En el BOE
de 14 de julio se ha publicado esta ley que modifica entre otras la Ley de Enjuiciamiento Civil en
materia de subastas y la Ley
del Registro civil, especialmente en materia de nacimiento y defunción.
Asimismo recoge la prórroga de la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil de
2011, hasta el 30 de junio de 2017.
Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma
administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Esta ley
modifica la Ley
20/2011 del Registro Civil, y a partir de la entrada en vigor, la inscripción
de los recién nacidos se realizará directamente desde los centros
sanitarios, donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran
asistido al parto firmarán el formulario oficial de declaración, al que se
incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá
telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil.
Así
mismo, la dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios
comunicará a la Oficina
del Registro Civil competente y al Instituto Nacional de Estadística cada uno
de los fallecimientos que hayan tenido lugar en su centro sanitario.
La entrada en vigor de estas medidas se establece para el 15 de Octubre de 2015
Además,
esta Ley contempla la a la puesta en marcha de un sistema de subastas
electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y
administrativas en la Agencia Estatal
Boletín Oficial
del Estado.