9 de julio de 2025

TRAMITACION PROMOCION INTERNA 2024: LISTADO CORREGIDO DE APROBADOS DEL PROCESO SELECTIVO

 En la página Web del Ministerio se publica listado corregido de aprobados en el País Vasco de la promoción interna para acceso al cuerpo de Tramitación P.A., convocada por Orden PJC/150/2024

TRAMITACION PROMOCION INTERNA: CUADERNILLOS DE EXAMENES CELEBRADOS EL PASADO 28/6/2025

En la página Web del Ministerio se publican los cuadernillos de examen celebrado el pasado 28 de junio de la promoción interna para acceso al cuerpo de Tramitación P.A., convocada por Orden PJC/1436/2024.

REGISTRO CIVIL: INSTRUCCION SOBRE COMUNICACION ELECTRONICA DE NACIMIENTOS

En el BOE del 7 de julio se publicó la Instrucción de 3 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la aplicación del artículo 44.4 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y de modificación de la Instrucción de 9 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios.

7 de julio de 2025

GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA 2022 TURNO LIBRE ESTABILIZACION CONCURSO: NUEVAS LISTAS DE APROBADOS Y CORRECCION DE NOTAS IDIOMA AUTONOMICO

En la página Web del Ministerio del proceso selectivos de estabilización del cuerpo de Gestión P.A., convocado por Orden JUS/1288/2022 se comunica que, con posterioridad a la publicación de listados el día 20 de mayo en la página de procesos selectivos del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, se han producido modificaciones. por los siguientes motivos:

1.- Se han subsanado errores en la puntuación de las valoraciones de las lenguas oficiales y del derecho civil.

2.- Se han resuelto recursos de alzada estimatorios que han afectado a la puntuación final del candidato.

3.- Algún candidato no ha aportado la documentación requerida.

Por ello, es preciso publicar un nuevo listado de personas que aprueban el proceso selectivo conforme al orden que ocupan en el listado complementario y que han de presentar la documentación acreditativa en el modo establecido en la Base 8, en el plazo de 5 días, que podrá ser remitido a la dirección de correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.

SUBIDA SALARIAL: INSTRUCCIONES PARA EL PAGO DEL 0,5% PENDIENTE DEL 2024 EN LOS SUPUESTOS DE CAMBIOS DE DESTINO O SITUACIÓN ADMINISTRATIVA.

Nos informan desde la Habilitación Central del Ministerio de Justicia de que "no será necesaria ninguna petición, sino que el abono –tanto para el personal que siga en activo en el ámbito del Ministerio de Justicia como para quienes ya no lo estén por cualquier causa (jubilación, cese, excedencia…)— se hará de oficio en la cuenta que figure en AINOA (es decir, en la cuenta en la que se percibiera la última nómina o en la que se haya solicitado percibir la de julio, en caso de solicitudes de cambio en estas últimas semanas."

OPOSICIONES 2024: TRAMITACIÓN P. INTERNA. LISTADOS OPOSITORES QUE SUPERAN EL PROCESO SELECTIVO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del tribunal de la promoción interna para acceso al cuerpo de Tramitación P.A., convocada por Orden PJC/150/2024, por el que se publican los listados de los opositores que superan el proceso selectivo.

4 de julio de 2025

REUNIÓN MINISTERIO: MESA SECTORIAL. NEGOCIACIÓN REGLAMENTO REGISTRO CIVIL.

 En el día de ayer, jueves 3 de julio, se ha celebrado una primera reunión para abordar la negociación del nuevo Reglamento del Registro Civil, en los aspectos que afectan a condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia.


Esta negociación es fruto del Preacuerdo de 16 de julio de 2024, ratificado por el Acuerdo de 8 de enero de 2025, suscrito entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos STAJ, CSIF, UGT y CIG, -al que se opone CCOO-.

