Sobre el día adicional
de asuntos propios que el Sr. Ministro de Hacienda dijo que se nos iba a
restituir de forma inminente, señalar que aún no se ha modificado el EBEP, y
por lo tanto, aún no
tenemos ese día.
Es en
el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en la norma en la que se recoge el permiso de tres días de asuntos propiospara
los funcionarios de la Administración General del Estado. Nuestra LOPJ, en su art. 503, nos remite de forma expresa al EBEP,
por lo que al introducirse un día más en el EBEP, los funcionarios de Justicia
también recuperaremos ese día. Pero el cambio en el EBEP, para
devolvernos ese día aún no
se ha producido.
Hace un
par de semanas se dijo que esa modificación se publicaría en el BOE antes del
25 de diciembre, pero mucho nos tememos que igual no es así (ya sabemos lo “ocupados” que están Sus Señorías en el Congreso
y en el Senado), y si así fuera, debemos estar a lo que se diga sobre la
entrada en vigor de la Disposición que modifique el EBEP para añadir un día
más; puede incluso que no sea para este año, sino para el año que viene.
En
cualquier caso, hasta el día 25 aún quedan 5 días hábiles (recuerden que el
sábado es día hábil a efectos administrativos), y por lo tanto, en el
Ministerio les da tiempo a cambiar 10 veces de criterio… como mínimo.