9 de abril de 2013

STAJ consigue la concesión del permiso de lactancia a un funcionario de Justicia cuya mujer no trabaja



STAJ Córdoba consigue que a un funcionario de Justicia, cuya mujer no trabaja, y que ha sido padre, se le conceda por primera vez en el ámbito de Justicia en Andalucía el permiso por lactancia de hijo o hija menor de doce meses.

El artículo 48.1.f) del EBEP señala lo siguiente:

"Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen.

Igualmente la funcionaria podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.

Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple." 

La Administración reiteradamente ha venido denegando este permiso citando la Ley 30/1984, alegando que queda claro que la titular del derecho es la madre, pues desde el principio de la redacción nos dice que “... la funcionaria tendrá derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo”. Así considera que “si la titular del derecho es la madre, es ésta la que podrá cederlo al padre. Si la madre no trabaja no podrá ceder el permiso al padre”. 

Para la Administración el titular del derecho es la madre, y el padre será titular sólo cuando la madre no haga uso del mismo y le ceda su ejercicio. 

No obstante, este criterio ha cambiado a raíz de una Sentencia del 30 de septiembre de 2010 en la que el Tribunal de Justicia de la UE fija que “la titularidad del permiso de lactancia corresponde tanto a la mujer como al padre trabajador”, de modo que “si el cónyuge no trabaja, el marido tendrá permiso de lactancia”. El texto relata que si no fuera así, “estaríamos perpetuando una primacía de la mujer en el reparto de deberes familiares, profundizando en el reparto sexista de papeles”. Además, diversas sentencias avalan la titularidad mixta del permiso de lactancia.

Desde STAJ abrimos camino para que otros compañeros andaluces y del resto de España puedan beneficiarse de este logro.