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29 de septiembre de 2023

VACACIONES Y ASUNTOS PROPIOS DE 2023: PRESENTADO ESCRITO SOLICITANDO LA AMPLIACION DEL PERIODO DE DISFRUTE HASTA EL 31 DE MARZO DE 2024

Por STAJ  se ha presentado escrito al Ministerio solicitando la ampliación del periodo de las vacaciones y días de asuntos propios hasta el 31 de marzo de 2024, con el siguiente contenido:


AL MINISTERIO DE JUSTICIA

A LA DIRECCIÓN GENERAL PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

 

Mediante el presente escrito, STAJ como organización sindical representativa y con objeto de trasladar las reclamaciones de los funcionarios y funcionarias de la Administración de Justicia que representamos realizamos la siguiente SOLICITUD:

 

      PRIMERA. - Que los funcionarios y funcionarias destinados en el ámbito competencial del Ministerio de Justicia solo pueden disfrutar del periodo vacaciones y días de asuntos propios hasta el 31 enero del año siguiente.

 

      SEGUNDA. – Que con fecha 17 de abril de 2023 se convocó por las organizaciones sindicales representativas de la administración de justicia una huelga general con el fin de reivindicar mejoras en los derechos de todos los funcionarios y funcionarias que integran la administración de justicia.

 

      TERCERA. - Que con fecha 14 de abril de 2023 se dicto resolución de la Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia en la que se suspendia mientras la vigencia de la huelga el disfrute de los días de asuntos propios y vacaciones de todo el personal en el ámbito no transferido. Que la vigencia de dicha limitación ha sido impuesta hasta el día 20 de julio de 2023 solo en el ámbito del Ministerio de Justicia, no teniendo esta limitación el resto de los territorios transferidos.

 

      CUARTA. - Que esta limitación ha supuesto como ya se ha expuesto por STAJ en anteriores escritos una vulneración a un derecho reconocido legal y estatuariamente.

 

      QUINTA. - Que con el fin de que todos los funcionarios y funcionarias puedan ser resarcidos de esa limitación impuesta y para evitar un perjuicio a la calidad del servicio público a la vista de que numerosos funcionarios y funcionarias tienen en la fecha acumulados numerosos días de vacaciones y asuntos particulares, se solicita que se proceda a ampliar los plazo de disfrute de vacaciones y asuntos particulares del año 2023 hasta el 31 de marzo de 2024.

 

 

      Se trata de una reivindicación histórica en aras a garantizar la igualdad de todos los funcionarios y funcionarias que integran la Administración de Justicia en todo el territorio nacional, ya que en otros territorios transferidos pueden disfrutarla con fecha posterior al 31 de enero, como es el caso de la Comunidad de Madrid que pueden disfrutarla hasta el 31 de marzo del año siguiente.

 

 

      En virtud de los expuesto, con el fin de facilitar un buen servicio público ya que el actual plazo provoca numerosas ausencias en los órganos judiciales y fiscalias durante los meses de diciembre y enero y la vista de las restricciones de disfrute con motivo de la huelga, es necesaria la ampliación de este, por lo que SOLICITAMOS al Ministerio de Justicia que proceda habilitar la ampliación del plazo para el disfrute de las vacaciones y días de asunto propios con fecha posterior a 31 de enero.

 

 

En Madrid, a 15 de septiembre de 2023

 


Esperamos que el Ministerio de Justicia tome nota de esta justa reivindicación a la mayor brevedad y se proceda a ampliar los plazos de disfrute.

27 de enero de 2022

PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES: TRES DÍAS MÁS ADICIONALES.

Con carácter general los días de asuntos particulares a disfrutar por el personal al servicio de la Administración de Justicia son de NUEVE DÍAS tal como se establece en el art. 503 de la L.O.P.J.

Para este año 2022 tendremos el disfrute de TRES DÍAS más adicionales por los siguientes conceptos:

  • 1 día adicional al coincidir el festivo del 1 de enero en sábado.
  • 2 días adicionales al coincidir los días 24 y 31 de diciembre en sábado.

6 de febrero de 2020

ASUNTOS PARTICULARES. DÍA ADICIONAL POR FESTIVIDAD EN SÁBADO.


La Orden JUS/2538/2013 sobre Calendario Laboral para el personal al servicio de la Administración de Justicia de ámbito del Ministerio, establece en su artículo 7. Vacaciones y permisos, letra g) lo siguiente:

"...Así mismo, por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, se incorporará en cada año natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año."

Pues bien, este año 2020 se podrá disfrutar de otro día adicional de permiso por asuntos particulares dado que el día 15 de agosto de 2020 es festivo Nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, y coincide en sábado.

