En el BOE
de hoy 30 de diciembre se publica la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2015
En la Disposición Adicional
décimo segunda de dicha Ley se establece
la devolución del 24,04 % del importe de la paga extraordinaria y paga
adicional de diciembre de 2012, o la parte proporcional que
corresponda si no se hubiera deducido la totalidad de la paga en ese
momento.
Dicha
disposición es de obligado
cumplimiento para todo el Estado por lo que incluso las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas deben abonar a todo el personal al
servicio de la
Administración de Justicia de su competencia esa parte de la
paga extraordinaria de diciembre de 2012.
STAJ, no obstante, sigue
exigiendo la devolución íntegra de la paga extraordinaria y paga adicional de
diciembre de 2012. Son
numerosas sentencias las que ya han declarado la ilegalidad de la eliminación
de esa paga, y ahora, el Tribunal Supremo, ha planteado una cuestión de
inconstitucionalidad al considerar que se pudo vulnerar la prohibición de
retroactividad de las leyes. Por ello, STAJ sigue exigiendo al Ministerio de Justicia que dispongan lo necesario para la devolución íntegra y no sólo ese
24,04%.