Desde STAJ hemos resaltado la necesidad de determinar con nitidez cuáles son las funciones que pueden desempeñar los funcionarios de los Cuerpos generales, bien directamente o bien por delegación del Encargado, con mención especial de las funciones que corresponden al Cuerpo de Gestión Procesal y administrativa, y particularmente en materia de certificación de asientos registrales. La figura del Gestor debe desempeñar un papel clave, dado que en la práctica es imposible que el Encargado de una Oficina de Registro civil pueda realizar todas las funciones que le atribuye la ley, de ahí la necesidad de crear la figura del Gestor adjunto o, como se está denominando en las Relaciones de Puestos de Trabajo de Fase II de Andalucía, Gestor de apoyo al Encargado, como puesto singularizado, puesto que hemos pedido que se aplique en todas las RPTs de Oficinas de Registro Civil de todo el Estado.

No puede olvidarse que en la práctica son los funcionarios de los cuerpos generales quienes llevan el Registro Civil, por tanto es necesario que se reconozca y para ello el Reglamento del Registro Civil debe incluir ese reconocimiento y atribución de funciones. Lo cual debe llevar aparejado el reconocimiento retributivo, especialmente cuando se trata de atribución de funciones que por ley se encargan a un “Cuerpo superior jurídico”, aunque sea por delegación.

También hemos hecho referencia a que la compatibilización de funciones de Registro Civil con las de la Oficina Judicial, es un error que se haya establecido indiscriminadamente para todas las oficinas de Registro civil, sin limitación alguna, por lo que más allá de la participación en el servicio de guardia cuando por turno corresponda en las RPTs que así esté establecido, el personal con destino en las Oficinas generales no debería realizar otras funciones distintas de las propias del Registro Civil, salvo en supuestos contados de baja carga de trabajo.

Por lo que respecta a las Oficinas de Justicia en el Municipio, hemos pedido una clarificación de sus competencias como Oficinas colaboradoras de Registro Civil, determinando qué funciones le corresponden igualmente por delegación, así como una clarificación de cuáles son las “tareas auxiliares no resolutivas” recogidas en la Disposición Adicional 5ª de la Ley 20/2011, y en general todas las funciones que se recogen en esa Disposición, que requieren desarrollo reglamentario. Igualmente, hay que determinar cuáles son las competencias registrales de los Ayuntamientos a través del “personal idóneo”.

Particularmente importante es poner límites a la compatibilización de funciones de las OJM con las de la Oficina Judicial del Partido Judicial, pues se están produciendo bastantes abusos en los protocolos de actuación que se están aprobando, que vienen a considerar las OJM como si fueses una unidad más del Servicio de Tramitación del Tribunal de Instancia, algo que no es en absoluto para lo que se ha pensado esa compatibilización de funciones, máxime en municipios con una muy escasa dotación de personal y con volumen de trabajo propio lo suficientemente importante como para introducir funciones que debe realizar la oficina judicial y no la OJM.

Tras la reunión se nos ha remitido por el Ministerio un primer borrador que examinaremos y al que presentaremos alegaciones, de cara a celebrar nueva reunión ya en septiembre-octubre.

3 de julio de 2025

SUBIDA SALARIAL: INSTRUCCIONES PARA EL PAGO DEL 0,5% PENDIENTE DEL 2024.

 

En el BOE del día 3 de julio se ha publicado la Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del sector público estatal del incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del IPCA previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024.

El incremento adicional del 0,5 por ciento se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, tendrá efectos de 1 de enero de 2024 y se abonará en la nómina del mes de julio de 2025 salvo que la habilitación responsable no disponga de todos los elementos formales necesarios o en otros supuestos en que por motivos técnicos no resulte posible, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible.

Al personal que no haya cambiado de destino durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al del pago de los atrasos, se le liquidarán de oficio por el ministerio, organismo o entidad en que se encuentre prestando servicios el interesado en dicho día.

Al personal que durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al pago de los atrasos haya cambiado de destino dentro del sector público estatal, con o sin variación de la naturaleza jurídica de la relación de servicios, se liquidarán por el centro que abonó las retribuciones, previa petición del interesado, dirigida al órgano de personal.

Respecto al personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada, ya sea por jubilación o por cualquier otra causa, o que hubiera perdido la condición de empleado público dentro del periodo referido en los apartados anteriores, los atrasos se liquidarán por la habilitación que abonó las retribuciones, previa solicitud del interesado. Si el empleado hubiera fallecido en ese mismo período, la petición se formulará por sus herederos conforme a Derecho Civil.

