16 de noviembre de 2014

Devolución paga extra 2012 al personal al servicio de la Administración de Justicia

Ante las distintas noticias en torno a la devolución de la paga extra de 2012, desde STAJ entendemos que por aplicación de la Ley de Presupuestos (actualmente en trámite parlamentario), Justicia está también dentro de la devolución de la cuarta parte que ha anunciado Montoro en varias ocasiones, con independencia del ámbito, transferido o no, en que prestemos nuestros servicios. En el caso de Andalucía, así lo hemos transmitido a los grupos parlamentarios.

Ello sin perjuicio de que seguimos exigiendo la devolución de la totalidad de la paga extra y en este sentido os recordamos:

- Los sindicatos con representación nacional en Justicia interpusimos demandas conjuntas en diversos territorios, y además hemos interpuesto también demandas a algunos funcionarios a título individual, algunas de las cuales ya están obteniendo sentencias estimatorias, aunque también hay sentencias desestimatorias en algún juzgado o tribunal.

- Conforme se van obteniendo sentencias favorables, estamos tramitando a los interesados que así nos lo solicitan las oportunas extensiones de sentencia, con las condiciones que hemos comunicado en cada ámbito. Es el caso de Sevilla, Gerona o más recientemente Barcelona; también hay alguna en Galicia y Alicante. Hay que tener en cuenta que de las extensiones de sentencia sólo pueden beneficiarse aquellos funcionarios respecto de los cuales sea también competente el juzgado o tribunal sentenciador, y ello depende en cada caso de quién sea el pagador y de la forma en que se gestionan las nóminas, en cada ámbito. Por ejemplo, en Sevilla, sólo pueden beneficiarse los funcionarios con destino en Sevilla y su provincia (en el periodo entre junio y diciembre de 2012), cuyo pagador sea la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía.

- Contra algunas de esas sentencias favorables, hay interpuestos varios recursos de casación en interés de ley por la Abogacía del Estado y por los servicios jurídicos de las Comunidades Autónomas afectadas, por lo que, en esos casos, los plazos para solicitar la extensión de sentencia están suspendidos. La sentencia que en su día dicte el Tribunal Supremo en esos recursos, si fuera favorable a la devolución de la extra, y dado que se refiere a una situación jurídica individualizada y no a todo el colectivo, no sería extensible a todo el Estado –como algún sindicato está informando erróneamente-, pues la competencia es la referida al juez o tribunal de instancia, no al de casación. No obstante, y por razones obvias, las reclamaciones que se hicieran tras esa hipotética sentencia tendrían muchas más perspectivas de prosperar. 


- Sin perjuicio de todo lo anterior, desde STAJ hemos solicitado al nuevo Ministro de Justicia y a las Comunidades Autónomas que, ante la respuesta que están dando los tribunales, resulta evidente que para los funcionarios de justicia tienen que devolver la totalidad de la paga extra y no sólo una cuarta parte, y por ello deben buscar fórmulas para devolver esta cantidad total sin que tengamos que invadir los tribunales con demandas y solicitudes de extensión de efectos masivas.