Nos comunican desde el Ministerio de Justicia, en relación a los procesos
selectivos del año pasado, que la promoción interna se resolverá
aproximadamente en la tercera semana de febrero, mientras que las
oposiciones libres hasta finales de marzo no habrá nada resuelto.
Se trata de fechas de publicación de la adjudicación de los destinos, luego comenzará el plazo de toma de posesión en los destinos adjudicados.
Se trata de fechas de publicación de la adjudicación de los destinos, luego comenzará el plazo de toma de posesión en los destinos adjudicados.
Permisos Promoción Interna:
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
Artículo
35. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos
al servicio de la Administración de Justicia por promoción interna.
Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación
asimilada que accedan a un nuevo cuerpo por el sistema de promoción interna,
tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que
establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, o norma que en el futuro pudiere sustituirle para la Administración
General del Estado.
Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
Disposición
adicional quinta. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros
Cuerpos o Escalas.
Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación
asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a
partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si
el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo
comporta.
Toma de posesión de turno libre.
El artículo 29 del Reglamento de Ingreso dispone que:
" La condición de funcionario de carrera se adquirirá con la toma de posesión del primer destino, que tendrá lugar en el plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".