En el BOE del pasado
24 de diciembre, se publicó resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas, por la que se establece el régimen para el disfrute
del día adicional de asuntos particulares.
Establece, que podrá disfrutarse hasta el 15 de febrero.
Cada territorio puede adoptar una fecha limite para su disfrute, pero siempre teniendo en cuenta como mínimo lo dispuesto en la resolución.
RESOLUCIÓN.
Establece, que podrá disfrutarse hasta el 15 de febrero.
Cada territorio puede adoptar una fecha limite para su disfrute, pero siempre teniendo en cuenta como mínimo lo dispuesto en la resolución.