13 de septiembre de 2021

OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE. NOMBRAMIENTO Y ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

En el BOE del día 13 de septiembre se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición por turno libre del Cuerpo de Gestión Procesal, convocada en 2019:

  • Orden JUS/952/2021, de 1 de septiembre por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, (turno libre), a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
  • Orden JUS/953/2021, de 1 de septiembre del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019 de 10 de julio, en el ámbito de Península y Baleares. 

TOMA DE POSESIÓN:


Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE.

Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.


En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.


En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación . o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión Procesal, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.


PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:


Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la LOPJ.


FUNCIONARIOS INTERINOS:


Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

COMUNIDADES TRANSFERIDAS:


Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas son las siguientes:

 

10 de septiembre de 2021

PLAN FORMACIÓN: CURSOS DEL INAP (SEGUNDO SEMESTRE)

Programa de Desarrollo Profesional Continuo / Subprograma de Desempeño General

Este subprograma se dirige al conjunto de empleados públicos e integra las actividades para el desarrollo de competencias transversales (principios y valores, habilidades personales e interpersonales, competencias digitales, lenguas cooficiales españolas y lenguas extranjeras) o de competencias específicas vinculadas a tareas de gestión y administración, incluido el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. 

Programa de Desarrollo Profesional Continuo / Subprograma de Desempeño Directivo

Este subprograma se dirige a quienes ocupan puestos de mayor responsabilidad en las Administraciones públicas y tiene como finalidad facilitar el desarrollo de competencias directamente vinculadas a la dirección y el liderazgo públicos. Las competencias de carácter técnico, con independencia del colectivo de pertenencia, se abordan en el subprograma de desempeño general.

Acciones formativas de la segunda convocatoria. Segundo semestre 2021

Destinatarios 

Podrán participar en las diferentes actividades del Plan de Formación 2021 los empleados públicos que presten servicios a través de una relación de carácter funcionarial, laboral o estatutario en el ámbito de la Administración General del Estado, de los órganos constitucionales, de la Administración de Justicia, de las Administraciones y órganos estatutarios de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla y de la Administración Local, así como el personal de administración y servicios de las Universidades públicas y el personal funcionario al servicio de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos.

LA REUNIÓN SOBRE LA ADECUACIÓN SALARIAL Y COMPLEMENTO ESPECÍFICO CONTINUARÁ LA PRÓXIMA SEMANA.

El Ministerio traslada una última oferta de incremento del complemento específico y de adecuación salarial tras la petición de las organizaciones sindicales de que hiciera un esfuerzo adicional.

El Ministerio mantiene que es su última oferta.

 

Cuerpo

Incremento mensual

Incremento anual

Pago único atrasos enero-octubre 2021

LAJ

195

2.340

1.950

Gestión /Técnicos Lab. INTCF

185

2.220

1.850

Tramitación/Ayudantes Lab. INTCF

165

1.980

1.650

Auxilio

150

1.800

1.500

 

En las reuniones mantenidas en el mes de julio con las organizaciones sindicales la Ministra se comprometió a continuar el proceso de negociación y a realizar un último esfuerzo en la mejora de la oferta vigente en esas fechas. Fruto de ese compromiso, el Ministerio ha puesto encima de la mesa 6 millones de euros adicionales en dos veces (2 de septiembre, 5 millones y 9 de septiembre, 1 millón adicional) para mejorar sustancialmente la propuesta que se presentó el 7 de julio. 

Estas cantidades se han conseguido sin necesidad de huelga ni descuento alguno para los funcionarios/as del ámbito del Ministerio, muchos de los cuales recuerdan lo sucedido en el año 2008 en la que se mantuvo una huelga de cerca de tres meses para conseguir una subida de 190 euros y que algunos, en especial, CCOO cerraron a espaldas de los trabajadores. 

La propuesta de acuerdo no supone la renuncia a ninguna reivindicación laboral ni retributiva en el futuro ni mucho menos, como algunos pretenden decir, a la negociación de los fondos adicionales que, por cierto, todavía están por determinar en su totalidad.

A este respecto el Ministerio ya rechazó la posibilidad de incluir en este acuerdo los fondos adicionales a propuesta de algunos sindicatos, al principio de la negociación, mientras CCOO permanecía mudo al respecto.

Hasta en dos ocasiones desde que se firmó el acuerdo que los hizo posibles, la postura de CCOO con los fondos adicionales bloqueó la negociación con el Ministerio sobre su destino, ya que se pedía que hubiera un cierto consenso sindical. En ese momento y hasta hoy, CCOO ha insistido en la necesidad de que se apliquen al complemento general del puesto ya que, según decían, su Disposición Adicional 157 de la ley de presupuestos no hacía necesario recurrir a los fondos adicionales.

