En la página de la Mutualidad Judicial se ha publicado la nueva carta de servicios que fue aprobada por Resolución de la Subsecretaría de Justicia de 24 de febrero, publicada en el BOE del 6 de marzo.
9 de marzo de 2021
4 de marzo de 2021
MUGEJU: NOTA INFORMATIVA SOBRE LA VACUNACIÓN COVID-19
En la página de la Mutualidad Judicial se ha publicado la siguiente nota informativa en relación a la campaña de vacunación por el Covid-19:
"Para que los Delegados y el personal de las Delegaciones de esta Mutualidad General Judicial dispongan, para facilitar a los mutualistas, información actualizada sobre la campaña de vacunación frente a la COVID-19, se comunica:
Que la Mutualidad General Judicial, está trabajando de forma coordinada y
proactiva con MUFACE e ISFAS y ya ha facilitado al Ministerio y a las
Comunidades Autónomas correspondientes los datos actualizados necesarios de los
mutualistas para llevar a cabo la estrategia definida por cada una de ellas
para la vacunación.
El Sistema Público de Salud de cada Comunidad Autónoma define su propia
estrategia de vacunación y ritmo atendiendo a los medios disponibles.
En la actualidad el Grupo de Trabajo Técnico de Vacunación COVID-19, se
encuentra determinando las posibles patologías susceptibles de vacunación
preferente.
Se ha de insistir, tal y como se anunció el pasado mes de diciembre, en la necesidad de actualizar los datos en la página web de la Mutualidad, siendo de especial interés para la vacunación facilitar el contacto telefónico."
3 de marzo de 2021
MUGEJU: VARIACIÓN DE DATOS CON MOTIVO DEL CONCURSO DE TRASLADOS.
Recordamos a los mutualistas que deben comunicar en la Delegación de Mutualidad de la provincia de destino, la variación de datos con el impreso A-1 y fotocopia de la toma de posesión.
Puedes acceder al modelo en el siguiente enlace:
IMPRESO A-1 MUGEJUMUGEJU: CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LOS PROGRAMAS DEL PLAN DE ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA PARA 2021
En la página de la Mutualidad Judicial se ha comunicado la publicación de la Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan ayudas de los Programas del Plan de Atención Socio-Sanitaria para 2021.
Dentro del PLAN DE ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA se integran las ayudas económicas que atenderán situaciones de necesidad que afecten a los mutualistas en las siguientes circunstancias:
- Personas mayores.
- Personas con discapacidad.
- Personas con drogodependencia.
- Ayuda derivada de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos
Es de destacar, la ayuda derivada de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos. La Mutualidad General Judicial concede ayudas económicas para compra, alquiler, o reparaciones en su caso, de una serie de productos ortopédicos contenidos en el catálogo de material ortoprotésico conforme se contiene en la Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019).
2 de marzo de 2021
ULTIMA INFORMACIÓN SOBRE PROCESOS SELECTIVOS
GESTION P.A. LIBRE- STAJ ha presentado nuevo escrito solicitando con carácter urgente la publicación de los listados provisionales de méritos.
El Ministerio nos informó que tiene terminados los listados con las valoraciones provisionales de méritos a excepción de los 8 opositores que han sido requeridos en Cataluña para la presentación de los méritos del historial profesional (cuyo plazo finaliza el próximo 22 de marzo) y los 7 que no otorgaron autorización para la revisión de oficio de las titulaciones, 10 días hábiles. ACUERDO DEL TCU de 18 de febrero de 2021.
Con el fin de no dilatar más los plazos, desde STAJ hemos exigido la urgente publicación de LA RELACION PROVISONAL DE MERITOS de todos los opositores, sin perjuicio de la posterior publicación de los 15 restantes.
TRAMITACION P.A. LIBRE. - El Tribunal ha terminado sus valoraciones, el Ministerio de Justicia está últimando los méritos que realizan de oficio quedando pendiente tan sólo la antigüedad de un ámbito con pocos aspirantes.
En breve tendrá la valoración total de los méritos y se publicarán seguidamente. Hemos solicitado urgencia y esperamos que para la semana próxima puedan tener todo finalizado y realizar la publicación.
AUXILIO JUDICIAL. Se van a publicar los listados definitivos de admitidos de forma inminente, al mantener la fecha de exámen para el próximo día 17 de abril, fecha fijada salvo que surja alguna circunstancia excepcional. Ya tienen reservas de aulas en muchas provincias, habiendo aumentado el número de lugares para realizar los exámenes.
1 de marzo de 2021
CONVOCATORIA DE COMISION DE SERVICIOS PARA NUEVO JUZGADO DE MOLINA DE SEGURA
El pasado 25 de febrero se publicó en la página del Ministerio de Justicia la convocatoria de comisión de servicios para cubrir 3 plazas de Gestión, 5 de Tramitación y 2 de Auxilio del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Molina de Segura, de nueva creación. Podéis consultar las bases de la convocatoria en el siguiente enlace:
Recorte a las pensiones de las mujeres trabajadoras
El pasado día 24 de febrero se publicó en el BOE Resolución de 18 de febrero de 2021, del Congreso de los Diputados, por la que se acuerda la convalidación del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico.
