Os recordamos que según lo dispuesto en la Orden JUS/2538/2013 de 27 de diciembre, en su artículo segundo, punto 6, se indica lo siguiente:
Una tarde a la semana con obligada presencia de dos horas y media al menos."
Os recordamos que según lo dispuesto en la Orden JUS/2538/2013 de 27 de diciembre, en su artículo segundo, punto 6, se indica lo siguiente:
Una tarde a la semana con obligada presencia de dos horas y media al menos."
El personal de Justicia se rebela contra los «privilegiados horarios» que Gallardón prevé consentir a los secretarios judiciales
Los sindicatos denuncian que el Ministerio permitirá que los secretarios judiciales hagan solo 25 horas semanales frente a las 37,5 impuestas al resto de empleados de la Administración
El Ministerio de Justicia ha puesto sobre la mesa el calendario laboral del personal al servicio de la Administración. De hecho, será el próximo 11 de julio en la Mesa Sectorial donde aborde con los representantes de los funcionarios judiciales dos resoluciones que contemplan el modo en que se debe regular es nueva jornada. Antes de hacerlo, ha entablado negociaciones con sindicatos como el mayoritario en el sector, el STAJ (Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia), de ámbito nacional, que le han permitido deducir que el miércoles se encontrará con un gran obstáculo que solventar: el horario de los secretarios judiciales. Éste se ha fijado en un máximo obligatorio de 25 horas semanales (de 9 a 14.00 horas) en la parte que requiere su presencia física obligatoria en sus despachos en las oficinas judiciales, dejando el resto de la jornada –hasta alcanzar las 37 horas y media que exige al resto del personal- de cumplimiento flexible fuera de la sede judicial. Y esto ha despertado la polémica.
El malestar, sobre la mesa de Gallardón
Este periódico (ABC) ha tenido acceso a la documentación que le han hecho llegar sindicatos como STAJ al ministro de Justicia para que quede patente su «perplejidad y rechazo» a esta medida, y que secunda lo que horas antes ya anuncian que se va a producir el miércoles: «Nos levantaremos de la Mesa sin negociar», anticipa Rubio (STAJ). En su queja, el personal representado por el sindicato denuncia que en la regulación del calendario laboral del cuerpo de Secretarios Judiciales del país se ha establecido una «trampa». En un párrafo, se recoge: «La parte principal del horario del secretario judicial será el de atención al público y profesionales que venga fijado para la oficina judicial de que se trate o a la que se sirva, de obligada presencia y a realizar de lunes a viernes». Esto es, 25 horas semanales, de nueve de la mañana a dos de la tarde.
Difícilmente conseguirá el Ministerio “implicar a todos los integrantes de las oficinas judiciales en la consecución de objetivos comunes”, cuando establece diferencias de trato entre unos y otros privilegiando a unos cuantos a la hora de exigir el cumplimiento de sus obligaciones -la del cumplimiento de la jornada es una de ellas, que debe exigirse a todos por igual-; como difícil es ya conseguir esa implicación cuando vemos que se abona a los secretarios judiciales una productividad por la realización de unas tareas cuya materialización, en la práctica y en muchos casos, corresponde al resto de funcionarios que prestan sus servicios en los órganos judiciales.
La orden Jus/615/2012, de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio dela Administraciónde Justicia, establece lo siguiente:
Jornada de Verano.
Durante el período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, se podrá establecer una jornada intensiva de trabajo de treinta y dos horas y media semanales, a realizar por los funcionarios con jornada general de trabajo, y de treinta y cinco hora semanales, a realizar por los funcionarios con régimen de dedicación especial.
OS RECORDAMOS QUE DURANTE LOS DÍAS 2, 3, 4 Y 10 DE ABRIL EL HORARIO DE APLICACIÓN POR JORNADA REDUCIDA SERÁ DE 9 A 14 HORAS.
Asimismo, conforme a lo previsto en la disposición tercera dela ORDEN JUS/615/2012, la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de Murcia, aprobó el pasado mes de febrero el calendario de jornada de trabajo reducido (1 hora menos) durante las festividades tradicionales.
En el municipio de MURCIA, estos cinco días son: 9, 11, 12, 13 y 16 de abril.
En el siguiente enlace tenéis a vuestra disposición el calendario de horario reducido (1 hora menos) por fiestas locales 2012 de todos los municipios.
Adjuntamos un completo documento que han elaborado nuestros compañeros de Staj Madrid sobre la mesa sectorial que se celebró en el Ministerio en el día de ayer, 23 de febrero, en la que se abordó la normativa reguladora de la jornada laboral y horarios especiales en la Administración de Justicia.
Esta regulación habrá de servir como base para las regulaciones de los diferentes ámbitos territoriales transferidos en algunos aspectos en cuanto a la jornada laboral, y de aplicación estricta en lo referido a los horarios especiales.
También se dijo que la fecha de publicación del concurso de traslado será a finales de marzo-primeros de abril, se solicitó una mesa sectorial que aborde el desastre de la NOJ, y otros temas como lo referente a los Registros Civiles y se volvió a insistir en la convocatoria de oposiciones para este año.
LA RESOLUCION DE FECHA 14 DE SEPTIEMBRE DE 2.005, CON RESPECTO AL HORARIO DE VERANO DICE LITERALMENTE:
"Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva en los términos siguientes:
En cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las 15 horas.
Una tarde a la semana con obligada presencia de 2 horas y media al menos."