Y es que esa Disposición Adicional, su pésima redacción, ha sido la que ha permitido al Ministerio ser muy restrictivo en la interpretación de lo que es y no es complemento específico, de lo que significa aproximación retributiva etc… esa pésima y confusa redacción ha lastrado la negociación desde el principio y CCOO lo sabe y por eso ya no proclama a los cuatro vientos su autoría.

En realidad, CCOO pretende echar la culpa a los demás de sus propios errores y contradicciones. Y los demás lo aceptamos, siempre y cuando no se juegue con el dinero de miles de empleados públicos. Y lo que es peor, pretende tirar por la borda el trabajo realizado desde hace muchos años y, en especial, desde la publicación de esa Disposición que según decían, había sido redactada por ellos.

La negociación de la parte económica de la propuesta de acuerdo se traslada, ahora a Hacienda, con el objetivo de blindar las cantidades y tener el visto bueno para formalizar el acuerdo.

Que no se incluyan los fondos adicionales en este acuerdo permite seguir manteniendo esa reivindicación para cuando se conozca su cuantía total final.  

Incluir los fondos adicionales en la negociación es una clara invitación a que Hacienda dé por “invertidos” esos fondos en la subida del Ministerio sin incrementar las cantidades ofertadas hoy. Y si algunos no lo quieren ver, tienen un problema y gordo. Mejor dicho, el problema lo tendremos todos, porque se perderían esos fondos para siempre. 

En la reunión los representantes de CCOO dijeron que asumían el riesgo de perder esos fondos, porque, ese dinero no es del Ministerio. Cierto, ese dinero es de todos y cada uno de los funcionarios y funcionarias del ámbito del Ministerio y ninguna organización sindical puede frivolizar con la posibilidad de que se pierdan.

La propuesta de acuerdo contiene un compromiso de establecer un calendario de negociación a través de grupos de trabajo para trasladar al personal mejoras laborales y retributivas sin exclusión de ningún tipo.

Como ya os informamos anteriormente, el Ministerio se compromete a negociar las reformas que está impulsando en la Administración de Justicia (leyes de eficiencia organizativa, registro civil y Ley de enjuiciamiento criminal entre otras) e incluye un compromiso de:

 

  • no amortizar ninguna plaza,
  • no establecer mecanismos de movilidad forzosa y;
  • no merma retributiva para ningún funcionario/a de Justicia.

Las organizaciones sindicales hemos propuesto la inclusión en el acuerdo de varias cuestiones para negociar en los próximos meses y años que quedan de legislatura. Entre otras destacamos:

 

  • la apertura de la negociación de la carrera profesional,
  • la revisión del sistema de guardias,
  • revisión de la estructura salarial de los Cuerpos de la Administración de Justicia con garantía de no pérdida de retribuciones.
  • el restablecimiento de los complementos de violencia sobre la mujer,
  • la promoción interna para que sea real y efectiva en todos los Cuerpos de la Administración de Justicia,
  • los planes de igualdad y;
  • los planes de prevención.
  • Creación de unidades administrativas de apoyo a la gestión de medios personales y materiales del Ministerio.
  • Creación de una comisión de seguimiento del acuerdo.

Asimismo, hemos recordado al Ministerio que están pendientes de negociación los sistemas de provisión de puestos de trabajo (sustituciones, concursos de traslado, comisiones de servicio y la orden de interinos).

Con estos antecedentes, las organizaciones sindicales que suscriben este comunicado CSIF, STAJ y UGT han mostrado su disposición a firmar el acuerdo en un ejercicio de responsabilidad para no poner en riesgo lo conseguido y abrir la puerta a la negociación de más mejoras laborales y retributivas, a falta de terminar de concretar la segunda parte del acuerdo, la relativa al calendario de negociación de las cuestiones que hemos planteado más arriba.

CIG, el sindicato gallego, también ha manifestado su disposición a firmar el mismo para asegurar su presencia en la negociación que se va a abrir después de la firma del mismo. ELA el sindicato vasco ha dicho que no.

Sólo falta que CCOO salga de su contradicción y diga claramente si firma o no firma el acuerdo. Hoy no lo ha hecho. Que diga si quiere o no quiere participar en la negociación de las condiciones de trabajo del personal de Justicia en el futuro. Si quiere poner en valor el trabajo realizado por todos, incluida la Disposición Adicional 157, durante muchos años y si quiere seguir con las reivindicaciones del personal de Justicia sin renunciar a nada.

El próximo martes, a falta de confirmar la hora, hemos sido convocados a una nueva reunión para ultimar esa segunda parte de la propuesta de acuerdo.


CONSULTA LA HOJA EN PDF



9 de septiembre de 2021

CONCURSO DE TRASLADOS 2021: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN ANDALUCÍA.