Este aumento de día adicional ya figura desde primeros de enero en la aplicación Ainoa para su disfrute, por lo que a los días de asuntos particulares que a cada uno le corresponda, según la antigüedad que se tenga, aparece un día más.


11 de enero de 2019

DEVOLUCIÓN DE LOS DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES; INCREMENTO SALARIAL AÑO 2019; DEVOLUCIÓN IRPF POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD; AUMENTO DEL PERMISO POR PATERNIDAD.


Estos días pasados, en plenas Navidades, se han producido varios cambios legislativos que han afectado a nuestro régimen laboral y salarial. Afortunadamente en esta ocasión ha sido para bien, han sido cambios positivos. 

Dado que la mayoría de los compañeros/as han estado de vacaciones o se trata de compañeros de nuevo ingreso, tal vez estos cambios han pasado inadvertidos. Al tratarse de cambios que consideramos importantes, volvemos a informar de los mismos.

REFORMA DE LA LOPJ.

9 de octubre de 2017

RECUPERACION DE LOS TRES DIAS DE ASUNTOS PARTICULARES

El Ministerio nos ha informado de que el grupo parlamentario popular ha presentado en el Congreso de los Diputados la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la recuperación de los tres días de permiso por asuntos particulares que estaban pendientes de devolución tras los recortes sufridos, de forma especial en justicia.

Esta modificación es fruto de la presión e insistencia de STAJ y el resto de sindicatos para dar cumplimente al acuerdo firmado en diciembre de 2015, del que aún quedan puntos por cumplir, por lo que seguiremos presionando al Ministerio de Justicia para aplicarlo en su totalidad.

Os iremos informando del estado de la tramitación parlamentaria.
 

23 de febrero de 2016

ESCRITO CONJUNTO AL MINISTERIO SOLICITANDO EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE DICIEMBRE

Los sindicatos STAJ, CSIF, CCOO y UGT, firmantes del Acuerdo con el Ministerio de justicia, hemos presentado escrito en el que manifestamos que “Aunque somos conscientes del complejo momento político en que nos encontramos por continuar el Gobierno en funciones, las organizaciones sindicales firmantes de este escrito entendemos que ello no puede significar la paralización del funcionamiento de la Administración y, en consecuencia, creemos que el mencionado acuerdo debe seguir desplegando sus efectos mediante el desarrollo de los pactado en el mismo”. 

 
Por ello solicitamos
 “que se convoque la mesa de negociación o de seguimiento del Acuerdo para continuar con el desarrollo de los puntos recogidos en dicho acuerdo”.

28 de octubre de 2015

REUNIÓN DE LA MESA GENERAL DE JUSTICIA ENTRE SINDICATOS Y MINISTERIO DE JUSTICIA.

Ayer martes 27 de octubre se celebró en el Ministerio de Justicia reunión de Mesa General de Justicia, Mesa de trabajo a la que hemos asistido los sindicatos representativos de la Administración de Justicia a nivel nacional STAJ, csif, ccoo y ugt.

En la reunión el Ministerio ha propuesto a los sindicatos alcanzar un acuerdo en torno a varias cuestiones que venimos reclamando los sindicatos, manifestando que el Gobierno es favorable a todo ello. De momento aún estamos en el terreno de las palabras y las buenas intenciones. Los puntos que el Ministerio se compromete a aceptar, al menos de palabra, son los siguientes:

