Con apenas dos días hábiles de antelación para el cese de los funcionarios interinos en vacante cuyo nombramiento es de 3 años ( los primeros deberían empezar a cesar el próximo 7 de julio), el ministerio nos comunica que no se va a cesar a ningún funcionario interino por cumplir los 3 años de antigüedad, a los que se refiere el artículo 10.1.a) del.EBEP.
El Ministerio ha decidido aplicar la excepción prevista en el artículo 10.4 (último párrafo) del EBEP, que del tenor literal señala lo siguiente:
"Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino y sea resuelta conforme a los plazos establecidos en el artículo 70 del TREBEP. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica."
Según el ministerio esas plazas están incluidas en el proceso selectivo que se hace el examen el próximo 28 de septiembre.
Por lo tanto, y a fecha de hoy, hasta que ese proceso selectivo no finalice y los opositores que superen dicho proceso selectivo tomen posesión, los funcionarios interinos que actualmente están ocupando plazas vacantes con un nombramiento de duración de 3 años no tendrán que cesar.
Nos parece la postura más inteligente, puesto que el servicio queda cubierto donde hay necesidad de personal debido a las mesas que actualmente se encuentran vacías y se permite que el funcionario siga trabajando durante más tiempo.
Desde STAJ instamos a la Administración a que mantenga este criterio en el futuro a medida que se vayan cumpliendo el periodo de 3 años en los siguientes procesos selectivos.