La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial no suprimirá los partidos judiciales. Se mantienen las oficinas de los juzgados de Paz.
Alcanzado principio de acuerdo entre el Ministerio de Justicia y CSIF, UGT y STAJ, pendiente de su ratificación o no, a la vista de la redacción final.
1. No se suprimen los partidos judiciales. Los Tribunales de Instancia pierden, pues, su
condición de provinciales. Lo único que será provincial será el reparto de
asuntos con arreglo a criterios de reparto equitativo de trabajo entre las
diferentes unidades, sin perjuicio de las especializaciones por materias y/o
jurisdicciones que pudieran establecerse.
2. Se mantienen todos los Juzgados y
Agrupaciones de Paz. Se crearán “Oficinas judiciales de Paz” allí donde
actualmente hay Juzgado de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz con
funcionarios de Justicia y se les dará más funciones. Actos de comunicación y
ejecución, recepción de escritos, información general y particular al
ciudadano, mediación, registro civil,
3. Se mantienen los centros de destino previstos
en la LOPJ vigente, de forma que los centros de destino no se referirán a la
provincia, sino al municipio.
4. Se garantiza la promoción interna: de gestor a Letrado (Secretarios) habrá oferta anual de promoción interna haya
OPE a Secretarios o no la haya. La antigüedad requerida continuará siendo de
dos años y no de tres como venía en el anteproyecto. Para el resto de cuerpos la promoción está garantizada ya que se podrá
convocar promoción independiente cuando se estime necesario (cuando no haya
OPE).
5. Se introduce la
posibilidad de promoción interna de Técnicos de
Laboratorio a Facultativos de INTyCF, así como
la posibilidad de sustitución a dicho cuerpo.
6. Sustituciones de Gestión a Letrados: Los gestores
podrán ser nombrados Letrados suplentes (se elimina el apelativo de no
profesionales para los gestores), y tendrán preferencia absoluta en los
llamamientos sobre el resto de aspirantes de la bolsa que no son gestores a los
que se llamará letrados suplentes no profesionales.
7. Se reconoce el carácter de agente de la autoridad a los gestores cuando la naturaleza del acto
lo requiera (embargos, lanzamientos, etc.)
8. Se recoge que los Gestores podrán prestar servicios en las Unidades Administrativas, que el texto
original había “olvidado” (sólo lo preveía para Tramitación y Auxilio)
9. Los Gestores y los Tramitadores podrán realizar funciones en materia
de justicia restaurativa (asistencia a la víctima) y de solución extra procesal.
10. Se recogen los mismos derechos
profesionales que los establecidos
para los Letrados judiciales.
11. Se establece la obligatoriedad de elaboración y publicación del escalafón anual, que fue suprimida
en 2003.
12. Se establece un régimen transitorio de varios años para la nueva exigencia de
titulación MIR especialidad en medicina legal, para ingreso en el Cuerpo de Médicos
Forenses, en que esa nueva titulación no será exigida. Incluso existirán una o
dos oposiciones antes de que la nueva titulación entre en vigor.
13. Se recogerá en el
nuevo texto el derecho a no ser discriminados por razón de la orientación
sexual del funcionario.
14. Se elimina la
obligatoriedad de “vestir con decoro”.
15. Se establecerán
planes de igualdad en la Administración de Justicia.
16. Compromiso, fijado en la LOPJ con plazo (entre 3 y 6 meses),
para la negociación del desarrollo de la LOPJ por vía reglamentaria antes del
final de legislatura.
Tras más de dos meses de negociaciones en grupos de trabajo entre los sindicatos
y el Ministerio de Justicia, el pasado día 10 de julio ha tenido lugar la
reunión de la Mesa sectorial en la que se ha alcanzado un principio de acuerdo
que recoge las cuestiones más importantes de cara a la salvaguarda de los
derechos de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia en la
nueva Ley Orgánica del Poder Judicial frente a la redacción original del
anteproyecto que nos presentó el Ministerio de Justicia inicialmente.
