18 de enero de 2022

MUGEJU: EL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD SE PAGARÁ DE OFICIO.

Tal como anunció STAJ tras la reunión de la comisión rectora de la MUGEJU, en la que STAJ está representado, en la página de la MUGEJU se ha publicado la Resolución de 23 de diciembre de 2021, sobre el reconocimiento del subsidio por incapacidad previsto en el artículo 86.b) del Reglamento del mutualismo judicial aprobado por Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.

El subsidio por incapacidad se abona por MUGEJU a partir del día 180 de una baja médica, toda vez que el Ministerio de Justicia paga a partir de dicho mes las retribuciones básicas (sueldo y trienios). La cuantía del subsidio es fija e invariable, en tanto éste no se extinga, y será la mayor de las dos cantidades siguientes:

- El 80% de las retribuciones básicas devengadas (sueldo y trienios), incrementadas en la sexta parte de una paga extraordinaria, correspondiente al primer mes de licencia.

- El 75% de las retribuciones complementarias devengadas en el primer mes de licencia.

El importe del subsidio íntegro así calculado no podrá ser superior a las retribuciones complementarias íntegras correspondientes al primer mes de licencia.

Hasta la fecha, era requisito imprescindible para su percepción la previa solicitud del interesado, lo que provocaba molestias y retrasos en el cobro. Con esta nueva Resolución, se reconoce de oficio el cobro del subsidio a partir del día 180 de incapacidad temporal, sin necesidad de petición expresa.

Pare ello, MUGEJU deberá tener constancia previa de la concesión de las pertinentes licencias por el órgano de personal que corresponda (Ministerio de Justicia o CC.AA. transferidas), así como contar con el certificado de retribuciones del primer mes de la baja.

 

13 de enero de 2022

Primera reunión de trabajo por el impacto de la Ley 20/2021 en los procesos selectivos de la Administración de Justicia

Ayer 12 de enero se ha celebrado una primera reunión de la Mesa sectorial de la Administración de Justicia para analizar el impacto de la Ley 20/2021 en las ofertas de empleo y procesos selectivos en la Administración de Justicia. Ha tenido el carácter de reunión de trabajo, sin negociación (que comenzara en los próximos días), en la que se han planteado por el Ministerio algunas cuestiones en relación con las previsiones de esta Ley.


Con carácter previo el Ministerio ha manifestado que las oposiciones de Letrados A.J. no están afectadas por esta Ley, ya que no hay plazas que estén en las situaciones previstas en la misma. Como sabéis, la convocatoria de estas oposiciones ha sido ya publicada en el BOE de fecha 11 de enero, algo a lo que STAJ ha formulado su protesta por no haberse concluido la negociación (el Ministerio convocó mesa en pleno conflicto por el complemento específico de ámbito no transferido), reservándonos las acciones que consideremos que nos asisten por este nuevo atropello a la negociación colectiva.

Como primera cuestión, el Ministerio ha dejado claro que los procesos selectivos correspondientes a las ofertas de empleo acumuladas de 2017 y 2018 no están afectados, ni el de Auxilio Judicial, cuya resolución definitiva se espera -según el Ministerio- para finales de Febrero, ni por supuesto Tramitación y Gestión, que ya han finalizado.

En cuanto a la convocatoria correspondiente a la Oferta de empleo de 2019, el Ministerio entiende que hay que negociarla ya, para tenerla terminada y convocada antes de 1 de junio de 2022, tal como obliga la Ley.

Esta oferta está incluida en el proceso de estabilización fruto del Acuerdo de 2018, cuyas bases comunes deberían ser las mismas que las de las OEP 2017 y 2018 y, por tanto, el sistema de acceso debe ser el concurso oposición, que es además a lo que obliga la Ley (con valoración de la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total). Sin embargo, el Ministerio considera que hay que introducir cambios, para adaptarla a las disposiciones de la Ley 20/2021 y sobre todo para que sea un proceso ágil. No obstante, el Ministerio apuesta por el mantenimiento de la reserva de nota de los que superaron la fase de oposición de la convocatoria anterior, para lo cual los temarios no pueden cambiar. Adicionalmente a esa oferta de empleo, hay que añadir el número de plazas que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Ello incluye los refuerzos, que previamente hay que convertir en plantilla (o RPT). También hay que incluir el número de plazas que, en su caso, hayan quedado sin cubrir de la convocatoria de OEP 2017-2018.

