3 de septiembre de 2020
Auxilio Judicial: Subsanación de excluidos.
El día 1 de
septiembre de 2020, comenzó el plazo de diez días hábiles para solicitar las subsanaciones
por defectos que hayan motivado la exclusión o la omisión en los listados
provisionales de admitidos y excluidos del proceso selectivo de ingreso en el
Cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.
1 de septiembre de 2020
CONCURSO DE TRASLADOS 2020: CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL BOE.
En el BOE del día 1 de septiembre se ha publicado la Orden
JUS/808/2020, de 28 de julio, del Ministerio de Justicia, por la
que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y
Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en el ámbito
del Ministerio de Justicia.
Además, se publican las convocatorias del concurso de las comunidades autónomas con competencias de justicia transferidas:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad valenciana
- Galicia
- La Rioja
- Madrid
- Navarra
- País Vasco
El plazo de presentación de instancias va desde las 00 horas de
mañana, 2 de septiembre hasta las 24 horas del martes, 15 de septiembre.
Los códigos de las plazas de resultas podéis encontrarlos AQUÍ
La confección de la instancia ha de realizarse obligatoriamente con el asistente informático y es necesario el uso de certificado digital, tarjeta Lexnet, DNI electrónico, Cl@ve permanente o Cl@ve Pin digital.
Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:
– No se presentará ninguna instancia de participación en el
concurso en formato papel.
– El uso del Asistente de Inscripción ya no es solo para
confeccionar la instancia, sino que es un proceso de inscripción completo,
es decir, que una vez grabada y confirmada la instancia en dicho Asistente,
dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el Departamento
correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una
instancia ya confirmada, dentro del plazo de presentación de
solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a través
del Asistente de Inscripción.
– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar
tantas instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en
el concurso la última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y
confirmada la primera instancia, cada nueva acción realizada (Nueva instancia
grabada y confirmada, o renuncia a la participación en el concurso), anulará la
acción realizada anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.
– Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos
necesarios en los casos en los que se requiera.
– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan
confeccionado telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción.
CONFECCIÓN DE INSTANCIAS PARA EL CONCURSO DE TRASLADOS CON EL ASISTENTE DE INSCRIPCIÓN WEB
Para acceder al asistente de inscripción al concurso de traslados de
los cuerpos de Gestión P.A, Tramitación P.A y Auxilio Judicial de forma
telemática es necesario dirigirse a la página del Ministerio de Justicia,
dentro del menú: Ciudadanos/Empleo Público/Concursos de traslados:
Para el manejo del asistente existe un Manual que
se encuentra también en la página del Ministerio que explica paso a paso su
utilización, y del que os ofrecemos un resumen a continuación:
La primera pantalla a la que se accederá automáticamente antes de iniciar el proceso de inscripción será la página oficial de la plataforma Cl@ve donde el interesado procederá a realizar su identificación electrónica por alguno de los sistemas que esta plataforma ofrece: DNI electrónico, certificado digital (la tarjeta de Lexnet), Cl@ve permanente o Cl@ve Pin digital
Una vez realizada la identificación electrónica, la primera pantalla que se visualizará contendrá unas instrucciones generales sobre el uso del asistente de inscripción; una vez leídas pulsamos la pestaña de "seguir" para realizar la inscripción.
La primera pantalla a la que se accederá automáticamente antes de iniciar el proceso de inscripción será la página oficial de la plataforma Cl@ve donde el interesado procederá a realizar su identificación electrónica por alguno de los sistemas que esta plataforma ofrece: DNI electrónico, certificado digital (la tarjeta de Lexnet), Cl@ve permanente o Cl@ve Pin digital
Una vez realizada la identificación electrónica, la primera pantalla que se visualizará contendrá unas instrucciones generales sobre el uso del asistente de inscripción; una vez leídas pulsamos la pestaña de "seguir" para realizar la inscripción.