Finalmente, y aunque no se recogen muchísimas de las alegaciones realizadas
por los sindicatos, sí que se han aceptado por el Ministerio las más
importantes, y que eliminan el riesgo de movilidad forzosa ordinaria que
consagraba el texto original. Así, no sólo no se eliminan los partidos
judiciales, sino que con los nuevos criterios de reparto provincial se mitigan
las desigualdades en volumen de asuntos que se dan en muchos casos entre unos
partidos judiciales y otros (que es lo que ponía en riesgo la permanencia de
los menos saturados como sede judicial, y que podría hacerlos desaparecer ya
hoy sólo con modificar los anexos de la Ley de Planta, sin necesidad de
modificar la LOPJ).
Junto a eso, los centros de destino se mantienen referidos a la localidad y no a la provincia, desapareciendo el riesgo
de movilidad forzosa ordinaria con la que se amenazaba en el texto original, y
además se recoge el compromiso del Ministerio de un posterior desarrollo
reglamentario en el que se pueda establecer una diferenciación más concreta no
sólo de los puestos singularizados, sino también de los genéricos. Desarrollo
reglamentario que también podrá mejorar el régimen de sustituciones y
comisiones de servicio actuales.
Además, se crean las “Oficinas judiciales de
Paz”,
que sustituirán a los actuales Juzgados de Paz y Agrupaciones, con competencias
en actos de comunicación, mediación o conciliación, información y atención al
ciudadano en materia de trámites procesales, primera orientación en materia de
asistencia a las víctimas, recepción de escritos, y las funciones residuales
que pudieran quedarles en materia de Registro Civil. Los funcionarios
destinados en los actuales Juzgados de Paz permanecerán en esas “oficinas
judiciales de Paz”, garantizándose así el puesto de trabajo a casi tres mil
funcionarios, en TODO el territorio nacional, y ello aunque desaparezca el
Registro Civil como servicio de Justicia (los primeros en “caer” serían los
funcionarios destinados en Juzgados de Paz, al desaparecer una de sus
principales funciones)
Todo ello, junto al resto de puntos
aprobados, constituyen sin duda unimportante avance que no sólo mantiene los derechos de los
funcionarios puestos en serio riesgo, sino que en algunos aspectos se mejoran
sustancialmente. Por ello las organizaciones CSIF, STAJ y UGT hemos alcanzado este principio de acuerdo (aún no se ha firmado nada), que
quedará no obstante condicionado a la definitiva redacción que sea llevada al
texto definitivo que se apruebe por el Gobierno para su inminente envío al
Congreso para su tramitación parlamentaria, que se producirá antes de final de
mes.
No es fácil de entender que CCOO no haya aceptado este
preacuerdosujeto,
recordemos, a ratificación a la luz de lo que diga definitivamente el proyecto
de LOPJ. Y no lo entendemos porque su reivindicación principal, como la
nuestra, HA SIDO SATISFECHA PLENAMENTE. Sorprendente también que ELA y CIGA se
hayan levantado de la mesa al inicio de la reunión, sin esperar si quiera a que
el Ministerio diera contestación a las peticiones sindicales.
Finalmente, la firma de este preacuerdo no
significa que las tres organizaciones sindicales renunciemos ni al resto de
alegaciones presentadas, ni a la recuperación de los derechos injustamente
perdidos (de hecho la negociación reglamentaria abre la vía para recuperar
algunos) y para seguir exigiendo un Registro civil público gestionado por
funcionarios de Justicia. Llevamos meses consultando a los
trabajadores y lo se llevará al texto de la LOPJ es precisamente lo que ellos
nos han demandado. Ha quedado demostrado que la negociación y la
movilización sirven para algo y que todos juntos podemos. Las tres
organizaciones sindicales renovamos nuestro compromiso con los funcionarios de
Justicia y seguiremos en la lucha por conseguir mejorar las condiciones de
trabajo de todos nuestros compañeros.
La alternativa suponía liberar al Ministerio de compromiso alguno y darle vía libre para llevar la
reforma de la LOPJ tal cual nos la presentaron inicialmente algo que los tres
sindicatos no podemos permitir por responsabilidad. Lamentamos que CCOO no lo haya percibido así pero esperamos que
con el paso del tiempo se den cuenta de lo que significaría para los
funcionarios un texto como el que nos planteó el Ministerio en un principio.