6 de agosto de 2024

PERMISO PARENTAL DE HASTA 8 SEMANAS POR HIJOS MENORES DE 8 AÑOS.

El pasado 2 de agosto finalizó el plazo concedido por la Unión Europea, en el artículo 20 de la Directiva (UE) 2019/1158, para la trasposición al derecho nacional español de la remuneración o prestación económica del permiso parental de hasta 8 semanas por hijos menores de 8 años.

Se trata de una Directiva del año 2019 y el Ejecutivo español, ¡¡¡¡¡en 5 años!!!!!, no ha tenido la voluntad de cumplir con lo señalado en la citada Directiva, en lo relativo a la remuneración del citado permiso.


El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, recogió el permiso parental trasponiendo la citada Directiva, pero no cómo y cuándo se iba a empezar a retribuir dejando a medias el cumplimiento de la Directiva, y estableciendo como fecha límite el 2 de agosto del 2024. Es importante recordar que el permiso sí que existe y que se puede solicitar a través de la Aplicación AINOA, pero es sin retribuir.


Pues bien, la fecha del 2 de agosto ha llegado, está sin hacer, sigue sin ser retribuido y ahora la intención del Ejecutivo es tratar el tema en las negociaciones de los Presupuestos Generales del Estado del 2025. El incumplimiento de la Directiva implica una fuerte multa de varios millones de euros, precisamente a cuenta de los Presupuestos Generales del Estado.

El Ejecutivo, en un juego propio de trileros, pretende hacer desaparecer ese derecho retribuido y sustituirlo por la acumulación del permiso de lactancia, algo que en el caso de la Administración de Justicia (de la Función pública en general) ya existía porque así se recogía en nuestro régimen jurídico; pero es que, además, son dos situaciones diferentes, pretende hacer pasar por permiso paternal lo que es la lactancia, y dar por cumplido el periodo retribuido que señala la Directiva.


Sea como sea, habrá que esperar a los próximos Presupuestos del Estado 2025 para saber si el permiso será retribuido, desde cuándo y la forma de retribución…si es que hay Presupuestos.