La Carrera Profesional es un nuevo complemento salarial que retribuye
aspectos que se consideran relevantes para la correspondiente profesión, grupo,
Cuerpo o categoría profesional. Entre estos aspectos relevantes se encuentran
la experiencia, la formación, los conocimientos académicos, etc.
La Carrera Profesional en la Administración de Justicia NO está
instaurada como tal, a día de hoy, en ninguna parte de España pues la LOPJ, que
es nuestra ley sustantiva y donde se regula nuestras retribuciones, no recogía
este nuevo complemento hasta la reciente reforma de 28 de diciembre de 2018,
hace algo más de cuatro meses.
Fue en esa reforma, después de las movilizaciones llevadas a
cabo por el colectivo de funcionarios de Justicia, llegando incluso a la huelga
en el mes de noviembre, cuando se logró parar la reforma tan lesiva para
los funcionarios de Justicia de los “centros de destino” que pretendía
convertir a todo el municipio en el mismo centro de destino, y también cuando
en las Cortes Generales se consiguió introducir en el artículo
516 LOPJ el concepto de carrera profesional como un nuevo complemento
retributivo, y que hasta entonces no existía.
Y es a partir de esta reforma cuando se establece la Carrera
Profesional en la Administración de Justicia, pues antes de esta reforma era
imposible porque ese complemento no existía.
La reforma de la LOPJ que se publicó en el BOE el pasado 29 de
diciembre y que entró en vigor en este punto el 18 de enero de 2019, añade
un apartado
3 al artículo 519, en el sentido de establecer el complemento de la carrera
profesional, y dispone literalmente:
3. Mediante Real Decreto, previa negociación con las organizaciones
sindicales, se establecerán los criterios, requisitos y las cuantías iniciales
del complemento de carrera profesional que será igual para todos los cuerpos
con independencia de dónde presten sus servicios.
De esta reforma podemos extraer varias cosas:
Debe ser el Gobierno Nacional el que por Real Decreto desarrolle lo
establecido en la LOPJ, NO las Comunidades Autónomas.
Debe ser una negociación previa con las organizaciones sindicales, en
este caso al ser la Mesa Sectorial del Ministerio de Justicia en Madrid, los
sindicatos deben ser representativos a nivel nacional.
En ese Real Decreto se regulará para toda España los criterios
comunes, los requisitos idénticos y las cuantías iniciales iguales para todos,
con independencia del territorio donde se prestan los servicios.
Esta es una de las reivindicaciones que STAJ exigirá al Ministro/a de
Justicia, una vez se haya formado el nuevo Gobierno, junto con la exigencia
principal para el ámbito no transferido, de la equiparación del complemento
específico, la implantación del complemento para los Juzgados de violencia
sobre la mujer y el mantenimiento del Registro Civil en la Administración de
Justicia
INCREMENTO SALARIAL VARIABLE Y FONDOS ADICIONALES.
Por otra parte, está previsto incrementar el salario a partir del
próximo mes de julio en un 0.25% adicional, porcentaje que corresponde al incremento
variable como consecuencia del cumplimiento de la previsión de
crecimiento del PIB en España.
Cabe recordar que la subida salarial pactada para este año 2019 fue
del 2.25% fijo ( sobre todos los conceptos), más una parte variable dependiendo
del incremento del PIB del año anterior ( año 2018) , igual o superior al 2.5%.
Esa condición se cumplió, puesto que el PIB del año 2018 se incrementó en un
2.6%, por lo se confirma que veremos incrementado el salario en un 0.25%
adicional en todos los conceptos salariales.
No obstante lo anterior, debemos esperar a ver qué ocurre, puesto que
tenemos un Ejecutivo en funciones y esta subida salarial es necesario
que primero se apruebe en Consejo de Ministros.
Teniendo en cuenta que las nóminas de julio se cierran en los primeros
días de junio, el Consejo de Ministros debería llevar a cabo la aprobación del
incremento en la reunión del próximo viernes, en caso contrario puede ser que
no se abone en la nómina de julio, sino que se abonaría en meses siguientes con
carácter retroactivo desde julio.
Una vez más estamos a la espera de la voluntad del Ejecutivo.
Este incremento representanta una subida pírrica, es posible que no
llegue a los 5 € brutos al mes en algunos casos y como mucho puede llegar a los
7€ u 8 €, y ni siquiera se abona con carácter retroactivo desde el inicio del
año, sino que se abona desde julio en adelante. No obstante sí que consolida en
nómina para futuros incrementos salariales.
Por otra parte, también queda pendiente el reparto de los fondos
adicionales. Estos fondos representan un incremento del 0,25 % de
la masa salarial. La masa salarial es un concepto global que representa la suma
de todas las retribuciones de todos los funcionarios (la totalidad de lo que se
destina a salario, y en ámbito ministerio el 0,25% de la masa salarial
representa en torno a 1.100.000 euros). Aún queda pendiente por saber cómo se
va a distribuir ese dinero entre los funcionarios de ámbito ministerio.