En el DOG de 26 de marzo, se ha publicado Resolución
de 18 de marzo de 2019, de la Dirección General de Justicia, por la que se
convocan bolsas de trabajo de personal interino de los cuerpos generales al
servicio de la Administración de justicia en Galicia.
Presentación de solicitudes y confección:
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15)
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Todas las personas solicitantes deberán completar obligatoriamente su
solicitud a través del formulario electrónico disponible en la Oficina Virtual
del Personal de la Administración de Justicia (OPAJ), en el sitio web
http://opax.xunta.es, accesible también a través de la sede electrónica de la
Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Para cubrir y presentar correctamente la solicitud, en dicho sitio web
se dispondrá de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo
momento. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información,
las personas interesadas podrán dirigirse a la Dirección General de Justicia,
al número de teléfono 981 54 62 19.
Los interesados deberán presentar la solicitud de la
siguiente forma:
a) El personal integrante de las bolsas de trabajo y reserva actualmente
vigentes realizará necesariamente la firma de la solicitud y su presentación de
forma telemática, para lo cual hará uso de un certificado digital reconocido o
del DNI electrónico. El sistema asignará un código de presentación que
acreditará la presentación electrónica, siendo posible obtener del sistema un
justificante de esta.
b) Las personas solicitantes que no se encuentren en el supuesto
anterior tendrán dos opciones:
– O bien podrán firmar y presentar su solicitud electrónicamente, de
acuerdo con el procedimiento descrito en la letra a) anterior;
– O bien podrán realizar la presentación imprimiendo el formulario
validado de la solicitud, que deberá ser firmado y presentado en los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, junto con
la documentación requerida.
Las solicitudes que se presenten en las oficinas de correos se
enviarán por correo certificado, para lo cual se presentarán en dichas oficinas
en sobre abierto a fin de ser fechadas y selladas por el personal de Correos
antes de ser remitidas; sin el cumplimiento de este requisito dichas
solicitudes serán rechazadas.
No se admitirán las solicitudes que sean presentadas por fax o
correo electrónico. Tampoco se admitirán las solicitudes en estado de
borrador ni las que no estén validadas en la aplicación informática.
Una vez presentada la solicitud, si el solicitante no está conforme
con los datos presentados puede, si lo desea, presentar una nueva solicitud
dentro del plazo de presentación señalado en el artículo 4.1 de esta
resolución; en este caso, solo será válida la última de las solicitudes
presentadas de conformidad con el presente artículo, quedando anulada cualquier
otra solicitud, electrónica o manual, presentada anteriormente.
Requisitos específicos:
a) Titulación. Deberá poseer, o estar en condiciones de obtener, la
titulación que se exigió en la última convocatoria publicada en el BOE para
acceder como personal funcionario de carrera al cuerpo de que se trate:
– Para el cuerpo de gestión procesal y administrativa: título de
grado, diplomatura universitaria, ingeniería técnica, arquitectura técnica o
equivalente.
– Para el cuerpo de tramitación procesal y administrativa: título de
bachillerato o técnico/a o titulación equivalente.
– Para el cuerpo de auxilio judicial: título de graduado/a en
educación secundaria obligatoria o titulación equivalente.
b) Haber aprobado algún ejercicio de cualquiera de las dos
últimas convocatorias de oposiciones para el acceso al cuerpo en
cuya bolsa solicita ser incluido, o haber prestado servicios durante un período
mínimo de seis meses en el cuerpo al que se pretende acceder.
Las dos últimas convocatorias a que se refiere el párrafo anterior son
las publicadas por las órdenes del Ministerio de Justicia:
– Gestión procesal y administrativa: Orden JUS/1165/2017, de 24 de
noviembre, y Orden JUS/2293/2015, de 19 de octubre.
– Tramitación procesal y administrativa: Orden JUS/1166/2017, de 24 de
noviembre, y Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre.
– Auxilio judicial: Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre, y Orden
JUS/2681/2015, de 1 de diciembre.
c) Para la inclusión en los cuerpos de gestión procesal y
administrativa y de tramitación procesal y administrativa deberá acreditarse la
experiencia en la utilización de tratamiento informatizado de textos.