En el BOE del 18 de noviembre se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la promoción interna del cuerpo de Tramitación Procesal, convocada en 2019.
- Orden
JUS/1068/2020, de 5 de noviembre, por la que se nombran funcionarios
del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa a los aspirantes que
superaron el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de
marzo.
- Orden
JUS/1069/2020, de 5 de noviembre, por la que se otorga destino a los
funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las
pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo., en
el ámbito territorial del Ministerio de Justicia.
TOMA DE POSESIÓN:
Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a
la publicación en el BOE.
PERMISO RETRIBUIDO ANTES DE TOMAR POSESIÓN:
Al ser funcionarios de carrera en el Cuerpo de Auxilio Judicial y para
impedir que se produzca vacíos en la continuidad de servicios en la
Administración de Justicia, (dentro de los 20 días hábiles establecidos para la
toma de posesión) se dispondrá de un PERMISO RETRIBUIDO, que deberá ser
solicitado en la Gerencia Territorial de origen, de:
-1 DIA si se toma posesión en la misma localidad en la que está
destinado.
-2 DÍAS si se trata de localidad distinta de la que está destinado.
-3 DÍAS si se han de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o
Melilla.
UNA VEZ TOMADA POSESIÓN:
Según lo establecido en la
Disposición 5ª del RD 364/1995 de 10 de marzo, a partir de la toma de
posesión, se dispone de un permiso RETRIBUIDO, que deberá ser solicitado en la
Gerencia de destino, de:
-3 DÍAS si la toma de posesión NO IMPLICA cambio de lugar de residencia
-1 MES si la toma de posesión IMPLICA cambio de lugar de residencia
De este permiso SE DEDUCIRÁN los días contemplados en el primer permiso.
Las Gerencias o CCAA donde haya tomado posesión será la encargada de comunicar
al destino anterior la toma de posesión para que se pase a la situación de
EXCEDENCIA en el cuerpo inferior.
LOS QUE OPTEN POR CONTINUAR EN ACTIVO EN EL CUERPO DE ORIGEN
NO es necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo
adjudicado, basta con que dentro del plazo de toma de posesión, comuniquen, en
su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de la
comunidades autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de
DECLARACIÓN DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA .
Con el fin de planificar la oferta de plazas de los aspirantes
aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción
interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán
comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Orden como
anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo
electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de cinco días
hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y
adjudicación de destino en el «Boletín Oficial del Estado».
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se
produzca la toma de posesión del titular.
PLAZAS NO ADJUDICADAS:
Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la Orden
JUS/856/2020, de 14 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 18 de
septiembre), no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa, turno de promoción interna, mantienen su
condición de desiertas y reservadas para los aspirantes a ingreso en el
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa del turno libre. Así mismo,
aquellas plazas no ocupadas por los aspirantes del turno de promoción interna,
al optar por quedarse en el cuerpo de procedencia, se acumularán a las plazas
indicadas en el párrafo anterior.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las
competencia transferidas son las siguientes:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad
Valenciana
- Galicia
- La
Rioja
- Madrid
- Navarra
- País
Vasco