El Ministerio plantea también la cuestión del carácter eliminatorio o no de los ejercicios de la fase de oposición, si bien considera en todo caso que aunque los ejercicios no lo tengan, la fase de oposición sí, por lo que habría que establecer una nota mínima de la suma de los ejercicios para poder pasar a la fase de concurso. 

Otra cuestión importante es determinar qué número de esas plazas deben ser incluidas en el proceso extraordinario que, por una sola vez, se convoque por el sistema de concurso de méritos (sin fase de oposición). La ley establece con carácter imperativo que deben ofertarse por este sistema aquellas plazas estructurales que no habiendo sido cubiertas en los procesos selectivos de las OEP 2017 y 2018, a fecha 31 de Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia diciembre de 2020 hayan estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida antes de 1 de enero de 2016, y las que a fecha de entrada en vigor de la Ley (30 de diciembre 2021) hayan estado ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016. Ello incluye los puestos de refuerzo que tengan esa duración

Por ello es necesario determinar qué plazas están en esa situación, pero como las convocatorias de procesos selectivos no pueden identificar las plazas, lo único que se puede ofertar en ese proceso es un número equivalente. Ese número será extraído de la oferta total, debiendo el resto ser ofertado por el sistema de concurso oposición.

Lo que sí ha manifestado el Ministerio es que no es un proceso restringido, sino que se trata de un proceso de libre concurrencia, por lo que puede presentarse cualquiera que reúna los requisitos generales de titulación, edad, etc.

En resumen, por lo que respecta al turno libre y en cuanto al número de plazas correspondiente a la OEP 2019 más las que se añadan por cumplir los requisitos previstos en la ley a que hemos hecho referencia, tendrá que haber dos sistemas de acceso, uno por concurso-oposición, que es el establecido en las bases comunes ya dictadas, y otro extraordinario -y por una sola vez-, por concurso de méritos (sin fase de oposición), en el que se incluirá exclusivamente el número de plazas a que también hemos hecho referencia antes.

Esos procesos no pueden afectar a las plazas que en la OEP 2019 se reservan para turno de promoción interna, que se mantiene tal cual. Desde STAJ hemos recordado que el Acuerdo de 2018 incluye la previsión de que se incluya una oferta adicional y extraordinaria que permita una reserva de plazas para este turno de manera que se alcance el 60 por ciento de las plazas ofertadas en el turno libre.

Se ha puesto sobre la mesa también la posibilidad de que a la oferta de 2019 se acumulen las Ofertas de 2020 y 2021, que de no acumularse se retrasarían aún más de lo que ya están. Ello obligaría a que también estas se celebrasen por el sistema de concurso-oposición. No obstante, permitiría ampliar sustancialmente el número de plazas a ofertar, lo que facilitaría el acceso a todos los aspirantes, incluso de aquellos que carecen de méritos para la fase de concurso. En cualquier caso es una cuestión que habrá que analizar detenidamente, para hacer compatible el objetivo de estabilización y reducción de empleo temporal a que obliga la Ley con las legítimas expectativas de aquellos que no tienen experiencia que poder hacer valer en la fase de concurso.

El Ministerio nos emplaza a futuras reuniones que tendrán lugar durante las próximas semanas, para ir concretando todas estas cuestiones así como para negociar las bases de la convocatoria de OEP 2019 y plazas adicionales (y en su caso acumuladas 2020 y 2021)

Otros asuntos.- El Ministerio también ha planteado la necesidad de analizar los preceptos de la LOPJ que deberían ser objeto de modificación, para adaptarlos a las previsiones de la Ley 20/2021, en cuestiones como son la duración máxima de los nombramientos de interinos, etc.

También se ha puesto sobre la mesa la necesidad de abordar una regulación de carácter básico para la cobertura temporal de puestos de trabajo mediante los sistemas de comisión de servicios y sustituciones, habiendo insistido desde STAJ en que debe regularse ya la obligatoriedad de abono del cien por cien de las retribuciones totales del cuerpo al que se sustituye, entre otras cuestiones.

12 de enero de 2022

CONCURSO DE TRASLADOS 2021

PUBLICADA EN EL BOE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL. INICIO DEL PLAZO PARA PRESENTAR ALEGACIONES Y RENUNCIAR AL CONCURSO.

En el BOE del día 12 de enero se ha publicado la Orden JUS/1525/2021 , de 29 de diciembre, por la que se resuelve provisionalmente, se aprueba la relación de excluidos y se anuncian los lugares donde están a disposición de los interesados los anexos III del concurso de traslado para cubrir plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1099/2021, de 30 de septiembre y resoluciones de 30 de septiembre de 2021 de las comunidades autónomas transferidas.

