8 de abril de 2026

Adjudicación de destinos ámbito Ministerio concurso de méritos Gestión P.A. 2022

En la página Web del Ministerio de Justicia se ha publicado la adjudicación de destinos de Gestión, correspondiente al proceso selectivo Orden JUS/1288/2022.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado se realizará una vez que en todos los ámbitos territoriales hayan adjudicado los destinos.

Listado complementario de aprobados concurso de méritos Auxilio Judicial 2022 por Canarias

En la página Web del Ministerio se ha publicado nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por la comunidad de Canarias.

​Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en UN PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (7 de abril) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.

7_04_SUBESCALAFÓN CANARIAS_AUXILIO 1288

Concurso de méritos Auxilio Judicial 2022: Subescalafón por Cataluña

En la página Web del Ministerio se publica actualizado el subescalafón de Cataluña, del cuerpo de auxilio judicial del proceso de estabilización convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre en el que no constan los aspirantes que a partir de la publicación de la Orden PJC/155/2026, de 27 de febrero (BOE núm. 55 de 3 de marzo de 2026), han presentado renuncia al proceso selectivo. Las personas que les sustituirán han de ser nombrados por la correspondiente Orden que se publicará en el BOE.

 

7 de abril de 2026

Listado complementario de aprobados concurso de méritos Auxilio Judicial 2022 por Andalucía

En la página Web del Ministerio se ha publicado nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por la comunidad de Andalucía.

​Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en UN PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (6 de abril) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.

6_04_SUBESCALAFON  ANDALUCIA_AUXILIO_1288

Concurso de méritos Gestión P.A. 2022: Listado complementario de aprobados por Cataluña

En la página Web del Ministerio se ha publicado se publica nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocado por OrdenJUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por Cataluña.

​Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en UN PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (6 de abril) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.

Convocatoria Acción Social 2026

Con fecha 6 de abril del 2026 se ha publicado en el Punto de Acceso General de la Administración de Justicia, dentro del área “Información laboral” pinchando en: >Área Privada Portal de la Administración de Justicia, las bases de Acción Social 2026 para el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, Fiscalía General del Estado y Ministerio Fiscal.

El plazo de presentación de solicitudes comienza a partir del día siguiente de su publicación hasta el 27 de abril de 2026 inclusive.

Las cuantías de las ayudas son las siguientes:

  • Ayuda de Transportes........... Máximo por solicitante de 50 €
  • Ayuda de Hijos......................Máximo de 150 € por hijo y 200 € por dos o más
  • Ayuda por discapacidad....... Según grado de minusvalía entre 150 € y 350 €.

La petición de Ayuda Social 2026, se realizará mediante la solicitud electrónica a través del Autoservicio del empleado de AINOA, desde el cual también se podrá adjuntar la documentación a aportar: tanto la de carácter general, como la documentación específica de cada ayuda.

SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en formato electrónico, y se cumplimentarán de forma personal a través de la aplicación AINOA dentro del plazo señalado al efecto. Solo se permitirá una instancia por solicitante, 

La solicitud tiene la posibilidad de ser modificada (en cualquier momento anterior a la fecha límite de presentación), en tanto en cuanto no se proceda a su envío–presentación.

Desde la misma pantalla en la que se realiza la solicitud electrónica podrán consultar un manual de ayuda para la cumplimentación de dicha solicitud.

Para su presentación se tendrá en cuenta:

a) Cada solicitud telemática deberá ir acompañada de la documentación que se requiera, tanto la general como la específica de cada ayuda, debiendo ser documentos originales escaneados sin enmiendas ni tachaduras.

b) Antes de la presentación por vía telemática de la documentación, el interesado deberá asegurarse de que la misma sea legible. En caso contrario, no podrá tenerse en cuenta en la valoración. Asimismo, se recomienda conservar toda la documentación escaneada en su ordenador.

c) Las características que han de reunir los documentos presentados en formato electrónico son las siguientes:

-Que los documentos electrónicos tengan un volumen reducido. Aunque el tamaño máximo admitido para cada fichero es de 2MB, se aconseja que sea menos extenso.

-Para ello debe escanearse la documentación con los siguientes parámetros:

  • Tipo de imagen: texto
  • Modo: blanco y negro
  • Tamaño de página: A4
  • Puntos por pulgada: 200
  • Formato de documento a guardar: exclusivamente en PDF.
  • Calidad: media baja

EXCEPCIONALMENTE, sólo se podrán presentar las solicitudes de ayudas en formato papel cuando se trate de Personal Laboral del Grupo Profesional E1 (limpiadoras, ordenanzas, vigilantes y mozos) y no dispongan de ordenador en su centro de trabajo; a través del modelo que se adjunta como Anexo I.

Toda solicitud presentada en soporte papel que no esté dentro de las excepciones arriba señaladas no se considerará válida y se entenderá como no presentada.

PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL ADM. JUSTICIA 

PERSONAL FUNCIONARIO EN EL MINISTERIO FISCAL

PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL FISCALIA GENERAL DEL ESTADO

Modelos:

 

6 de abril de 2026

Convocatoria concurso de méritos para puestos en el CGPJ

En el BOE de 2 de abril se ha publicado el Acuerdo de 24 de marzo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Gerencia.

