En el BOE del día 17 de junio se ha publicado la Orden
PJC/636/2025, de 5 de junio, por la que se resuelve el concurso de
traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la
Administración de Justicia, convocado por Orden
PJC/51/2025, de 16 de enero.
CONCURSO DENTRO DEL MISMO CUERPO:
CESES:
Para los que os trasladéis dentro del mismo cuerpo os recordamos que
las fechas de cese son las siguientes:
- Tramitación: viernes, 20 de
junio de 2025.
- Gestión y
Auxilio Judicial: martes, 24 de junio de 2025.
TOMAS DE POSESIÓN:
- Dentro de la misma
localidad: 3 días hábiles, siguientes al ceses.
- En diferente
localidad, dentro de la misma comunidad autónoma: 8 días hábiles,
siguientes al cese.
- Desde diferente
comunidad autónoma: 20 días hábiles, siguientes al cese.
- Desde/hacia
Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla: 1 mes siguiente al cese.
El cese y el cómputo de los plazos posesorios se producirán cuando
finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan
sido concedidos a las personas interesadas, en cuyo caso, el cese se efectuará
el mismo día de la incorporación de dichas personas a su puesto de trabajo,
comenzando entonces a contarse el plazo posesorio correspondiente.
CONCURSO DESDE OTRO CUERPO:
Para los que reingresáis en otro cuerpo diferente al actual, NO
SE DEBE CESAR (Se os dará por cesados DE OFICIO con fecha del día
anterior al de vuestra toma de posesión). No es necesario que solicitéis
expresamente la excedencia en el Cuerpo de origen, ya que se os declarará DE
OFICIO en esa situación.
TOMAS DE POSESIÓN:
- 20 días
hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación en el
“Boletín Oficial del Estado” (fecha publicación BOE 17 de
junio ).
Este plazo posesorio no será retribuido. Pueden solicitar a la
Gerencia de su actual destino un permiso retribuido de dos días hábiles si hay
cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a
Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser
de hasta tres días hábiles debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del
plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante
los días de permiso indicados.
A efectos de escalafón y antigüedad en el Cuerpo (trienios, y tiempo
de prestación de servicios a efectos de promoción interna) se toma como
referencia el día exacto de la toma de posesión.
Si un funcionario reingresado toma posesión en un destino donde se
encuentre otro funcionario del mismo cuerpo que también deba trasladarse por
haber obtenido otro puesto en el concurso antes de la fecha de cese indicada
anteriormente, este último funcionario cesará el día que el primero tome
posesión.
COMISIONES DE SERVICIO:
Los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo
en comisión de servicios, no será necesario que se desplace al órgano judicial
de origen que tenga reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en
el órgano en el que estén prestando servicios, para ello las Gerencias harán
llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre
desempeñando la comisión. El plazo posesorio que corresponde disfrutar
a este personal se contará teniendo en cuenta la localidad del puesto que está
desempeñando efectivamente en comisión, no la del que tuviera reservado, y
la localidad del obtenido en el concurso.
INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la toma de posesión
efectiva del titular.
RESOLUCIÓN CONCURSO COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Los destinos obtenidos en las comunidades autónomas transferidas son
los siguientes: