· STAJ reclama para la redacción del Acuerdo una mayor concreción y garantías con las fechas para iniciar la negociación de la Carrera Profesional.
· A petición de STAJ, el Ministerio incorporará en el texto de la ley una regulación básica sobre teletrabajo.
Ayer 11 de julio se celebró nueva reunión de Mesa sectorial de negociación con el objetivo de llegar a un acuerdo que dote de mayores garantías la implantación de los Tribunales de Instancia y la Oficina Judicial que les dará soporte y las Oficinas de Justicia en el Municipio, todo dentro de la Ley de Eficiencia del servicio público de Justicia ( la antigua Ley orgánica de eficiencia organizativa LOEO)
Tras varias semanas de negociación, el Ministerio ha introducido novedades que son positivas por cuanto recogen algunas de las reivindicaciones que STAJ ha defendido desde el inicio. Algunas de esas mejoras, de alcanzarse finalmente el acuerdo, serán incorporadas como enmiendas en el texto de la Ley de Eficiencia del servicio público de Justicia, actualmente en tramitación en el Congreso, y como modificación del Reglamento de Ingreso en los artículos y disposiciones procedentes.
Una de las cuestiones que se introducen es la incorporación en la ley de una regulación básica del teletrabajo, que aunque está por concretar aún en determinados aspectos, permitirá que en cada ámbito pueda desarrollarse y concretarse, sin más dilaciones, desde que entre en vigor la ley.
Otro punto fundamental y que ha sido objeto de reivindicación constante para STAJ es el compromiso para una real y efectiva negociación de la Carrera Profesional. La propuesta de acuerdo recoge este compromiso pero para STAJ no basta con una simple mención; es imprescindible que se concrete de forma que se establezca una fecha de inicio para la negociación del Real Decreto que la regule, con el objetivo de que en 2025 sea una realidad en todo el territorio nacional. Ante nuestra petición, el Ministerio ha asumido el compromiso de intentar garantizar y concretar este proceso.
En cuanto a la mayor concreción y diferenciación de los puestos en los centros de destino, STAJ ha reclamado una definición y clarificación más precisa en la redacción del articulado. La ley no dejaba claros los posibles centros de destino de los servicios comunes de tramitación. Tras nuestra petición, el Ministerio se ha comprometido a revisar la redacción para clarificar y dar mayo coherencia al artículo 521 de la LOPJ y al artículo 39 bis del Reglamento de Ingreso, de modo que los centros de destino y la posibilidad de movilidad dentro de ellos queden claramente definidos.
Se introducen, igualmente, garantías de mantenimiento de retribuciones en el proceso de acoplamiento del personal a los nuevos puestos de los centros de destino.
En materia de promoción interna, se han logrado avances en la línea de lograr la reserva del 50% de las plazas, aunque siguen siendo insuficientes.
El próximo martes tendrá lugar la última reunión, en la que se intentará alcanzar un acuerdo. Para STAJ es fundamental que se incluyan estas garantías básicas, para poder firmar ese posible acuerdo.