En la parte superior de la pantalla figura una línea de pasos en los que nos vamos encontrando a lo largo del proceso de inscripción, siendo los siguientes:
Acceso-Convocatoria-Datos de contacto-Tipo de
inscripción-Idiomas-Peticiones-Finalizar
ACCESO: En esta pantalla se solicita nuestro NIF, una vez validado aparecerá nuestro nombre y apellidos datos que no se pueden modificar. Pulsamos el botón “seguir” (En el caso de funcionarios destinados en comunidades autónomas transferidas deberán incluir su nombre y apellidos pues el sistema no tiene sus datos grabados).
CONVOCATORIA: Aquí hay que introducir el cuerpo en el que se está en el momento actual y aquel en el que queremos concursar. Pulsamos “seguir”
DATOS DE CONTACTO: En esta sección se ha de comunicar una dirección de contacto y un número de teléfono.
Si se va a hacer la instancia condicionada a que otra persona obtenga
plaza en el mismo partido judicial, municipio o provincia, se han de rellenar
en esta pantalla los datos de la persona con quien se condiciones.
TIPO DE INSCRIPCIÓN: hemos de indicar el tipo de
formulario V 1, V 2 ó V3, en función de la situación administrativa en que nos
encontremos.
-V1: Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas.
Además de señalar el botón de V 1 tenemos que indicar la situación activa o forma de provisión en la que nos encontramos (servido activo, comisión de servicios, excedencia por cuidado de familiares o servicios especiales) y el órgano de destino actual en propiedad.
Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales de comunidades autónomas con competencias transferidas que estén interesados en las plazas que se oferten en este concurso, presentarán su solicitud al Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma de su actual destino
-V2: Aquellos funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por estar en otro cuerpo de la administración. También hemos de señalar el órgano de destino actual en propiedad.
-V3: Funcionarios en situación de excedencia particular o por agrupación familiar, adscritos provisionales por reingreso o gestores que hayan cesado como Letrados sustitutos.
Aparecerán desplegadas las diferentes situaciones en las que se puedan encontrar debiendo señalar la que corresponda. En el caso de estar en excedencia por interés particular o agrupación familiar hay que indicar la fecha en que se pasó a dicha situación. Finalmente también habrá que indicar el órgano de destino actual en propiedad.
IDIOMAS: En esta pantalla en la que podrá cumplimentar los datos del nivel de conocimientos de idiomas oficiales de las Comunidades Autónomas, que posea, en su caso.
PETICIONES: Aquí es donde deberemos seleccionar las plazas que nos interesan, con un máximo de 200 y con un orden de prioridad. Las plazas se pueden filtrar por provincia y localidad.
En una ventana situada a la izquierda de Ofertas, aparecerá la denominación de las plazas con una R de resultas o V de vacantes (pidiendo la vacante se pide automáticamente las resultas que se puedan generar en el mismo órgano). La selección de las plazas la haremos “pinchando” con el ratón en la línea de la que nos interesa, debiendo aparecer en la ventana de la derecha de Selecciones. Si nos equivocamos y queremos borrarla deberemos pulsar sobre la línea de esa plaza, una flecha dirigida hacia la tabla de la izquierda, desapareciendo de nuestra selección, volviendo a aparecer en la tabla de Ofertas
Para cambiar la prioridad de las plazas que hayamos seleccionado haremos uso de las flechas que aparecen sobre la tabla de selecciones, subiendo o bajando las que nos interesen.
Una vez rellenadas las preferencias podrá descargar el listado de las mismas con el botón “Descargar selección”, que le proporcionará una lista cuya única validez es informativa y la cual no debe entregarse junto con el formulario de inscripción al concurso. Este documento le servirá al interesado para consultar los números de orden que ha elegido y los textos correspondientes a los mismos, ya que en el Formulario Definitivo sólo aparecen los números de orden de las peticiones, sin los textos de los destinos asociados a los mismos.
FINALIZAR: Se debe indicar el municipio en el que firma la instancia.
Se puede imprimir o guardar en el ordenador un borrador del formulario, con el botón de “Impresión de borrador”.