En el aplicativo informático (al que hay que acceder con certificado digital) podrán visualizar los Anexos III con los datos personales de los concursantes, la baremación realizada, el destino de origen, los puestos solicitados y la plaza adjudicada provisionalmente, en su caso.

Los funcionarios interesados expresarán en un PLAZO DE DÍEZ DÍAS HÁBILES a contar a partir de mañana, su disconformidad con los datos obrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones), publicado en la Orden JUS/1099/2021, de 30 de septiembre y en la página web del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna.

Una vez cumplimentado el Anexo IV, deberán firmarlo, acompañando la documentación que crean oportuna, en su caso. Todo ello se escaneará y se enviará en un único fichero, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el mensaje, en el apartado “Asunto”: APELLIDO1_APELLIDO2_NOMBRE_ALEGACIONES.

En el mismo plazo anterior, podrá presentarse la renuncia a la participación en el concurso, en aquellos casos debidamente justificados.

Para ello enviarán firmado y escaneado el Anexo IV (modelo de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es.

Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: Renuncia, en un único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de instancia del interesado (Ejemplo: «Luis Pérez Pérez 00000000K V1»).

En la página del Ministerio de Justicia podéis consultar los listados provisionales de adjudicatarios y excluidos, así como el Anexo III con los datos personales, el Anexo IV (modelo de alegaciones), la baremación realizada, el destino de origen, los puestos solicitados y las plazas, en su caso, adjudicadas.


IMPORTANTE!!!!: Aquellos funcionarios que habiendo participado en el concurso de traslados no les hayan adjudicado ninguna plaza en los listados provisionales, y quieran renunciar al concurso, también deberán renunciar al concurso, puesto que puede ocurrir que en los listados definitivos sí que les den alguna de las plazas que han solicitado

BOLSA DE INTERINOS DE BURGOS: PUBLICADO LOS LISTADOS DEFINITIVOS.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la resolución del Gerente Territorial de Burgos de 11 de enero, por la que se aprueban y publican los listados definitivos de las bolsas de interinos de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, correspondientes a las provincias de Ávila, Burgos, Segovia y Soria, convocadas por resolución de 10 de junio de 2021.

Se incluyen listados de Titulares y Reserva 1.

Además, se incluyen listados Reserva 2 de los aspirantes que cumplen todos los requisitos, pero su puntuación no alcanza para estar incluidos en el cupo de Reserva 1 de la Bolsa a la que han optado, y que serían llamados sólo cuando no hubiese disponible nadie de la bolsa titular ni de la Reserva 1.

La fecha de entrada en vigor de estas bolsas es del 17 de enero, por lo que a partir de ese día todos los llamamientos se harán de las nuevas bolsas.

Contra la resolución de la Gerencia los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Dirección General para el Servicio Público de la Justicia.


11 de enero de 2022

OPOSICIONES 2022: LETRADOS ADM. JUSTICIA. PUBLICADO EN EL BOE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO.

En el BOE del día 11 de enero se ha publicado la Orden JUS/1523/2021, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia.

5 de enero de 2022

CONCURSO DE TRASLADOS 2021. RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL CONCURSO DE TRASLADOS.

 En la página del Ministerio se ha publicado el borrador de la Resolución provisional del concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, junto con los listados de adjudicatarios.

La fecha prevista para la publicación en el BOE de los listados provisionales es el próximo día 12 de enero.

 Los funcionarios interesados expresarán en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial del Estado” ( está previsto que se publique en el BOE el próximo día 12 de enero), su disconformidad con los datos obrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones), publicado en la Orden JUS/1099/2021, de 30 de septiembre y en la página del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Una vez cumplimentado el Anexo IV, deberán firmarlo, acompañando la documentación que crean oportuna, en su caso. Todo ello se escaneará y se enviará en un único fichero, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el mensaje, en el apartado “Asunto”: APELLIDO1_APELLIDO2_NOMBRE_ALEGACIONES

Aplicativo informático para la consulta del Anexo III es la siguiente:

https://aplicacionainoa.justicia.es/asistenteinscripcion/sap/bc/webdynpro/sap/zasis_gta_anexo3

Los funcionarios interesados en renunciar al concurso de traslados también podrán hacerlo dentro del mismo plazo para subsanar los errores, de conformidad con lo dispuesto en la Base Primera, punto 7 de la JUS/1099/2021, de 30 de septiembre, por la que se convoca concurso de traslad.

