En el Boletín Oficial de la
Generalitat de Cataluña, se ha publicado en el día de hoy DECRETO
LEY 5/2016, de 11 de octubre, de recuperación de la paga extraordinaria y
adicional del mes de diciembre de 2012 para el personal de los cuerpos de la
Administración de Justicia en Cataluña.
El abono y la acreditación en la nómina se realizará de oficio para todo el personal en servicio activo o en situación asimilada en la fecha de entrada en vigor de este Decreto ley, al que le haya sido aplicada la reducción de retribuciones en aplicación del Real decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, entre las nóminas de septiembre a diciembre de 2012.
El abono de estas cantidades se producirá a solicitud de las personas interesadas cuando estas, en la fecha de entrada en vigor de este Decreto ley, hayan dejado de prestar servicios en el ámbito de la Administración de justicia en Cataluña. En este caso, el plazo para presentar la solicitud será de 10 días hábiles desde la publicación de este Decreto ley.
En caso de defunción, la solicitud corresponde a los herederos conforme a las normas del derecho civil.
El modelo de solicitud estará disponible en la página del Departamento de Justicia y en la intranet de la Administración de justicia de este Departamento.
El abono y la acreditación en la nómina se realizará de oficio para todo el personal en servicio activo o en situación asimilada en la fecha de entrada en vigor de este Decreto ley, al que le haya sido aplicada la reducción de retribuciones en aplicación del Real decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, entre las nóminas de septiembre a diciembre de 2012.
El abono de estas cantidades se producirá a solicitud de las personas interesadas cuando estas, en la fecha de entrada en vigor de este Decreto ley, hayan dejado de prestar servicios en el ámbito de la Administración de justicia en Cataluña. En este caso, el plazo para presentar la solicitud será de 10 días hábiles desde la publicación de este Decreto ley.
En caso de defunción, la solicitud corresponde a los herederos conforme a las normas del derecho civil.
El modelo de solicitud estará disponible en la página del Departamento de Justicia y en la intranet de la Administración de justicia de este Departamento.