3 de agosto de 2020

ÓRGANOS DE NUEVA CREACIÓN: ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO.


En el BOE del día 31 de julio se ha publicado Orden JUS/737/2020, de 30 de julio, por la que se dispone la fecha de entrada en funcionamiento de determinados Juzgados correspondientes a la programación del año 2019.

1. El día 30 de septiembre de 2020 entrarán en funcionamiento los Juzgados que a continuación se relacionan:

a) Tres Juzgados de Primera Instancia:
Número 60 de Barcelona.
Número 8 de Reus.
Número 17 de Murcia.

b) Juzgado de lo Social número 3 de Terrassa.

c) Juzgado de lo Mercantil número 12 de Barcelona.

2. El día 31 de octubre de 2020 entrarán en funcionamiento los juzgados que a continuación se relacionan:
a) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Toledo.
b) Juzgado de lo Penal número 2 de Segovia.

3. El día 30 de noviembre de 2020 entrará en funcionamiento el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Girona.

4. El día 31 de marzo de 2021 entrará en funcionamiento el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Molina de Segura.

5. El día 30 de abril de 2021 entrará en funcionamiento el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Arenys de Mar.


REUNIÓN CON MINISTERIO DE JUSTICIA 30-07-2020.

STAJ reclama al Ministerio negociación y participación de los representantes de los funcionarios en el diseño de las reformas previstas.

Exigimos equiparación salarial y desarrollo bases Carrera profesional, modificación régimen sustituciones y recuperación de la reserva del 50% para la promoción interna.

El pasado jueves se celebró por videoconferencia una reunión entre el Ministerio de Justicia y las Organizaciones sindicales representativas en la que el Ministerio ha presentado a los sindicatos los proyectos que van a ponerse en marcha en los próximos meses, acelerados algunos de ellos como consecuencia del estado de alarma y la necesidad de acometer reformas que supongan una agilización real de la Administración de Justicia y una reducción del volumen de asuntos existentes y el incremento previsto por efecto de la pandemia.

Estos  proyectos se desarrollan en cuatro grandes bloques: Justicia digital, Reforma procesal para la implantación de medidas de Justicia digital y sostenible, Justicia 2030, así como la instauración de un modelo de gobernanza y “justicia orientada al dato”.

31 de julio de 2020

OPOSICIONES 2019: CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL. PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

En el BOE de hoy viernes 31 de julio, se publica la Orden JUS/376/2020, de 23 de julio, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página del Ministerio de Justicia.


Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el 1 de septiembre de 2020, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos.

Quienes no subsanen o no aleguen la exclusión, en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.

De acuerdo con lo previsto en el anexo IV de la citada Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, se nombran los miembros de las Unidades de Colaboración de Cantabria, Galicia y La Rioja.

La previsión para la realización de las pruebas es a finales de noviembre, pero está condicionado a como se desarrolle la situación generada por el Covid-19.

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN TURNO LIBRE. ACUERDO SOBRE ALEGACIONES Y PLANTILLA DEFINITIVA DE RESPUESTAS.

En la página del Ministerio de Justicia  se publica el Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se da publicidad a las plantillas definitivas de respuestas relativas al tercer ejercicio de las oposiciones de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, realizado el día 18 de julio, y se da respuesta a las alegaciones planteadas a las plantillas provisionales.

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA, PROPUESTA DEFINITIVA DE APROBADOS.

Una vez realizadas las rectificaciones oportunas respecto de los aspirantes a los que, por errores materiales, no se les habían computado determinados méritos, en la página del Ministerio de Justicia se publica el Acuerdo de 27 de julio de 2020 del Tribunal calificador único de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo, por el que se eleva a la Secretaria de Estado de Justicia la propuesta definitiva de aprobados.




28 de julio de 2020

TPA PROMOCIÓN INTERNA: ACUERDO DEL TCU POR EL QUE SE ELEVA A LA SECRETARIA DE ESTADO DE JUSTICIA LA PROPUESTA DEFINITIVA DE APROBADOS.

El Ministerio acaba de publicar el acuerdo de 27 de julio de 2020 del tribunal calificador único de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa convocado por orden jus/404/2019, de 21 de marzo, por el que se eleva a la secretaria de estado de justicia la propuesta definitiva de aprobados.