El botón de “Confirmar Inscripción” SÓLO DEBE PULSARSE una vez que estemos seguros de que no vamos a hacer ningún cambio. Para poder cambiarla tendríamos que generar una nueva inscripción entrando de nuevo al asistente y en la primera fase de acceso, al lado de nuestros datos persónales, picar el botón de “Nueva Inscripción”
Una vez confirmada la inscripción, se habilitará el botón de
“Impresión de definitivo” para poder imprimir o guardar la instancia
definitiva. Una vez impresa, se ha de firmar, escanear y adjuntar al correo
electrónico (salvo que por causas justificadas se vaya a presentar en papel).
Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través del asistente.
Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través del asistente.
Se considerará válida la solicitud que tenga fecha de entrada del mensaje recibido posterior, quedando anulada, por tanto, la solicitud que tenga la fecha de entrada.
-Los funcionarios que quieran participar en el concurso de traslado, podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el Anexo I.
-Las VACANTES se identificarán por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden solicitadas TODAS las plazas vacantes anunciadas para ese número de orden del cuerpo existentes en dicho órgano y asimismo todas sus posibles resultas.
-La relación de órganos con los códigos así como los códigos a resultas se publicará en la página del Ministerio de justicia.
-El número máximo entre plazas vacantes y resultas no podrá superar de 200 números.
MODIFICACIÓN Y RENUNCIAS
-No se admiten modificación a la solicitud del concurso de traslado formulada una vez trascurrido el plazo de presentación de instancias.
-Tampoco se admitirá, una vez resuelto, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia, por lo que, los funcionarios que participen en el concurso, deberán asegurarse de que todos los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados.
-Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, EN AQUELLOS CASOS DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS.
BAREMOS
1-ANTIGÜEDAD- Se otorga 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,00555556 por día). A estos efectos los meses se consideran de 30 días y hasta un máximo de 60 puntos.
2-CONOCIMIENTO ORAL Y ESCRITO DE LA LENGUA OFICIAL PROPIA DE LA CCAA- En las plazas ubicadas en las CCAA que tengan lengua oficial propia, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de certificación oficial de la CCAA, u homologación del título aportado y del nivel al que corresponde el título.
31 de agosto de 2020
CONCURSO DE TRASLADOS 2020: PLAZAS A RESULTAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
En la página del Ministerio de Justicia se
ha publicado la relación de resultas del ámbito de las Comunidades
Autónomas que se indican, correspondientes al concurso de
traslados ordinario de Gestión, Tramitación y Auxilio de fecha 28-7-2020.
- ANDALUCIA AUXILIO RESULTAS 2020
- ANDALUCIA GESTION RESULTAS 2020
- ANDALUCIA TRAMITACION RESULTAS 2020
- ARAGON AUXILIO RESULTAS 2020
- ARAGON GESTION RESULTAS 2020
- ARAGON TRAMITACION RESULTAS 2020
- ASTURIAS AUXILIO RESULTAS 2020
- ASTURIAS GESTION RESULTAS 2020
- ASTURIAS TRAMITACION RESULTAS 2020
- CANARIAS AUXILIO RESULTAS 2020
- CANARIAS TRAMITACION RESULTAS 2020
- CANARIAS GESTION RESULTAS 2020
- CANTABRIA AUXILIO RESULTAS 2020
- CANTABRIA GESTION RESULTAS 2020
- CANTABRIA TRAMITACION RESULTAS 2020
- CATALUÑA AUXILIO RESULTAS 2020
- CATALUÑA GESTION RESULTAS 2020
- CATALUÑA TRAMITACION RESULTAS 2020
- CATALUÑA TRAMITACION RESULTAS 2020
- GALICIA AUXILIO RESULTAS 2020
- GALICIA GESTION RESULTAS 2020
- GALICIA TRAMITACION RESULTAS 2020
- LA RIOJA AUXILIO RESULTAS 2020
- LA RIOJA GESTION RESULTAS 2020
- LA RIOJA TRAMITACION RESULTAS 2020
- MADRID AUXILIO RESULTAS 2020
- MADRID GESTION RESULTAS 2020
- MADRID TRAMITACION RESULTAS 2020
- NAVARRA AUXILIO RESULTAS 2020
- NAVARRA GESTION RESULTAS 2020
- NAVARRA TRAMITACION RESULTAS 2020
- PAIS VASCO AUXILIO RESULTAS 2020
- PAIS VASCO GESTION RESULTAS 2020
- PAIS VASCO TRAMITACION RESULTAS 2020
- VALENCIA AUXILIO RESULTAS 2020
- VALENCIA GESTION RESULTAS 2020
- VALENCIA TRAMITACION RESULTAS 2020
Relación
de resultas del ámbito del Ministerio de Justicia,
correspondientes al concurso de traslados ordinario de Gestión, Tramitación y
Auxilio de fecha 28-7-2020
28 de agosto de 2020
OPOSICIONES 2020: AUXILIO JUDICIAL - RATIO POR PLAZAS.
