En
el BOE del pasado 26 de Diciembre se publicó Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
En
la citada ley se establece que los salarios
de los funcionarios en activo, no experimentarán ningún incremento.
Tampoco
podrán realizarse aportaciones a planes de empleo ni contratos de seguro
colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación,aunque esta última cuestión está matizada
posteriormente en el art. 20.3 de la ley.
Estas
cuestiones vienen recogidas en el punto IV del preámbulo de la Ley, y
en el artículo 20 y ss de la ley, en concreto en el artículo 29, que es el
referido a los miembros de la Carrera Judicial y Fiscal y a
los Cuerpos Nacionales al servicio de la Admón. de Justicia.
Respecto
de las pensiones, tanto las pensiones
abonadas por el sistema público de Seguridad Social, como las abonadas por el
sistema especial de clases pasivas, experimentarán una subida del 0,25 %,
tal como se establece en el art. 37 y ss de la ley.
Por
último, respecto de la oferta pública de empleo (OPE), viene recogido en el
punto IV y en el artículo 21 de la citada ley.
A lo
largo de 2014 no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo
personal. Excepcionalmente se
permite una tasa de reposición del 10 por ciento a ciertos sectores y administraciones
considerados prioritarios, y en el artículo 21.2 se señala que esa tasa de reposición sí que afectará a la Administración de
Justicia (artículo 21.2.g).
Esto no quiere
decir que a lo largo del año 2014 se vayan a convocar oposiones. Recuerden que una cosa es OPE y otra es que se
convoquen oposiciones, aunque la
OPE es un primer paso importante y necesario para la convocatoria
de oposiciones.