Se eleva a la Secretaría de Estado de Justicia la propuesta definitiva de aprobados del proceso selectivo (Anexo II) cuyo número, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 7.7 de la Orden de Convocatoria, no supera al de plazas convocadas. Conforme al punto I.C del Anexo I de la Orden de Convocatoria se publican las puntuaciones de las valoraciones de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas respectivas, así como la puntuación de la evaluación del Tribunal Calificador Único Tramitación Procesal y Admtva. -Promoción Interna Orden JUS/404/2019 de 21 de marzo (BOE de 8 de abril) Página 2 de 2 conocimientos del Derecho Civil Vasco-. Estas puntuaciones se reflejan separadas de las obtenidas en los ejercicios obligatorios, ya que sólo serán aplicables en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden dentro del ámbito territorial correspondiente.


MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL.

En el BOE de hoy, 28 de julio, se ha publicado la Ley 2/2020, por la que se modifica el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para ampliar el plazo de las investigaciones judiciales.

En su artículo único señala, entre otras cosas, lo siguiente:

La investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa.
Si, con anterioridad a la finalización del plazo, se constatare que no será posible finalizar la investigación, el juez, de oficio o a instancia de parte, oídas las partes podrá acordar prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses.
Las prórrogas se adoptarán mediante Auto donde se expondrán razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, así como las concretas diligencias que es necesario practicar y su relevancia para la investigación.
En su caso, la denegación de la prórroga también se acordará mediante resolución motivada.

Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.


ULTIMAS INFORMACIONES SOBRE CONCURSO DE TRASLADOS, PROCESOS SELECTIVOS Y BOLSA DE LETRADOS SUSTITUTOS

  • CONCURSO DE TRASLADOS
Esta semana nos comunicarán el día concreto de septiembre en que se publicará en el BOE la convocatoria del concurso de traslados, en todo caso, a primeros de ese mes.

Retrasan a la primera semana de agosto el traslado a los sindicatos del listado de plazas que se ofertarán.

  • GESTIÓN Y TRAMITACIÓN, PROMOCIÓN INTERNA
Aunque aún no se han publicado los listados definitivos de méritos, la idea del Ministerio es ofertar las plazas a los aprobados y que empiecen a trabajar en el mes de octubre.

  • GESTIÓN, TURNO LIBRE
Aún queda algún Tribunal que no ha finalizado las correcciones; el ministerio no concreta ninguna fecha para publicar los listados, pero será difícil que lo hagan antes de la primera quincena de septiembre.

  • TRAMITACIÓN, TURNO LIBRE
Esta semana se reúne el tribunal para estudiar las impugnaciones a la plantilla de respuestas provisional del tercer examen de Word y publicarán la definitiva.
Los listados de aprobados no se pueden sacar hasta que no se realice el examen de incidencias que prevén realizarlo en septiembre.

  • AUXILIO JUDICIAL
Se retrasa una vez más la publicación de listados provisionales de admitidos al mes de agosto, abriendo plazo para reclamaciones en septiembre. Esperan que los exámenes se puedan realizar en noviembre, pero es muy difícil ahora mismo poderlo asegurar.

  • CONCURSO DE TRASLADO DE LETRADOS
Esta semana publicarán los listados provisionales de adjudicatarios del concurso de traslados de Letrados de la administración de justicia, convocado el pasado 3 de julio. 

  • BOLSA DE LETRADOS SUSTITUTOS
En la primera semana de septiembre nos darán traslado de la convocatoria de bolsas de Letrados sustitutos para su negociación.

21 de julio de 2020

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN TURNO LIBRE. PLANTILLAS PROVISIONALES DEL TERCER EXAMEN.


En la página del Ministerio de Justicia se publican las plantillas provisionales de respuestas relativas al tercer ejercicio, realizado el día 18 de julio, correspondiente a las pruebas selectivas de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre.


20 de julio de 2020

PLAN DE ACTUACIÓN DE MEDIDAS URGENTES PARA HACER FRENTE AL COVID-19 (MERCANTIL, SOCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO).

A continuación hacemos un resumen del Plan de actuación, aprobado por el Ministerio, en desarrollo de la D.A Decimo Novena del Real Decreto-Ley 11/2020, para hacer frente al incremento de asuntos como consecuencia del COVID-19.