A continuación, os facilitamos los datos de las instancias presentadas
por ámbitos, plazas ofertadas y ratio por plaza, para el proceso selectivo al
Cuerpo de Auxilio Judicial.
La fecha probable para realizar los exámenes, según la
información e intención del Ministerio de Justicia, sería en el mes de
noviembre, siempre que la situación sanitaria lo permitiese.
ÁMBITO,
INSTACIAS, PLAZAS Y RATIO
Ministerio de Justicia
- instancias: 12797
- plazas: 513
- ratio: 24,94x plaza
Cataluña
- instancias: 6051
- plazas: 443
- ratio: 13,65x plaza
Cantabria
- instancias: 682
- plazas: 23
- ratio: 29,60 x plaza
Madrid
- instancias: 7218
- plazas: 215
- ratio: 33,57 x plaza
La
Rioja
- instancias: 384
- plazas: 18
- ratio: 21,33 x plaza
C.
Valenciana
- instancias: 4495
- plazas: 125
- ratio: 35,96 x plaza
Andalucía
- instancias: 6444
- plazas: 178
- ratio: 36,20x plaza
Pais
Vasco
- instancias: 1645
- plazas: 63
- ratio: 26,11 x plaza
Navarra
- instancias: 736
- plazas: 33
- ratio: 22,30 x plaza
Canarias
- instancias: 4120
- plazas: 161
- ratio: 25,59x plaza
Asturias
- instancias: 909
- plazas: 20
- ratio: 45,45 x plaza
Aragón
- instancias: 566
- plazas: 15
- ratio: 37,73 x plaza
26 de agosto de 2020
CONCURSO DE TRASLADOS 2020: PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA DEL MINISTERIO (CONVOCATORIA Y PLAZAS ÁMBITO MINISTERIO)
La fecha de publicación en el BOE será el próximo día 1 de
septiembre.
- Fecha de inicio de presentación de instancias: 2 de septiembre de 2020
- Fecha de fin de presentación de instancias:15 de septiembre de 2020
LA CONFECCIÓN DE LA INSTANCIA EN EL CONCURSO DEBE HACERSE
NECESARIAMENTE VÍA WEB, A TRAVÉS DEL ASISTENTE DE INSCRIPCIÓN, POR TANTO,
PULSAR EN EL ENLACE "G.T.A Concurso de traslados" PARA TENER
ACCESO AL MISMO A PARTIR DE LAS 0:00 HORAS DEL DÍA 2 DE SEPTIEMBRE HASTA LAS
24:00 HORAS DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
Para
acceder al asistente es imprescindible contar con algún tipo de certificado
digital de los que ofrece la plataforma Cl@ve:
- DNI electrónico.
- Certificado digital.
- Cl@ve Pin 24 h.
- Cl@ve permanente
- DNI electrónico.
- Certificado digital.
- Cl@ve Pin 24 h.
- Cl@ve permanente
Pueden consultar el "MANUAL DEL ASISTENTE DE INSCRIPCIÓN WEB" para realizar la solicitud del concurso (Ver DOCUMENTOS ASOCIADOS).