Podrán tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas pertenecientes a las agrupaciones profesionales a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015 y el personal funcionario de carrera perteneciente al cuerpo o escala de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes

Los funcionarios/as con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los QUINCE DÍAS HÀBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público - Convocatorias en curso -2026.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y, junto a la documentación que se indica, se presentarán en: 

a) En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, núm. 8, 28071 Madrid).

b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente certificado electrónico.

MUGEJU: Información fiscal Renta 2025

En la página Web de la Mutualidad se comunica que está disponible a través de la Sede Electrónica el servicio de descarga de certificados de información fiscal para mutualistas y personal al servicio de la Mutualidad General Judicial: Certificado para la RENTA | Mutualidad General Judicial

1 de abril de 2026

Convocatoria comisión de servicios en provincia de Las Palmas

En la página Web del Gobierno de Canarias se publican sendas resoluciones de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura temporal mediante los procedimientos de comisión de servicio o sustitución de diversos puestos en la provincia de Las Palmas. 

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (31 de marzo)

Se presentarán exclusivamente a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/6813) eligiendo la unidad de registro 49176 SECC RRHH GC.

31 de marzo de 2026

RENTA 2025: CALENDARIO DE LA DECLARACIÓN.

En la página de la AEAT se ha publicado las fechas de la campaña de la Renta 2025:

  • 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).
  • 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio).

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte su cita, por Internet, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, o llamando a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44. 

Conviene recordar varias cuestiones relativas a la declaración de la renta en relación con el ámbito laboral.

  • Deducción de la cuota sindical.

La primera es que las cuotas sindicales se pueden deducir en el 100%. (Casilla 14 de la declaración de la Renta)

  • Deducción por movilidad geográfica.

La segunda se refiere a la deducción por movilidad geográfica de aquellos compañeros que estén afectados por esa circunstancia. 

Recordamos que esta posibilidad es para aquellos compañeros que anteriormente estaban en situación de desempleo e inscritos en la oficina de empleo (aunque sea sin cobrar la prestación por desempleo), y la aceptación del puesto de trabajo actual haya exigido el traslado de residencia habitual a un nuevo municipio con empadronamiento en esa nueva localidad. Esto vale para cualquier trabajador, no solo funcionarios. 

El importe que se puede deducir es de 2.000 euros anuales con carácter general, que se aplicarán durante dos años; el año del cambio de domicilio y el siguiente, 2000 euros cada año. 

En el caso de trabajadores con discapacidad se incrementa la cuantía en 3.500 euros anuales ó en 7.750 euros (ver art. 19.2.f de la Ley 35/2006 del IRPF)

En este caso la deducción se puede hacer por dos vías, y ambas son excluyentes. Bien señalando la casilla de movilidad geográfica en el modelo 145, o bien en la declaración de la renta. 

En el supuesto de que no se haya señalado en el modelo 145, se podrá deducir esa cantidad en la declaración de la Renta. La casilla es la número 3 “Retribuciones dinerarias íntegras”, en la que se despliegan distintos apartados, entre ellos “Datos adicionales” donde aparece “contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo…”. 

No obstante, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente.

  • Cantidades percibidas en un ejercicio fiscal distinto al ejercicio de devengo (cobro de guardias o prolongaciones de jornada).

En aquellos supuestos en los que se perciba una cantidad correspondiente a guardias o prolongación de jornada realizadas en el año anterior y cobradas en el año siguiente, por ejemplo guardias realizadas en el mes de diciembre y cobradas en el mes de enero, hay que tener en cuenta lo señalado en el artículo 14.2.b) de la Ley 35/2006 del IRPF. 

Antes de presentar la declaración de la renta habrá que sumar la cuantía de guardias, o prolongación de jornada, y las retenciones del IRPF correspondientes a esas cantidades ( las veremos en la nómina en la que se cobran), a la cantidad que aparece en el borrador, en la casilla 3, correspondientes a “Retribuciones dinerarias”, tanto en retribuciones dinerarias como en retenciones.

  • Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral

Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, en nuestro caso litigios judiciales entre el funcionario/a contra nuestra Administración empleadora, darán derecho a la deducción de un máximo de 300 euros anuales, tal como señala el artículo 19.2.e) de la Ley 35/2006, del IRPF. (Casilla 16 de la declaración de la Renta)

  • Deducción por hijos menores de 3 años.

Aunque no es una cuestión laboral, conviene recordar que las madres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años. Es decir se podrán deducir hasta 1200 euros. 

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare. 

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación. 

El contribuyente podrá pedir, mediante el modelo 140 de IRPF. “Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones”, el abono de forma adelantada de estas deducciones, a cobrar de manera mensual, un máximo de 100 euros al mes. 

En este supuesto no se minorará la cuota diferencial del impuesto, es decir, ya no se podrá deducir la cantidad de 1200 euros en la declaración de Renta, puesto que ya se ha percibido mensualmente. Lo habitual es que las madres soliciten esta deducción mensualmente mediante el modelo 140. 

No obstante lo anterior, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente, ya que la propia AEAT brinda a los contribuyentes esa posibilidad.