 

OBJETO DEL PLAN

Afrontar el importante incremento de entrada de asuntos que se espera que se va a producir como consecuencia directa e indirecta del COVID-19, y recuperar la normalidad de los Órganos judiciales mediante la adopción de las medidas que garanticen la reducción de la pendencia de los Órganos judiciales

Dicho plan comprenderá las Jurisdicciones Social, Contencioso-Administrativa y el ámbito de actuación de los Juzgados de lo Mercantil, si bien la Jurisdicción Contencioso-Administrativa no será hasta la segunda fase, a partir del 1 de enero 2021.

FASES Y ESTRUCTURA

En la primera fase (entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020), los apoyos para estas Jurisdicciones y Órganos se concentrarán en las sedes que con anterioridad a esta crisis ya concentraban mayor carga de trabajo.

La determinación de las medidas de apoyo a la Jurisdicción Contencioso- administrativa se realizará a lo largo de la primera fase a efectos de su entrada en funcionamiento en la segunda fase.

En la segunda fase (que se iniciará el 1 de enero de 2021) se contará con datos más completos, concretado en el número de demandas presentadas, la pendencia de cada Órgano judicial y los tiempos de resolución de los procedimientos.

En concreto, dentro de la Jurisdicción Social y en los Juzgados de lo Mercantil, la resolución de los procedimientos en la Fase I tendrá como lógica consecuencia un incremento de los procedimientos de ejecución. Por ello, para esta segunda fase deberán valorarse y abordarse las actuaciones de refuerzo necesarias en materia de ejecución.

La Jurisdicción Contencioso-administrativa verá incrementada su carga de trabajo de una forma más progresiva que otras Jurisdicciones, al ser preciso en muchos procedimientos el agotamiento previo de la vía administrativa.

ÁMBITO DE APLICACIÓN


En Baleares, los órganos que a los que se les aplicará el plan de actuación son los Juzgados de lo Social de Palma de Mallorca e Ibiza, y los Juzgados de lo Mercantil de Palma de Mallorca.

Respecto de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo hay que esperar a los datos reales del incremento para saber si entran en el plan de actuación, y si es así, saber qué medidas se han de aplicar para hacer frente a dicha sobrecarga.

Tanto a los Juzgados de lo Social, como a los Juzgados de lo Mercantil, les corresponderán medidas de auto-refuerzo, más refuerzos externos.

Auto refuerzo – Se trata de medidas en las que el personal destinado en el propio órgano LAJ, Gestores, Tramitadores y Auxilio judicial, perciben una retribución extraordinaria por su participación en un programa concreto de actuación por objetivos.

Refuerzo externo - Los órganos de un Partido judicial son apoyados transversalmente por personal que no presta servicio ordinariamente en el órgano.

Dotación de personal:

- Podrán participar en las medidas de auto refuerzo, como máximo, en la Jurisdicción social el LAJ, un Gestor, un Tramitador y un Auxilio judicial por cada órgano. En el ámbito de los Juzgados de lo Mercantil podrán participar como máximo el LAJ del órgano, 2 GPA y 2 TPA.

- Las medidas de refuerzo externo consistirán en el nombramiento máximo de un LAJ, dos Gestores y dos Tramitadores por órgano y un AJ por cada órgano en la Jurisdicción social.

En el ámbito de los Juzgados de lo Mercantil, el nombramiento de LAJ y AJ será como máximo de uno por cada dos equipos manteniendo al resto del personal en la misma proporción que en los Juzgados de lo Social.

CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN.

I. La participación en las medidas del Plan será voluntaria. En las medidas de auto refuerzo los miembros de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial que quieran participar serán seleccionados por el titular del Órgano judicial, a propuesta del LAJ.

Si en las medidas de auto refuerzo hubiera más participantes seleccionados de los máximos establecidos, participarán por turnos mensuales rotatorios.

Cuando no exista personal suficiente interesado, podrán participar en los mismos los destinados en otro Órgano de la misma Jurisdicción del Partido Judicial.

II. Para poder participar en el Plan es necesario no haber sido sancionado disciplinariamente, mientras no haya sido cancelada esa sanción, y prestar servicio en el turno ordinario de jornada de mañana.

Los refuerzos externos consistirán en comisiones de servicio, con o sin relevación de funciones, así como en el nombramiento de funcionarios interinos, o cualesquiera otras de las modalidades previstas en la LOPJ para la cobertura de puestos de trabajo en apoyo de los Órganos judiciales. Asimismo, podrán ser suplidos por la entrada en funcionamiento de nuevos Órganos judiciales o la actual existencia de medidas de refuerzo, que se podrán reorientar a la consecución de los objetivos de estos programas.