ATENCIÓN AL USUARIO: 913904605 (Exclusivamente para solución de dudas sobre el "Asistente de Inscripción").
Documentos asociados:
- MANUAL DEL ASISTENTE DE INSCRIPCION WEB
- ORDEN SECRETARIO GENERAL CONCURSO 2020
- ORDENJUS_20200728_ANEXO I GESTION
- ORDENJUS_20200728_ANEXO I TRAMITACION
- ORDENJUS_20200728_ANEXO I AUXILIO
- ANEXO II 2020 (A EFECTOS INFORMATIVOS)
- ANEXO IV 2020
19 de agosto de 2020
TRASPASO DE LA GESTIÓN DE LAS PENSIONES DE CLASES PASIVAS A LA SEGURIDAD SOCIAL.
En estos días nos estáis
trasladando muchas dudas en torno a ciertas “informaciones” publicadas
en algunos medios, en los que se anuncia una supuesta eliminación, a principios
de octubre, del Sistema de pensiones de los funcionarios públicos, e incluso
del Mutualismo Administrativo (asistencia sanitaria).
Lo primero que hemos de decir es
que la noticia -por llamarla de algún modo-, no responde a la realidad en
absoluto. De acuerdo con lo que se ha publicado en BOE, no ahora -que no hay
nada nuevo publicado-, sino en abril (Real Decreto-ley 15/2020,
de 21 de abril) no existe, ni mucho menos, una eliminación del Sistema
de pensiones de los funcionarios públicos, sino que se traspasa la
gestión del sistema de Clases Pasivas desde Hacienda -que es quien
hasta ahora lo gestionaba-, al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Puedes consultar la nota informativa que difundimos en su momento sobre este
Real Decreto-Ley aquí:
Recordamos también que el T.C, a
principios de julio, admitió a trámite un Recurso de Inconstitucionalidad
contra el citado Real Decreto-Ley.
Está recurrido el instrumento
legislativo (un Real Decreto-Ley) que ha utilizado el Ejecutivo para hacer el
cambio. El Real Decreto Ley exige extraordinaria y urgente necesidad. El TC
admitió a trámite ese Recurso porque tal vez no aprecia esa extraordinaria y
urgente necesidad. Ya veremos lo que dicta el TC (admitir
no es estimar).
Mientras tanto, desde el
Ejecutivo, siguen con la aplicación del Real Decreto Ley, es decir, con el
traspaso de la gestión, algo que no nos gusta.
Pero ello no supone "per
se" que vaya a desparecer el Régimen de Clases Pasivas, ni
el derecho a la percepción de las pensiones encuadradas en el mismo, ni los
requisitos, plazos, cálculo y/o condiciones en que se generan y se devengan
que, salvo que se dicte otra norma en un futuro, permanecen tal cual están
actualmente. Sí que es cierto que el sistema de Clases Pasivas se extinguirá,
pero esto no es nuevo, ya que desde el año 2011 todos los funcionarios y
personal de las Fuerzas Armadas de nuevo ingreso se encuadran, a efectos de
pensiones, en el Régimen General de la Seguridad Social. Por tanto, mientras
queden funcionarios, o militares, ingresados antes de esa fecha, el Régimen de
Clases Pasivas y sus pensiones permanecen -insistimos, mientras no se dicte
norma que lo modifique, en un futuro-.
Tampoco existe una desaparición
ni modificación alguna en materia de asistencia sanitaria (el mutualismo
Administrativo, es decir, MUGEJU), que según esas “pseudonoticias”
también desaparecen. Nada tienen que ver la pensión (Clases Pasivas o Régimen
General de la Seguridad Social, según los casos) con la asistencia sanitaria (MUGEJU).
De hecho, como acabamos de indicar, desde el año 2011 los funcionarios y personal de las Fuerzas Armadas de nuevo ingreso ya no se encuadran en el régimen de Clases Pasivas, sin embargo su asistencia sanitaria se sigue prestando por MUGEJU, MUFACE o el ISFAS (según pertenezcan a la Administración de Justicia, a la Administración General del Estado o a las Fuerzas Armadas), por las entidades médicas concertadas o los servicios públicos de salud, según elija cada empleado/a.
