Ayer 6 de noviembre tuvo lugar la tercera reunión del grupo de trabajo
de Carrera profesional con el Ministerio de Justicia.
Como puntos del día se trataron el requisito de la formación y el
borrador de del Real Decreto que debe regular la Carrera profesional.
Respecto de la formación, seguimos reiterando una formación similar a
la que se incluye en las convocatorias para promoción interna, sobre todo en lo
referente a cursos de Universidades, centros de estudios respaldados por
Universidades, Centros de estudio jurídicos o equivalentes de Ministerio y
CCAA, etc, y cualquier tulación académica relacionada con el Derecho.
El Ministerio, a petición de STAJ, se muestra favorable a
estudiar que la experiencia de años en un mismo centro de trabajo o una misma
Jurisdicción se valore en este apartado de formación. Queda por ver si
efectivamente será así o no.
En el Real Decreto que regule la formación de la Carrera profesional
se fijarán áreas de formación, por ejemplo: jurídica, tecnológica, gestión
equipos de trabajo, resolución de conflictos, atención público, salud laboral,
etc, que tengan relación con la actividad de los Cuerpos y se fijarán la
puntuación de cada formación, teniendo en cuenta las horas, y la formación
total para consolidar cada tramo de carrera profesional.
Se han solicitado que quede fijado el número de años totales de
Carrera profesional y los años necesarios para consolidar el grado y pasar al
siguiente.
Así mismo pedimos que en el Real Decreto que regule la Carrera
profesional se contemple expresamente que en el momento de implantarse la
carrera profesional en la Administración de Justicia, se encuadre a
todo el personal en el grado que le corresponda por su antigüedad.
Es decir, que sin perjuicio de que la carrera profesional comienza por
el Tramo 1 para los funcionarios de nuevo ingreso, aquellos funcionarios que
tienen más antigüedad consoliden, de entrada, en el tramo que les corresponda
por la antigüedad que tengan.
Se ha solicitado al Ministerio que para la próxima reunión el
Ministerio se concrete la cuestión económica y presente las cantidades
correspondientes a cada Cuerpo y Tramo, y que se pronuncie sobre el encuadre
del personal en el tramo que corresponda.
Por otra parte, consideramos que la carrera profesional debe ser algo
voluntario y que el funcionario pueda comenzarla o retomarla en el momento que
quiera, sin necesidad de renunciar de forma expresa a la misma.
STAJ defiende que, si bien la carrera es a petición del funcionario,
los efectos económicos sean con carácter retroactivo desde el momento en que se
cumplen los requisitos para cada grado de Carrera profesional, aunque la
petición por el funcionario y el reconocimiento por parte de la Administración
se dilate en el tiempo. En definitiva, que reconocimiento y pago sea similar al
régimen que existe para el perfeccionamiento de los trienios, si bien siempre
ha de ser a solicitud del propio funcionario ( regirá el Principio de
petición).
A solicitud de STAJ, el Ministerio va a estudiar el reconocimiento de
los periodos en sustitución vertical, una vez se ingrese como titular en el
Cuerpo Superior, para computar esos periodos a efectos de consolidar grado en
dicho Cuerpo superior.
Este punto se ha solicitado por STAJ con base en diversas sentencias
que hemos ganado respecto al cómputo del tiempo de sustitución a efectos de
trienios; insistir en que sería después de haber accedido al Cuerpo superior
como titular, no mientras dure la situación en vertical.
El Ministerio nos enviará convocatoria para próxima reunión,
seguramente ya para el mes diciembre, en la que debe traer ya, como hemos
solicitado, propuesta económica.