OBJETIVOS.

En el ámbito de la Jurisdicción social el objetivo a conseguir por las medidas de auto refuerzo consistirá en la resolución (mediante sentencia, auto o decreto) de, al menos, 145 procedimientos mensuales en tres tramos diferenciados.

Tramo    Objetivo

   I          145 -154

   II        155 -164

  III      165 o más.

Tratándose de refuerzos externos el objetivo consistirá en la realización de las actuaciones procesales debidas para el señalamiento y resolución de, al menos, 100 procedimientos mensuales de despidos y otros de naturaleza urgente.

En el ámbito de los Juzgados de lo Mercantil, el objetivo será el impulso de la tramitación de procedimientos.

El objetivo de las medidas de auto refuerzo consistirá en el proveído por cada funcionario participante fuera de su jornada ordinaria del siguiente número de escritos o demandas mensuales:

Tramo    Objetivo

   I             40

   II            50

   III           60

Las medidas de refuerzo externo consistirán consistirá en la realización de las actuaciones procesales debidas para el señalamiento y resolución (mediante auto, sentencia o decreto) de, al menos, 180 procedimientos mensuales en materia de reclamaciones aéreas u otras de escasa complejidad que se determinen.

RETRIBUCIÓN.

Por la consecución de los objetivos establecidos, se percibirán las siguientes retribuciones:

1. En el ámbito de la Jurisdicción social:

Medidas de auto-refuerzo:

- LAJ: con una cuantía mensual de 700, 600 o 500 euros.

- GPA/TPA: con una cuantía equivalente a 458,24 euros (16 puntos), 400,96 euros (14 puntos) ó 343,68 euros (12 puntos).

- AJ: con una cuantía equivalente a 315,04 euros (11 puntos), 280,4 euros (10 puntos) ó 257,76 euros ( 9 puntos).

Todo ellos según se hayan resuelto más de 165 procedimientos, de 155 o de 145, respectivamente (los 3 tramos señalados anteriormente). Se percibirán las retribuciones establecidas, aunque no se hayan resuelto efectivamente los procedimientos previstos, cuando se hubieran realizado la totalidad de las actuaciones procesales debidas para la celebración efectiva de las vistas.

Refuerzo externo:

La retribución será la correspondiente a las plazas. Se cobrará el salario (retribuciones básicas y complementarias) correspondiente al Cuerpos y la plaza que se está ocupando de forma efectiva.

En el ámbito de los Juzgados de lo Mercantil :

Medidas de auto refuerzo:

- LAJ: con una cuantía mensual de 700, 600 ó 500 euros.

- GPA/TPA: con una cuantía equivalente a 458,24 euros (16 puntos), 400,96 euros (14 puntos) ó 343,68 euros (12 puntos).

Todo ello según hayan proveído más de 60, más de 50 o más de 40 escritos y demandas fuera de su jornada habitual, respectivamente (los 3 tramos señalados anteriormente).

Refuerzo externo:

La retribución será la correspondiente a las plazas. Se cobrará el salario (retribuciones básicas y complementarias) correspondiente al Cuerpos y la plaza que se está ocupando de forma efectiva.

El devengo de las cuantías procedentes se verificará previa certificación del cumplimiento de los objetivos emitida por el LAJ que participe en la medida.

Excepcionalmente y, en particular en el mes de diciembre, el devengo mensual podrá abonarse a cuenta, sin perjuicio de su posterior certificación.

Las cuantías abonadas a cuenta y no justificadas posteriormente serán objeto de reintegro.

CONTROL Y SEGUIMIENTO.

Cada quince días desde el inicio del Plan se analizarán los datos de entrada y pendencia de los Órganos judiciales objeto del Plan y se adoptarán, en su caso, las modificaciones que se entiendan necesarias para garantizar, en sus propios términos, la finalidad pretendida.

Las modificaciones que se consideren necesarias entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2020.

El pago de las retribuciones correspondientes quedará condicionado al cumplimiento de los objetivos fijados. El incumplimiento durante dos meses consecutivos de los referidos objetivos podrá ser causa suficiente para la finalización de la medida acordada.