Bajo este título engañoso, se esconde realmente un importante recorte al complemento a las pensiones de las mujeres que hayan tenido dos o más hijos a lo largo de su vida.
Hasta ahora, el complemento a las pensiones contributivas y de clases pasivas por este concepto consistía en un 5% del importe total de la pensión que tuviera reconocida la mujer, por cada hijo a partir del segundo, con un máximo de un 15%.
A partir de ahora, ese complemento será de una cantidad lineal por cada hijo, hasta un máximo de cuatro hijos. Para el ejercicio 2021, esa cantidad mensual por hijo es de 27 euros al mes.
Por ello, las mujeres a quienes se reconozca pensión a partir de ahora por importe de más de 1.080 euros brutos mensuales, que hayan tenido dos o más hijos, tendrán un complemento inferior al que les se reconocía hasta ahora.
Por ejemplo, una mujer con dos hijos, que tuviera reconocida una pensión de 1.300 euros brutos al mes -que desde luego no puede calificarse como elevada-, tendría derecho a percibir, con la anterior regulación, un complemento de 65 euros al mes. Si tuviese 3 hijos, tendría derecho a un complemento de 130 euros al mes, y si tuviese 4 hijos, el complemento sería de 195 euros mensuales. En cambio, con la nueva regulación, esa misma mujer sólo tendrá derecho a un complemento de 54 euros si tuviera dos hijos, 81 euros si tuviera tres hijos, o 108 euros si tuviera cuatro.
Evidentemente, cuantos más hijos (con un máximo de cuatro) y cuanto más alta fuese la pensión, el complemento al que se tenía derecho antes de la reforma era mayor. A partir de ahora, el importe de la pensión es irrelevante al tratarse de una cantidad lineal, como se ha expuesto, pero que como puede fácilmente imaginarse supone un importante tijeretazo a la mayoría de las pensiones contributivas que se reconozcan a partir de ahora, cuyas cuantías son generalmente superiores a los 1.080 euros brutos mensuales. Sí que es cierto que las madres con un sólo hijo a quienes se les reconozca una pensión a partir de ahora percibirán un complemento de 27 euros al mes, que con la regulación anterior no tendrían, y que las pensiones por debajo de esa cuantía sí verán mejorado el importe del complemento si tienen menos de tres hijos.
Hay que tener en cuenta, también –aunque esto no es nuevo-, en el caso de las pensiones de Clases pasivas, que el complemento se reconoce sólo en los casos de jubilación forzosa, incapacidad permanente para el servicio o viudedad. Queda excluida, por tanto, la jubilación voluntaria.
La continuidad del complemento tampoco está garantizada “sine die”, ya que la propia ley se encarga de decir que el complemento se mantendrá mientras se mantenga la brecha de género.
Una cosa positiva, al menos, sí que tiene la Ley: Las mujeres madres que ya tenían reconocido el complemento, lo mantienen.
En definitiva, se trata de un verdadero recorte a las pensiones de las mujeres trabajadoras, por más que se quiera vender como una medida para la “reducción de la brecha de género”.
25 de febrero de 2021
RECLAMACION DE COMPLEMENTO ESPECIFICO Y CARRERA PROFESIONAL
STAJ lleva años reclamando al Ministerio de Justicia el incremento del complemento específico que perciben los funcionarios destinados en su concreto ámbito de gestión –no transferido-, que es con diferencia el más bajo que se percibe en todo el Estado (ver aquí tabla de retribuciones nacionales). Esta situación, ante la reiterada negativa del Ministerio a abordar esta cuestión, fue denunciada por STAJ incluso ante los Grupos políticos, con quienes mantuvimos diversas reuniones, que culminaron con la presentación de solicitud de enmiendas al articulado de la LPGE para 2021, en la cual se ha incluido una Disposición Adicional 157ª, que prevé la negociación del incremento del complemento específico para este personal, ordenando al Gobierno a establecer la dotación presupuestaria adecuada para este incremento.
STAJ peleó también en su momento la introducción de la carrera profesional en la LOPJ fruto también de nuestras peticiones y de las reuniones mantenidas en su momento con diversos Grupos políticos en el Parlamento. La LOPJ prevé, desde la reforma de 2018, el complemento de carrera profesional, para la cual es preciso proceder de inmediato a la negociación con el Ministerio de Justicia para su plasmación mediante Real Decreto, tal como establece la Ley. STAJ ha vuelto a insistir al Ministerio la necesidad urgente de proceder a esta negociación, pendiente, como decimos, desde el año 2018.