De hecho, como acabamos de indicar, desde el año 2011 los funcionarios y personal de las Fuerzas Armadas de nuevo ingreso ya no se encuadran en el régimen de Clases Pasivas, sin embargo su asistencia sanitaria se sigue prestando por MUGEJU, MUFACE o el ISFAS (según pertenezcan a la Administración de Justicia, a la Administración General del Estado o a las Fuerzas Armadas), por las entidades médicas concertadas o los servicios públicos de salud, según elija cada empleado/a.
En definitiva, las informaciones
no son correctas, extraen conclusiones y efectos que hoy por hoy no están ni
mucho menos en la letra de las normas aprobadas, y las extienden al ámbito de
la asistencia sanitaria que como decimos, no tiene nada que ver con las
pensiones de Clases Pasivas y que, en todo caso, no es incompatible con las
pensiones del Régimen General de la Seguridad Social.
Cuestión distinta serán las
posibles decisiones de cambio que pudieran tomarse a partir de ahora, y por
ello desde STAJ estaremos vigilantes de cualquier posible
movimiento en dicho sentido para defender los derechos de todos los
funcionarios de la Administración de justicia, exigir máxima transparencia e
impugnar cualquier posible modificación que nos perjudique.
En este sentido, STAJ se
ha dirigido por escrito al Sr. Ministro de Justicia, para solicitar una reunión
o una aclaración por escrito, a fin de recabar información sobre el cambio de
gestión del Régimen de Clases Pasivas y, sobre todo, si de cara a un futuro hay
previsión o intención de modificar el régimen de clases pasivas regulado
en el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba
el texto refundido de Ley de Clases del Estado.
18 de agosto de 2020
MUGEJU: Información coronavirus.
En la página
de la Mutualidad Judicial se ha publicado la siguiente información
sobre el coronavirus:
La asistencia sanitaria de la
enfermedad por infección por coronavirus COVID-19 está cubierta a todos los
mutualistas de MUGEJU, tanto si están adscritos a los servicios públicos de
salud de las Comunidades Autónomas o a Entidades Médicas privadas.
¿Qué hacer si se tiene
síntomas compatibles con COVID-19?
Si tiene síntomas compatibles con
una infección respiratoria aguda de aparición súbita que cursa con fiebre, tos
o sensación de falta de aire, dolor de garganta, pérdida de olfato, pérdida del
gusto, etc, haya tenido o no contacto con personas que han sido diagnosticadas
de COVID-19, permanezca en su casa, aíslese en su domicilio, no se desplace a
un servicio de urgencias y:
Si está adscrito al servicio
público de salud de la Comunidad autónoma, póngase en contacto con los
teléfonos habilitados por la Comunidad autónoma y siga sus instrucciones. (Ver
teléfonos más abajo).
Si está adscrito a una Entidad
Medica privada, póngase en contacto con el teléfono del Centro de coordinación
de urgencias de su entidad Médica, para que evalúen su situación, practiquen
las pruebas de detección del coronavirus que procedan y hagan el seguimiento de
su situación. (Ver teléfonos más abajo).
¿Qué hacer si no tiene
síntomas compatibles con COVID-19, pero ha estado en contacto estrecho con una
persona diagnosticada de COVID-19?
Se entiende por “contacto
estrecho” cualquier persona conviviente o que proporciona cuidados o que tiene
contactos físicos con un caso diagnosticado de COVID-19; cualquier persona que
haya estado en el mismo lugar que un caso diagnosticado de COVID-19, a una distancia menor de
dos metros y durante más de 15 minutos; cualquier persona situada en un radio
de dos asientos alrededor de un caso diagnosticado de COVID-19, en un avión,
tren, u otro medio de transporte.