CARRERA PROFESIONAL: REUNIÓN CON EL MINISTERIO. COMIENZA LA NEGOCIACIÓN.

 Fruto del Preacuerdo de 16 de julio de 2024, ratificado por el Acuerdo de 8 de enero de 2025, suscrito entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos STAJ, CSIF, UGT y CIG, -al que se opone CCOO- en el día de ayer se celebró la primera reunión de mesa sectorial que inicia la negociación de la Carrera Profesional para el personal al servicio de la Administración de Justicia.

El Ministerio ha mostrado su plena disposición a llegar a un consenso sobre esta materia, en el marco de lo establecido en el artículo 519.3 de la LOPJ, estando abierto a las sugerencias que les hagamos llegar desde las organizaciones sindicales en cuanto a los criterios, requisitos y cuantías mínimas del complemento, a fin de poder aprobar un Real Decreto que regule con carácter básico o de mínimos la carrera profesional para todo el Estado, sin perjuicio del desarrollo que pueda hacerse en cada ámbito con competencias en materia de Justicia. Hemos pedido que esa regulación básica debe respetar los programas de “Trayectoria” o “Carrera” que existen actualmente en Galicia o Valencia.

Se iniciarán durante el mes de septiembre varias reuniones de grupo de trabajo, que deben constituirse en el seno de la comisión de seguimiento del Acuerdo de 8 de enero, por el Ministerio y los sindicatos que lo suscribimos, en las que se debatirán esos criterios, requisitos y cuantías, así como los niveles o grados y la antigüedad necesaria para acceder a cada grado, con objeto de ultimar el documento que se llevará a mesa sectorial de negociación.

Hemos pedido que la carrera se aplique a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, de todos los Cuerpos, pues así se recoge en la LOPJ, y que se incluya también al personal interino. Del mismo modo, hemos solicitado que el tiempo consolidado en un grado en un determinado cuerpo, sirva para acceder al siguiente grado aunque se cambie de Cuerpo.

Como criterios y requisitos a tener en cuenta, fundamentalmente se debatirá sobre criterios y requisitos de antigüedad y formación, si bien el Ministerio entiende que es también necesario hablar de evaluación del desempeño y otros méritos o aptitudes.

También hemos interesado la aplicación retroactiva del programa de carrera profesional, así como un régimen transitorio que permita al personal contabilizar su antigüedad acumulada, para acceder desde el inicio al nivel o grado que le corresponda según esa antigüedad.

Por lo que respecta a las cuantías, existen varias opciones, una es aplicar una cuantía fija en cada nivel o grado, otra hacerlo en función de un porcentaje del sueldo base de cada cuerpo (entre un 10 y un 15 por ciento del sueldo base)

La siguiente reunión del Grupo de Trabajo tendrá lugar el próximo día 16 de septiembre, en la que el Ministerio traerá un primer borrador que integre las sugerencias que hemos de remitir desde las organizaciones sindicales.

LETRADOS A.J. TURNO LIBRE 2024: NOTA INFORMATIVA SOBRE EL CURSO PRÁCTICO.

 En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado nota informativa en relación con el curso selectivo de la 47ª promoción del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (turno libre), correspondiente a la convocatoria por Orden PJC/215/2024, de 20 de febrero.

Se prevé su inicio el 6 de octubre de 2025 y su finalización el 14 de mayo de 2026. Constará de dos fases, una teórico-práctica y una de prácticas tuteladas.

La fase teórico-práctica se desarrollará previsiblemente del 6 de octubre al 22 de diciembre de 2025. Hasta el 12 de diciembre la formación se desarrollará principalmente en modalidad presencial en la sede del Centro de Estudios Jurídicos.

Del 12 al 22 de diciembre la formación se impartirá exclusivamente en modalidad online.

La fase de prácticas tuteladas se desarrollará, previsiblemente, del 12 de enero de 2026 al 14 de mayo de 2026 y supondrá la incorporación de los funcionarios en prácticas a juzgados y oficinas judiciales.