IMPORTANTE: Aquellos funcionarios que habiendo participado en el concurso de traslados no les hayan adjudicado ninguna plaza en los listados provisionales, y quieran renunciar al concurso,  también deberán renunciar al concurso, puesto que puede ocurrir que en los listados definitivos sí que les den alguna de las plazas que han solicitado.

 

4 de enero de 2022

MUGEJU: CUADROS MÉDICOS 2022

En la página de la Mutualidad Judicial se ha publicado los cuadros médicos de las entidades concertadas para 2022.

Os recordamos que se puede optar por cambiar a otra entidad médica o a los Servicios de Salud públicos. Extraordinariamente, este año el cambio se puede realizar hasta el 28 de febrero.

Para facilitar el trámite a los mutualistas y evitar desplazamientos a las oficinas, MUGEJU permite la posibilidad de realizar el cambio a través del Portal del Mutualista.

 

3 de enero de 2022

CONCURSO DE TRASLADOS: LETRADOS ADM. JUSTICIA.

En el BOE del día 3 de enero, se ha publicado la Orden JUS/1507/2021, de 21 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

MUGEJU: PLAZO EXTRAORDINARIO PARA EL CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA Y PUBLICACIÓN DEL PROGRAMA DEL PLAN DE ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA.

En la página de la Mutualidad Judicial se ha publicado Resolución del Gerente de la Mutualidad General Judicial de fecha 30 de diciembre de 2021, sobre la ampliación del plazo otorgado para efectuar cambios de entidad médica en 2022. Mediante dicha resolución se establece, además del plazo ordinario del 1 al 31 de enero de 2022, un plazo extraordinario del 1 al 28 de febrero de 2022, durante el cual todos los mutualistas podrán realizar el cambio de entidad médica oportuno.

 Así mismo, en el BOE del 31 de diciembre se ha publicado la Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan ayudas de los Programas del Plan de Atención Socio-Sanitaria para 2022.

OPOSICIONES: PRÓXIMA CONVOCATORIA PROCESOS SELECTIVOS LETRADOS ADM. JUSTICIA CORRESPONDIENTE A LA OPE 2019, 2020 Y 2021.

El Ministerio de Justicia nos ha remitido el informe favorable de la Dirección General de Función Pública al proyecto de Orden, por el que se convoca el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, elevado por el Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 211/2019, de 29 de 29 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2019 , del Real Decreto 936/2020,de 27 de octubre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2020 y del Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021, acumulándose las plazas que se recogen en dichos Reales Decretos.

Nos informa asimismo que prevén que en los próximos días (posiblemente antes del 10 de enero) se publique esta convocatoria en el BOE.

STAJ muestra una vez más su sorpresa ante este nuevo ataque por parte del Ministerio al principio de negociación colectiva. Recordemos que el ministerio dio traslado del borrador de convocatoria previo a la Negociación de las Bases en el pasado mes de octubre y nos citó a dicha reunión en pleno conflicto por el incumplimiento del Acuerdo alcanzado de subida de complemento específico para el personal dependiente del Ministerio de Justicia. Obviamente en pleno conflicto y con el anuncio de Huelga, la reunión de Mesa para la negociación de las Bases de la oposición de Letrados fue rechazada por todas las organizaciones sindicales hasta la resolución de aquel conflicto.

Una vez alcanzado acuerdo con el Ministerio de Justicia y desconvocada la Huelga, STAJ está nuevamente dispuesto a negociar las bases de convocatoria de la oposición de Letrados y así se lo hizo saber al Ministerio, al cual, le solicitamos que convocara esa primera reunión de Mesa, para concluir este asunto tan importante.

Es evidente que si el Ministerio quisiera podría convocar mesa de Negociación para tratar la convocatoria de Oposición del cuerpo de Letrados con lo cual el proceso sufriría un mínimo retraso de un mes, una vez se pasase el resultado de la negociación nuevamente a Función Pública. Ese retraso, después del que venimos padeciendo en todos los procesos selectivos es insignificante y más teniendo en cuenta la importancia de una convocatoria de Oposición del cuerpo de Letrados que incluye la acumulación de tres años de Ofertas de Empleo Público y la modificación del Temario.

STAJ está intentando gestiones con el Ministerio de Justicia para que se convoque la Mesa de Negociación preceptiva y pendiente para tratar las Bases de la Convocatoria concretas, como procede dentro del marcó de Negociación colectiva. Esperamos que el Ministerio rectifique y no culmine este nuevo ataque al principio de Negociación Colectiva.

En el siguiente enlace podéis consultar el documento remitido por el Ministerio con el Informe de bases y convocatoria 2019, 2020 y 2021 y el nuevo temario: