11 de abril de 2013

Circular reunión Mesa Sectorial Ministerio 9 abril 2013


CALENDARIO LABORAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DE  LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA  ÁMBITO MINISTERIO-

 

El Director General inició la reunión anunciando que los PERMISOS se sacarán de la Orden de Calendario Laboral, para negociarse posteriormente en una próxima reunión de Mesa Sectorial sobre instrucción/regulación de permisos, donde se buscarán fórmulas de flexibilidad del rigor que rige en esta materia, recuperando en el fondo por vía legal días de permiso adicionales a los 3 que establece actualmente la LOPJ. Para evitar cualquier tipo de conflicto jurídico, el término que se utilizará para estos días adicionales será el de compensación.

 

Desde STAJ recordamos al Ministerio que nuestro colectivo ha sido el más perjudicado dentro del conjunto de los empleados públicos, no sólo en lo relativo a la pérdida de días de asuntos particulares, sino también en otros aspectos como retribuciones, plantillas, incremento de horas de trabajo, pérdida de derechos y garantías.. por lo que de ahí lo anunciado por el Director General no debe quedarse en meras intenciones sino en realidades, y si es así STAJ presentará en Mesa de negociación propuestas concretas y asumibles que puedan suponer un avance en nuestras condiciones de trabajo, acercándonos a la situación anterior a la modificación de la LOPJ de 28 de diciembre de 2012.

 

En relación a la nueva Propuesta que nos presenta el Ministerio sobre Calendario Laboral del personal de ámbito Ministerio entendemos que sigue siendo totalmente insuficiente por lo que nos ratificamos en todas y cada una de las alegaciones que presentamos en la anterior reunión, incidiendo especialmente en las siguientes:

 

El cómputo anual de trabajo efectivo debe ser de 1.625 horas y no las 1.664 contempladas en la Orden.

15 minutos de cortesía tanto a la entrada como a la salida de los centros de trabajo.

La parte flexible del horario debería contener el párrafo 5 del prólogo que figura en la Orden de los Secretarios Judiciales: “Sin perjuicio de lo establecido en la presente resolución, una vez se hayan definido los criterios para la medición de las cargas de trabajo del Cuerpo de Secretarios Judiciales podrán adoptarse medidas de flexibilización de cumplimiento de la parte variable del horario, teniendo en cuenta la función directiva del Secretario judicial, las funciones exclusivas que le corresponden, la práctica de diligencias procesales así como la preparación y estudio de resoluciones.”

 

En las Unidades de Atención al público, puestos singularizados y Registro Civil Central, debe de figurar el correspondiente complemento retributivo.

Deben incluirse supuestos de conciliación de la vida laboral y familiar como permisos de carácter inexcusable y no recuperable, y entre ellas las asistencias a consultas médicas para acompañar a familiares, y la indisposición, enfermedad o accidente de familiar, por urgencia o circunstancias concurrentes.

La Orden ministerial debería recoger la posibilidad de jornadas reducidas en 1/3 o ½ previstas en el EBEP y otras administraciones.

Exigimos que se suprima la obligación de hacer la mitad de las vacaciones entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.

La concesión de permisos no debe estar supeditada a la autorización arbitraria de los superiores, debiendo establecerse criterios uniformes para su concesión por parte de la Administración.

Las ausencias justificadas no deberían tener que recuperarse, ni siquiera las parciales, como así prevé la Orden para Secretarios en el punto 11.2 de su Calendario laboral.

No debe limitarse la compensación de horas por asistencia a cursos de formación o perfeccionamiento, en especial los realizados fuera del horario laboral, como así prevé la Orden de Secretarios.

 

EL HORARIO DEBE SER IGUAL PARA TODOS Y SU CONTROL REALIZARLO LA ADMINISTRACIÓN. Sinembargo el Ministerio da por concluida la negociación de Calendario laboral, remitiéndose al estudio de las propuestas sindicales formuladas sin garantizar que se incluyan en la Orden definitiva.

 

CALENDARIO LABORAL DIFERENCIADO PARA SECRETARIOS JUDICIALES

 

Todos los sindicatos denunciamos la existencia de dos Ordenes de Calendario Laboral diferenciadas; una para Secretarios Judiciales distinta de la segunda, prevista para el resto de personal de la Administración de Justicia, por lo que exigimos que se retire inmediatamente la primera, al entender que el único criterio jurídico legal pasa por una única Orden para todos en esta materia.

 

El Ministerio se ratifica en su postura de mantener una Orden diferente para los Secretarios judiciales, dándola por negociada sin acuerdo.  De mantenerse su contenido, esta Orden para los Secretarios supondrá una discriminación injustificada y clasista con respecto a la que se pretende exigir al resto del personal de la administración de Justicia ya que contiene aspectos como:

 

La flexibilidad reflejada en el párrafo 5 de su prólogo, antes citada, que se traduciría en que sólo se les exigiría la realización de la parte fija del horario.

La delegación de funciones sobre el resto de personal por diligencias urgentes y continuación de vistas o actuaciones, prevista en el punto 9 “Diligencias de carácter urgente y continuación de vistas o actuaciones procesales iniciadas en tiempo de trabajo ordinario. En caso de que haya que atender diligencias de carácter urgente e inaplazable, así como la continuación de vistas o actuaciones procesales iniciadas en tiempo de trabajo general, los Secretarios judiciales realizaran su jornada de trabajo e impartirán a los funcionarios a su cargo, singularmente designados, las órdenes e instrucciones que estimen pertinentes a fin de garantizar que las mismas se realicen por los mismos, con cargo al horario flexible y con las compensaciones que establece el artículo séptimo de la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual, así como las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia, o la que le sustituya.”  Sin comentarios.

La inexistencia de mecanismos de control del cumplimiento del horario, que sí figuran para el resto de personal.

 

PROYECTO ORDEN MINISTERIAL DE DOTACIÓN BÁSICA DE LAS UPADS

 

El Prólogo justifica la disminución de las dotaciones básicas de las UPADS al señalar que “La atribución de nuevas competencias a los Secretarios judiciales, y por ende a los servicios comunes, unida a la reforma del régimen de obligada presencia en la sala de vistas, ha tenido como consecuencia, especialmente en la jurisdicción civil, la concentración de funciones en servicios comunes con una dotación inferior a la necesaria, y a la simplificación y práctico vaciamiento de funciones en las correspondientes unidades de apoyo directo.” 

 

STAJ manifiesta que esto no es cierto. Cada partido judicial donde se ha implantado la NOJ tiene sus peculiaridades y es a partir del estudio de las experiencias propias lo que debería determinar las plantillas adecuadas no sólo para las UPADS sino también para todos los SCP y en especial el de Ejecución. Por tanto, nos oponemos a la modificación propuesta por el Ministerio reafirmándonos en la actual dotación de las UPADS con las mejoras y aumentos de dotación en los partidos judiciales en que sea necesario (Mérida….). Además, no ha habido garantía alguna de que las plantillas actuales de las UPADS existentes no vayan a sufrir disminución una vez entre en vigor este proyecto. STAJ se opone a cualquier reducción en la dotación mínima de las UPADs. En nuestra web podéis consultar el Anexo I de dotaciones básicas de las UPADS.

 

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2013 y CONCURSO DE TRASLADO

 

Próximamente se nombrará la Comisión de Selección de Personal y con posterioridad a ser posible antes del verano, se negociarán las bases de convocatoria. No hay previsión de fecha de publicación en BOE de la convocatoria. En relación al concurso de traslado, el Ministerio pretende publicarlo en abril (semana del 22 al 28) pero si no pudiera hacerlo en esta se retrasaría hasta la semana del 6 al 12 de mayo

 

REGISTRO CIVIL

 

Según el Ministerio el anteproyecto de la Ley Integral de los Registros entra en fase de revisión del planteamiento y su contenido. Por tanto, de momento, no se remitirá a corto plazo a Consejo de Ministros para su aprobación. El Ministerio manifiesta que todo lo relativo a materia de personal se negociará en Mesa Sectorial. El Ministerio mantiene compromisos que a fecha de hoy no tenemos negociado y viendo la trayectoria que mantiene este Ministro tal y como ha hecho con las Tasas, tenemos que seguir presionando para conseguir que se paralice de verdad este nuevo proyecto.

 

SUSTITUCIONES A CUERPO SUPERIOR Y COMISIONES DE SERVICIO

 

Los sindicatos exigimos que esta materia sea objeto de convocatoria de Mesa Sectorial, accediendo el Ministerio. STAJ denunció la situación existente entre los funcionarios del cuerpo de Auxilio, exigiendo que igual que se ha negociado para Secretarios se convoque Mesa urgente para tratar este tema, por la gravedad de las presiones que están recibiendo algunos funcionarios de este cuerpo. Asimismo solicitamos la retirada de todas las Instrucciones que está publicando el Secretario General porque es obligado el trámite de los sindicatos, por lo que son nulas de pleno derecho.