Nuestros compañeros de STAJ en Andalucía nos han remitido de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía los listados de las plazas que serán ofertadas en Andalucía en el próximo concurso de traslados, que previsiblemente se convoque en la segunda quincena de septiembre.

 

8 de septiembre de 2021

OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE: AFILIACIÓN A LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL (MUGEJU)

La afiliación de mutualistas titulares DE NUEVO INGRESO se realiza mediante el siguiente procedimiento: Afiliación obligatoria de oficio

https://sedemugeju.gob.es/afiliacion-y-cotizacion/afiliacion

El trámite se puede solicitar "en línea" en esta SEDE ELECTRÓNICA o bien de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Deberán presentar:

•El MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES, debidamente cumplimentado y firmado.

Solicitud para la Afiliación y Variación de datos de Titulares A-1 (PDF).

INFORMACIÓN PARA LA AFILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE NUEVO INGRESO. ALTA DE TITULARES


La incorporación como Personal al Servicio de la Administración de Justicia conlleva la AFILIACIÓN OBLIGATORIA a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que tiene como finalidad gestionar y prestar de forma unitaria para todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración y para los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, los mecanismos de cobertura del Sistema de Mutualismo Judicial establecidos en el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Puede consultar la información completa acerca de las prestaciones de MUGEJU en http://www.mugeju.es/index.php/prestaciones y los convenios y ofertas para mutualistas en http://www.mugeju.es/convenios-y-ofertas

Procedimiento de afiliación:

De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el alta en MUGEJU del personal funcionario de nuevo ingreso se realizará a través de medios telemáticos, evitando así la presentación de impresos en soporte papel, tal y como se explica a continuación:

• MUGEJU ha desarrollado una aplicación en su sede electrónica para dar de alta por medios telemáticos al personal funcionario de nuevo ingreso.

• Finalizados los procesos selectivos, el Ministerio de Justicia facilita a MUGEJU los datos del personal funcionario de nuevo ingreso.

• Estos datos se cargan en la aplicación, iniciándose así el proceso de alta.

• El personal funcionario de nuevo ingreso recibe un correo electrónico en el que se le facilitan las credenciales y la ruta de acceso a la aplicación, junto con la información del procedimiento.

• El personal funcionario accede a esta aplicación y completa el proceso de alta, que consiste en revisar los datos que se muestran y cumplimentar aquellos campos que aparezcan en blanco.

• Finalizado el proceso de alta con éxito, la información queda registrada en nuestra base de datos.

• El sistema genera automáticamente un documento acreditativo de alta en la mutualidad, así como una solicitud del talonario de recetas propio de este Régimen Especial que le será remitido al domicilio particular que haya hecho constar.


ASISTENCIA SANITARIA

Cuestiones Generales:

1. Es necesario que se cumplimenten todos los datos obligatorios para que se pueda completar correctamente el proceso de alta (datos personales, domicilio particular completo, destino, entidad médica…).

2. Acreditación de la entidad médica: la entidad elegida figura impresa en el documento de acreditación de alta en MUGEJU. Para recibir asistencia sanitaria, se tiene que utilizar la tarjeta sanitaria propia que expide cada entidad médica, pero mientras no se reciba la misma, se deberá ser atendido con dicha acreditación.

3. Tarjeta individual de afiliación: es una tarjeta individual y permanente que les identifica como titulares del Mutualismo Judicial. Será remitida al domicilio del mutualista en el plazo aproximado de un mes desde su alta en la mutualidad.

4. Partes de incapacidad temporal (IT): se deberán utilizar siempre los partes de baja por incapacidad temporal propios de MUGEJU, tanto si eligen entidad médica privada como INSS.

Entidades Médicas: se puede elegir la entidad médica que prestará la asistencia sanitaria.

Recordamos que, si se elige una entidad médica privada, siempre se deben utilizar los servicios médicos de esa entidad. Si el mutualista accede a medios ajenos a esa entidad, deberá abonar los gastos que puedan ocasionarse, sin derecho al reintegro de los mismos, salvo en los supuestos excepcionales de asistencia urgente de carácter vital o de denegación injustificada de asistencia y con los requisitos establecidos en el concierto sanitario.

1. Si se ha elegido una entidad médica privada, la tarjeta sanitaria individual será remitida al domicilio por la entidad elegida, transcurridos aproximadamente quince días desde su incorporación. También se puede solicitar personalmente en las oficinas de la entidad médica de su provincia, presentando la tarjeta individual de afiliación a MUGEJU.


2. Si se ha elegido la asistencia sanitaria a través del Sistema Público de Salud (INSS):

• Al darse de alta, se debe hacer constar el número de afiliación a la Seguridad Social.

• Se debe solicitar personalmente la tarjeta sanitaria individual en el centro de salud, tanto para el titular mutualista, como para las personas beneficiarias incluidas en su documento de acreditación de alta en MUGEJU, en caso de que las hubiera.

