Mostrando entradas con la etiqueta Procesal. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Procesal. Mostrar todas las entradas

28 de julio de 2020

MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL.

En el BOE de hoy, 28 de julio, se ha publicado la Ley 2/2020, por la que se modifica el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para ampliar el plazo de las investigaciones judiciales.

En su artículo único señala, entre otras cosas, lo siguiente:

La investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa.
Si, con anterioridad a la finalización del plazo, se constatare que no será posible finalizar la investigación, el juez, de oficio o a instancia de parte, oídas las partes podrá acordar prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses.
Las prórrogas se adoptarán mediante Auto donde se expondrán razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, así como las concretas diligencias que es necesario practicar y su relevancia para la investigación.
En su caso, la denegación de la prórroga también se acordará mediante resolución motivada.

Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.


14 de julio de 2015

Publicación en el BOE de la Ley 19/2015, de Reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil

En el BOE de 14 de julio se ha publicado esta ley que  modifica entre otras la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de subastas y la Ley del  Registro civil, especialmente en materia de nacimiento y defunción. Asimismo recoge la prórroga de la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil de 2011, hasta el 30 de junio de 2017.
Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Esta ley modifica la Ley 20/2011 del Registro Civil, y a partir de la entrada en vigor, la inscripción de los recién nacidos  se realizará directamente desde los centros sanitarios, donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto firmarán el formulario oficial de declaración, al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil.

Así mismo, la dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios comunicará a la Oficina del Registro Civil competente y al Instituto Nacional de Estadística cada uno de los fallecimientos que hayan tenido lugar en su centro sanitario.

La entrada en vigor de estas medidas se establece para el 15 de Octubre de 2015

Además, esta Ley contempla la a la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.


12 de julio de 2013

En breve podremos, otra vez, defendernos y representarnos a nosotros mismos en juicio.

En respuesta a las movilizaciones y a la presión sindical, nuestro excelso Ministro ha tenido que rectificar otra vez, y no será la última. En este caso la rectificación nos afecta a todos los funcionarios del país.

Como recordaréis Gallardón uso la Ley de Tasas para suprimirnos un derecho que hasta entonces estaba recogido el la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a saber, el poder defenderse y representarse por sí mismo en juicio, sin necesidad de pagar abogado y procurador.

Pues bien, a petición de STAJ, que ya empezábamos a desconfiar, pues esta reforma ya debió producirse en Enero cuando se modificó la Ley de Tasas, el Ministerio nos ha remitido el anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita en el que se nos vuelve a reconocer el derecho a defendernos y representarnos por nosotros mismos. Así pues, los funcionarios podremos acudir sin letrado ni procurador en defensa de nuestros derechos estatutarios en cuestiones de personal.

Esta Ley también les reconoce a los Sindicatos el derecho a la Justicia Gratuita, cuando litiguen defendiendo intereses del colectivo al que representan, tanto en el ámbito privado como el publico. 

En el siguiente enlace podéis acceder a dicho Anteproyecto de Ley que en su Nueva Disposición Final modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


26 de marzo de 2013

LA REFORMA DEL CODIGO PENAL


El Gobierno aprobó el pasado mes de enero una reforma del Código Penal que en teoría endurecía las penas por delitos fiscales, pero en la práctica deja siempre al defraudador "la oportunidad de no ingresar en prisión si se paga el importe defraudado" en el plazo de dos meses desde que ha sido imputado judicialmente, según han denunciado los inspectores de Hacienda.


En la práctica esto está suponiendo una "excusa absolutoria", que

·    impide que nadie entre en prisión por delitos de fraude (las penas máximas pasan a ser de 3 a 6 meses). Además,
·   como de facto desaparece el delito fiscal,
·   se impide por ello la persecución de otros posibles actos delictivos relacionados, "como son el blanqueo de capitales", explican fuentes solventes de la Agencia Tributaria.
·   junto a la reducción de la pena se produce una rebaja de la multa que se impone a los contribuyentes imputados: Pasa a ser del 25% al 50% del importe que correspondería en caso de sanción administrativa.

"Con esta regulación se le está enviando al defraudador un mensaje claro de tranquilidad", critican desde la IHE.

Para paliar la escasez de medios humanos y ante la crisis nacional que sufren las cuentas públicas, los inspectores han propuesto por escrito al Gobierno poder realizar horas extra por las tardes (el horario en Hacienda es de 8 a 15 horas), una medida que no tendría impacto, dicen, en las cuentas, ya que la Agencia se "autofinanciaría" con el aumento de ingresos.

13 de octubre de 2011

PUBLICADO EN EL BOE LA LEY DE MEDIDAS DE AGILIZACIÓN PROCESAL

El Boletín Oficial del Estado del día 11 de octubre ha publicado la Leyde medidas de agilización procesal (ver enlace BOE). La ley trata de introducir mejoras que permitan agilizar los distintos procedimientos, sin merma de las garantías para el justiciable. Las medidas que se pretenden adoptar afectan al orden jurisdiccional civil y contencioso-administrativo, así, unas encaminadas a optimizar los procedimientos, otras a suprimir trámites procesales innecesarios o a sustituirlos por otros más breves y otras, están orientadas a limitar el uso abusivo de instancias judiciales.


La reforma incorpora determinados preceptos dela Leyde Enjuiciamiento Criminal, que regulan la intervención de las personas jurídicas en el proceso en calidad de imputadas, consecuencia de la entrada en vigor de la reforma del Código Penal operada por Ley Orgánica 5/2010, que introdujo un régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.


Lee la noticia completa en elderecho.com

10 de mayo de 2010

Nuestras funciones tras las reformas procesales

Nuestras funciones a partir del 4 de mayo


Como respuesta a varias consultas que nos habéis planteado en relación a cómo se ven afectadas las funciones de los Cuerpos de Auxilio, Gestión y Tramitación como consecuencia de las reformas procesales para la implantación de la nueva oficina judicial, que ya entraron en vigor el pasado día 4 de mayo, en el siguiente enlace tenéis un documento-resumen que hemos elaborado sobre las funciones de cada Cuerpo tras estas últimas modificaciones legislativas.



Funciones de cada Cuerpo tras las últimas reformas procesales: Resumen STAJ