En el BOE del día 13 de septiembre se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición por turno libre del Cuerpo de Gestión Procesal, convocada en 2019:
- Orden JUS/952/2021, de 1 de septiembre por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, (turno libre), a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
- Orden JUS/953/2021, de 1 de septiembre del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019 de 10 de julio, en el ámbito de Península y Baleares.
TOMA DE POSESIÓN:
Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la
publicación en el BOE.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten
por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se
desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que
dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso,
a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las
Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.
En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial
correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación o
Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de
localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse
desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de
hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en
el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo
disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra
Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso
de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para
que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el
Cuerpo de Tramitación . o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha
del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión
Procesal, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se
otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en
concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que
transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los
dos años se estará a lo establecido en el
párrafo segundo del artículo 529.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que
se produzca la toma de posesión del titular.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las
competencias transferidas son las siguientes:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad valenciana
- La Rioja
- Madrid
- Navarra
- Pais Vasco