Ya se puede solicitar la devolución del IRPF descontado indebidamente
durante los periodos de maternidad y/o paternidad.
En un principio sólo se abrió plazo para aquellos compañeros y
compañeras encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social
(RGSS) y que estuvieron de permiso por maternidad y/o paternidad durante
los años 2014 y 2015 (los que fueron padres y madres durante los años 2014 y
2015).
Desde el pasado 2 de enero también lo pueden solicitar quienes
estuvieron de permiso en los años 2016 y 2017 (los que fueron padres y madres
en los años 2016 y 2017).
Por otra parte, además de los compañeros encuadrados en el RGSS también podrán solicitar la devolución del IRPF los compañeros y compañeras encuadrados en el Mutualismo Administrativo Judicial, es decir en MUGEJU.
En este caso estábamos pendientes de que el Ejecutivo realizara un
cambio legislativo para que los funcionarios/as encuadradas en MUGEJU pudieran
beneficiarse del proceso de devolución correspondientes a los año 2014 al
2017, y no sufrir retenciones en el futuro durante el período de
bajas por maternidad y paternidad.
Pues bien, ese cambio legislativo se ha producido por Real Decreto
aprobado en el Consejo de Ministros el pasado 28 de diciembre, de forma que los
compañeros/as encuadrados en MUGEJU y que fueron padres y madres durante los
años 2014, 2015, 2016 y 2017 también puedan solicitar la devolución del IRPF
descontado en nómina durante el permiso de maternidad y paternidad. Con esta
modificación legislativa se cumple la petición del Sindicato de Trabajadores de
la Administración de Justicia -STAJ-, en el sentido de que no se
discrimine a los funcionarios/as encuadrados en MUGEJU.
Por lo tanto, actualmente ya se puede solicitar la devolución del IRPF
correspondiente al periodo de maternidad y paternidad todos los
padres y madres que lo fueron entre los años 2014 al 2017, tanto los encuadrado
en el RGSS como en MUGEJU.
La solicitud de devolución se puede realizar de forma telemática o
mediante la presentación del formulario pdf en las oficinas de registro la
Agencia Tributaria. Hacienda recomienda por su mayor agilidad realizar el
trámite a través de las vías telemáticas.