Prescripción de medicamentos y productos sanitarios:

1. Si se ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones deben realizarse por un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.

2. Si se ha elegido la opción INSS, la mayoría de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, el mutualista recibirá un talonario de recetas para su uso en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma.

ALTA DE PERSONAS BENEFICIARIAS

Normativa de aplicación: artículo 15 del Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, y artículos 14 y 15 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.

Documentación a aportar:

1. Modelo A3, "Solicitud de alta de beneficiarios/beneficiarias", debidamente cumplimentado y firmado.

Solicitud de Alta/Reingreso de Beneficiarios/Beneficiarias A-3 (PDF).


2. Documentación indicada en el modelo de solicitud, como la fotocopia del libro de familia o certificado digital del nacimiento. El modelo de solicitud lleva implícita la consulta de ciertos datos para evitar la aportación de documentación. Las personas beneficiarias mayores de 18 años deberán firmar también el modelo de solicitud.

3. En el caso de oposición expresa a la consulta de datos para la tramitación de esta solicitud, se deberá aportar: 1.Fotocopia del DNI, para mayores de 14 años.

2.Certificados que acrediten que la persona beneficiaria:

No figura como titular ni como persona beneficiaria de la otra persona progenitora en ninguno de los otros regímenes de la Seguridad Social.

Convive con la persona titular y depende económicamente de ella.

No percibe rentas superiores al doble de IPREM (cuando sean mayores de 18 años).

Más información en: http://www.mugeju.es/afiliacion-y-cotizacion/beneficiarios-y-beneficiarias.

INFORMACIÓN SOBRE LA AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE OFICIO

Os facilitamos el enlace dónde podréis consultar los servicios médicos de las distintas entidades privadas concertadas con la MUGEJU en la asistencia sanitaria:

 

 

7 de septiembre de 2021

CONCURSO DE TRASLADOS 2021: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN CANTABRIA.

En el enlace que sigue a continuación podéis encontrar las plazas a ofertar por la Comunidad Autónoma de Cantabria en el concurso de traslado ordinario correspondiente a 2021 para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.

Plazas concurso Cantabria

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN TURNO LIBRE. NOTAS DE LENGUA AUTONÓMICA Y DERECHO CIVIL VASCO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado las notas del idioma autonómico del País Vasco, así como las del Derecho Civil Vasco de los aspirantes que lo solicitaron del turno libre de la oposición al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

CONCURSO DE TRASLADOS LETRADOS ADM. JUSTICIA: PUBLICADA RESOLUCIÓN EN EL BOE

En el BOE del 4 de septiembre se ha publicado la Orden JUS/923/2021, de 26 de agosto, por la que se resuelve concurso de traslado para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/672/2021Orden JUS/672/2021, de 22 de junio.

GESTIÓN TURNO LIBRE: BORRADOR ORDEN DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el borrador de la Orden de 1-9-2021, por la que se adjudica destino a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas de Gestión PA, turno libre.

3 de septiembre de 2021

COMPLEMENTO ESPECÍFICO: EL MINISTERIO PRESENTA UNA NUEVA PROPUESTA DE INCREMENTO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO EN SU ÁMBITO DE COMPETENCIA.


En la reunión de 2 de septiembre de 2021, la Administración presenta una propuesta que incluye un incremento respecto de la que presentó el pasado 7 de julio para los Cuerpos de Letrados y Cuerpos Generales

Asimismo, el Ministerio incluye una propuesta para Facultativos INTCF y Médicos Forenses que, hasta la fecha no se había admitido.

Además, abre la puerta a introducir la apertura de negociación de algunas otras reivindicaciones del personal de Justicia.

 

Propuesta del Ministerio 2/09/2021

Cuerpo

Euros mes

Euros año

Auxilio Judicial

140

1680

Tramitación P y A.

160

1920

Gestión P y A.

180

2160

Letrados AJ

190

2280

Ayudantes INTCF

160

1920

Técnicos INTCF

180

2160

Forenses/Facultativos INTCF

80

960

 

Estas cantidades tienen efectos retroactivos a 1 de enero de 2021 con el compromiso de abonar los atrasos en un pago único antes de finales de este año. Estas cantidades serán consolidables en nómina y no podrán ser absorbidas por ningún incremento salarial que se acuerde en el futuro.

El Ministerio se compromete a negociar las reformas que está impulsando en la Administración de Justicia (leyes de eficiencia organizativa, registro civil y Ley de enjuiciamiento criminal entre otras) e incluye un compromiso de no amortizar ninguna plaza, no establecer mecanismos de movilidad forzosa y de que estas reformas no supongan ninguna merma retributiva para ningún funcionario/a.

El Ministerio nos emplaza para una valoración de la oferta al próximo 9 de septiembre.