Por otra parte, en el Acuerdo de diciembre de 2015 firmado por STAJ con el Ministerio de Justicia, se incluyó también el compromiso por parte de la Administración de buscar una solución al problema de la falta de cotización a la Seguridad Social, que afecta a muchos funcionarios interinos y que nos obligó a realizar muchas reclamaciones judiciales a nuestros afiliados. Esta cuestión también debe quedar resuelta con lo previsto en la LPGE para 2021, en cuya Disposición Adicional 158ª se establece que el Gobierno procederá a revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas, y reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones.
STAJ sigue reiterando todas estas reivindicaciones, por escrito y en las reuniones que mantenemos con los responsables ministeriales en el seno de la mesa sectorial de retribuciones y empleo. Fruto de ello el Ministerio adquirió en las últimas reuniones el compromiso de iniciar el estudio de todas estas cuestiones, no más tarde del mes de marzo. Esperemos que el Ministerio cumpla, pues los funcionarios, sobre todo los de ámbito Ministerio, están ya muy cansados de esperar.
Os seguiremos informando
23 de febrero de 2021
OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE 8 NUEVOS ASPIRANTES.
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo de 18 de febrero de 2021 del Tribunal Calificador Único de la oposición al cuerpo de Gestión Procesal, turno libre, por el que se abre plazo de presentación de documentación para los 8 nuevos aspirantes incluidos en la relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición y para los aspirantes que no consintieron la comprobación de oficio de las titulaciones y certificaciones académicas.
Se abre un plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES a los aspirantes
relacionados en el Anexo I a este Acuerdo, a contar desde las 15:00 horas del
día 22 de febrero de 2021 hasta las 15:00 horas del día 22 de marzo de 2021,
para presentar exclusivamente la documentación establecida en el Anexo I-B,
apartado B (Historial profesional), que comprende los apartados B-1 y B-2.
Esta documentación la enviarán los opositores a la dirección de correo
electrónico aj.gestiotornlliure.justicia@gencat.cat
Dentro del mismo plazo de VEINTE DÍAS, los opositores que concurran
por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos podrán aportar las
certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes al anexo
I-C de la presente Orden, en formato PDF, a la siguiente dirección de correo
electrónico:aj.gestiotornlliure.justicia@gencat.cat
En otro caso, habrán de presentarse a los ejercicios que se dispongan para
acreditar sus conocimientos de idiomas autonómicos.
Se concede un plazo de 10 DÍAS HÁBILES a los aspirantes
relacionados en el Anexo II a este Acuerdo, a contar desde las 15:00 horas del
día 22 de febrero de 2021 hasta las 15:00 horas del día 8 de marzo de 2021,
para presentar exclusivamente la documentación establecida en el apartado A del
Anexo I-B de la convocatoria.Esta documentación la enviarán los opositores a la
dirección de correo electrónico: turnolibre_gestionprocesal_tcu@mjusticia.es
19 de febrero de 2021
CONCURSO TRASLADOS 2020: PUBLICADA EN EL BOE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
En el BOE del 19 de febrero se ha publicado la Orden JUS/135/2021, de 11 de febrero, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio
CONCURSO DENTRO DEL MISMO CUERPO:
- Tramitación: lunes, 22
de febrero de 2021.
- Auxilio y
Gestión: viernes, 26 de febrero de 2021.
TOMAS DE POSESIÓN:
- Dentro de la misma
localidad: 3 días hábiles.
- En diferente
localidad, dentro de la misma comunidad autónoma: 8 días hábiles.
- Desde diferente
comunidad autónoma: 20 días hábiles.
- Desde/hacia
Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla: 1 mes.
Podéis agotar el plazo de la toma de posesión, porque es un plazo
retribuido, y porque todos seréis posicionados en el escalafón con la misma
fecha.
CONCURSO DESDE OTRO CUERPO:
TOMAS DE POSESION:
- 20 días hábiles desde
el día 19 de febrero (incluido).
Este último plazo posesorio no será retribuido. Pueden
solicitar a la Gerencia de su actual destino un permiso retribuido de dos días
hábiles si hay cambio de localidad y de uno si no lo hay. La toma de posesión
en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.
A efectos de escalafón y antigüedad en el Cuerpo (trienios, y tiempo
de prestación de servicios a efectos de promoción interna) se toma como
referencia el día exacto de la toma de posesión.
Si un funcionario reingresado toma posesión en un destino donde se
encuentre otro funcionario del mismo cuerpo que también deba trasladarse por
haber obtenido otro puesto en el concurso antes de la fecha de cese indicada
anteriormente, este último funcionario cesará el día que el primero tome
posesión.
INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la toma de posesión
efectiva del titular.
RESOLUCIÓN CONCURSO COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Los destinos obtenidos en las comunidades autónomas transferidas son
los siguientes:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad
valenciana
- Galicia
- La
Rioja
- Madrid
- Navarra
- País
Vasco