La búsqueda e identificación de
los contactos estrechos corresponde a los servicios de Salud Pública de las
Comunidades Autónomas. Cuando a Salud Pública un médico notifica el diagnóstico
de un caso de COVID-19, se pone en marcha un proceso de búsqueda e
identificación de contactos estrechos, por lo que será Salud Pública de su
Comunidad Autónoma la que se pondrá en contacto con usted independientemente de
su adscripción al Servicio público de salud o a Entidad Médica privada, para
determinar las medidas y las pruebas a realizar según los protocolos
establecidos por la
Comunidad Autónoma.
Teléfonos de los Servicios
Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas:
Comunidad Autónoma
|
Teléfono de información
|
Andalucía
|
955.545.060
|
Aragón
|
976.696.382
|
Asturias
|
900.878.232 / 984.100.400 /
112
|
Canarias
|
900.112.061
|
Cantabria
|
900.612.112
|
Castilla La Mancha
|
900.122.112
|
Castilla León
|
900.222.000
|
Cataluña
|
061
|
Ceuta
|
900.720.692
|
C.Madrid
|
900.102.112
|
C.Valenciana
|
900.300.555
|
Extremadura
|
112
|
Galicia
|
900.400.116
|
Islas Baleares
|
061
|
La Rioja
|
941.298.333
|
Melilla
|
112
|
Murcia
|
900.121.212
|
Navarra
|
948.290.290
|
País Vasco
|
900.203.050
|
Teléfonos de las entidades
médicas privadas:
|
Teléfono de urgencias
|
Teléfono de información
|
Página WEB.
|
ASISA
|
900.900.118
|
902.010.010
|
|
CASER
|
900.342.234
|
901.332.233
|
|
DKV
|
900.300.799
|
902.499.600
|
|
MAPFRE
|
900.122.122
|
902.204.060
|
|
NUEVA MUTUA SANITARIA
|
800.654.365
|
91.290.8075
|
|
SANITAS
|
900.842.025
|
902.500.742
|
|
SEGURCAIXA-ADESLAS
|
900.322.237
|
902.200.200
|
12 de agosto de 2020
Tramitación libre: Fecha del examen de incidencias
En la página
Web del Ministerio se publica el Acuerdo de 28-7-2020, del Tribunal
Calificador Único de la oposición al cuerpo de Tramitación Procesal, turno
libre, por el que se hace pública la fecha del examen de incidencias previsto
en la Orden JUS /903/2019,
de 9 de agosto, así como los aspirantes llamados al mismo.
Dicho ejercicio tendrá
lugar el 10 de septiembre a las 11 horas (10 en Canarias) en los lugares
fijados en el acuerdo. Las direcciones del lugar de examen de las
sedes de Madrid, Pamplona y Valencia se comunicarán más adelante.
Tramitación promoción interna: Modificación acuerdo elevando propuesta definitiva de aprobados
En
la página
Web del Ministerio se publica el Acuerdo de 6 de agosto de 2020 del
Tribunal Calificador Único de la promoción interna al cuerpo de Tramitación
Procesal, por el que se modifica Acuerdo de 27 de julio de 2020.
Vistas las alegaciones
presentadas, ante la falta de valoración por parte de los Tribunales
Delegados de la documentación acreditativa del conocimiento de las lenguas
oficiales propias de las Comunidades Autónomas aportada por los interesados
en el momento de la solicitud en el proceso selectivo arriba referenciada, se
ha rectificado dicha propuesta definitiva de aprobados a efectos de la
adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
11 de agosto de 2020
CONCURSO DE TRASLADOS ORDINARIO GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL 2020.
El concurso de traslados
ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio
de la Administración de Justicia 2020 se publicará en el Boletín
Oficial del Estado el día 1 de septiembre, martes.
Para poder confeccionar la instancia de participación en dicho concurso será imprescindible hacerlo a través del Asistente de Inscripción, para lo cual deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece
DNI electrónico.
Certificado digital (tarjeta
lexnet).
Cl@ve Pin 24 h.
Cl@ve permanente.
Fecha de inicio de presentación de instancias: 2 de septiembre de 2020.
Fecha de fin de presentación
de instancias: 15 de septiembre de 2020.
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