetas sanitarias en su centro de salud.
  1. La Mutualidad envía al domicilio del nuevo mutualista las tarjetas individuales de afiliación y un talonario de recetas.
    • Si ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones de medicamentos deben realizarlas un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.
    • Si ha elegido la opción del servicio público de salud correspondiente (INSS), los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, puede necesitar utilizar el talonario de recetas en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma. 
    • Solicitar talonarios de recetas.
    7. En cuanto a las bajas médicas (incapacidad temporal), también existe un talonario de bajas     médicas; hay que tener en cuanta que en el caso de los mutualistas de MUGEJU ya no se tramita de forma telemática como en el caso del Régimen General de la Seguridad Social, sino en documento escrito, un talonario de bajas médicas. En principio MUGEJU no envía el talonario de baja médicas, hay que solicitarlo a la propia MUGEJU. Si necesitamos el documento de Baja médica de forma urgente y no disponemos del talonario de Bajas médicas, debemos acudir a la página de MUGEJU y descargar el modelo de Baja médica en formato PDF (son tres hojas). Ese documento es el que debe rellenar el doctor que va a dar la Baja médica.
Enlace a los cuadros médicos actualizados de las entidades médicas que están en el concierto sanitario de MUGEJU ( ASISA, ADESLAS y Nueva Mutua Sanitaria).

27 de julio de 2026

OPOSICIONES 2024: GESTIÓN P.A. Y TRAMITACIÓN P.A. PROMOCIÓN INTERNA. PUBLICACIÓN DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS Y TOMA DE POSESIÓN.

Respecto de la publicación de destinos de promoción interna 2023, desde el propio Ministerio de Justicia nos han comunicado lo siguiente:


"Si bien es cierto que se esperaba su publicación esta misma semana, se estaba esperando a adjudicar los destinos propios de los procesos de concurso-oposición /JUS/1327/2022 para seguir con el orden cronológico correspondiente, pero con los problemas que se han tenido para depurar las listas con las renuncias y demás situaciones existentes en sus listados, no ha sido posible.

Para afrontar esta situación, y cumplir en la medida de lo posible con lo indicado, se ha pedido que se haga urgentemente lo correspondiente para adjudicar los destinos de promoción interna 2023, siendo que, si todo sigue su orden, se espera su publicación en BOE el próximo 10 de agosto, con toma de posesión el 1 de septiembre.

Disculpad la falta de actualización de la información." 

El subrayado y la negrita no forma parte del literal del mensaje enviado por el Ministerio, es propio de STAJ en la publicación del comunicado, pero el contenido es una transcripción literal del mismo.

22 de julio de 2026

Modificación en ámbito Ministerio de la resolución del concurso de traslados convocado en noviembre de 2025

 En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/739/2026, de 14 de julio, por la que se modifica la Orden PJC/427/2026, de 20 de abril, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre.

21 de julio de 2026

OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL CONCURSO DE MÉRITOS. PUBLICACIÓN EN EL BOE DE LOS NOMBRAMIENTOS COMO FUNCIONARIOS TITULARES Y LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

 En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/736/2026, de 8 de julio, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, a las personas que superaron el proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.


Así mismo se publica la Orden PJC/738/2026, de 8 de julio, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justica, que superó el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por ámbito Ministerio.


Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES contados desde el 1 de septiembre.


Aquellos que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. 


COMUNIDADES TRANSFERIDAS:


ANDALUCÍA

ARAGÓN

ASTURIAS

CANARIAS

CANTABRIA

CATALUÑA

COMUNIDAD VALENCIANA

GALICIA

LA RIOJA

MADRID

NAVARRA

PAÍS VASCO


CURSOS DE FORMACIÓN PARA AFILIADOS AL SINDICATO STAJ.

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Formación para los Cuerpos de la Administración de Justicia.