  • 3 días adicionales de permiso. El Ministerio está de acuerdo en que se apliquen los 3 días de permiso, pero tiene que ser por la vía de libranzas prevista en el art. 444 de la LOPJ, ya que, según el Ministerio, como permiso de asuntos particulares no es posible porque la propia ley establece que los permisos tienen la misma duración que los de la Administración General del Estado, que sólo tienen 6 días y no 9 como siempre hemos tenido en Justicia. La fórmula que se utilice debe ser lo suficientemente clara para que sea de aplicación obligatoria en todos los ámbitos, tanto ámbitos transferidos como  ámbito Ministerio, y sin contraprestación alguna. STAJ ha exigido además el compromiso de impulsar modificaciones en la LOPJ en la próxima legislatura para que tenga consideración de permiso, como se recogía en la propia LOPJ antes de que nos quitaran estos días.
  •  Ampliación de plantilla orgánica. El Ministerio se compromete, en el año 2016 y en su ámbito de gestión, a convertir en plantilla orgánica las 259 plazas que actualmente son de refuerzo, de las cuales 71 corresponden a NOJ. Queda por determinar dónde se ubicarán esas nuevas plazas que se crean (no necesariamente se convertirán en plantilla orgánica en aquellos órganos en los que están ahora), para lo que habrá que hacer estudio de cargas de trabajo. Lo que sí se afirma es que esas plazas no se absorberán en nuevos órganos judiciales, pues el Ministerio sólo tiene previsto crear dos Juzgados en su ámbito. STAJ ha pedido que se inste a las CCAA a que conviertan también los refuerzos estructurales en plantilla orgánica .
  • Asimilación del régimen de descuentos por IT al que tienen jueces y fiscales. Este régimen es mucho menos gravoso que el que padecemos resto de integrantes de Juzgados y Tribunales. STAJ ha insistido en que deben eliminarse todos los descuentos por IT y en cualquier caso el Ministerio debe también instar a las CCAA con competencias a que suavicen también  el régimen de descuentos que cada una aplica en sus respectivos ámbitos.
  • Regulación clara del régimen de sustituciones, de forma que evite interpretaciones contradictorias, como está sucediendo entre muchas Gerencias dentro del ámbito gestionado por el Ministerio. STAJ ha exigido también que se regulen las comisiones de servicio y que se establezca un mecanismo que permita una preferencia real de los Gestores en las sustituciones a Letrados de la Administración de Justicia.
  • Solución definitiva al problema de la falta de cotizaciones a la Seguridad Social. Es necesario articular un mecanismo para solucionar este grave problema que está afectando a muchos funcionarios interinos que alcanzan la edad de jubilación siendo interinos, y por lo tanto se jubilan por el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Promoción interna en Cuerpos generales. Se compromete el Ministerio a introducir convocatoria extraordinaria de promoción interna separada de la OPE en el año 2016. STAJ ha exigido además que se facilite la promoción interna en vez de dificultarla, posibilitando así una verdadera promoción profesional. Igualmente entendemos que el Ministerio debe comprometerse a impulsar las modificaciones legales necesarias para reformar la desastrosa regulación de la promoción interna al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. .

Se ha convocado nueva reunión para el próximo jueves, 5 de noviembre, donde esperamos que el Ministerio pase de una vez de las palabras a los hechos y plasme todo lo que ofrece en un documento y acepte nuestras exigencias, y dicte ya las Disposiciones legales necesarias para poner todo ello en práctica.

25 de septiembre de 2015

INSTRUCCIÓN DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL SOBRE VACACIONES Y PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES.

Desde la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia se ha enviado instrucciones concretas a todas las Gerencias Territoriales en relación con la concesión y disfrute de los días de asuntos propios y vacaciones que nos han devuelto.

En esencia se dice lo siguiente:

  • Los días adicionales de vacaciones y asuntos propios, generados por antiguedad, se podrán disfrutar desde el día siguiente al cumplimiento de los correspondientes años de servicio. Días de vacaciones y asuntos propios generados por antiguedad.
  • Los días adicionales de vacaciones, no podrán disfrutarse antes del día 1 de octrubre del 2015 (la semana que viene). El motivo es que será el día 1 de octubre cuando esos días ya aparezcan en la aplicación Ainoa para poder pedirlos. Después del 1 de octubre ya se podrán disfrutar al día siguiente del cumplimiento de los años de servicio, como se ha dicho en el punto anterior.
  • Los días adicionales de vacaciones correspondientes al año 2015, se podrán disfrutar de manera independiente y acumularse a los días de permiso por asuntos particulares.  
  • Se tiene intención de negociar la modificación del calendario laboral de los funcionarios de la Administración de Justicia, en el sentido de que con carácter excepcional y para no perjudicar el servio, se pueda ampliar el plazo de disfrute de los días de vacaciones y asuntos particulares del año 2015.

24 de septiembre de 2015

DÍAS DE VACACIONES Y ASUNTOS PROPIOS GENERADOS POR ANTIGUEDAD.

En el caso de los días de vacaciones que se generan por antiguedad, el día adicional de vacaciones se podrá disfrutar a partir del día siguiente al cumplimento del periodo. 
Hasta un máximo de cuatro días adicionales de vacaciones en función del tiempo de servicios prestados por los funcionarios públicos, quedando de la siguiente manera:

UN DÍA, al cumplir 15 años de servicio, quedando en 23 días totales.
UN DÍA, al cumplir 20 años de servicio, quedando en 24 días totales.
UN DÍA, al cumplir 25 años de servicio, quedando en 25 días totales.
UN DÍA, al cumplir 30 años de servicio, quedando en 26 días totales.

Con la regulación anterior el día se disfrutaba a partir del año siguiente. Con la regulación actual, ese día adicional se podrá disfrutar a partir del día siguente al cumplimiento de los 15, 20, 25 ó 30 años de servicios efectivos.

En el caso de los días de suntos propios que se generan por antiguedad, esos días adicionales también se podrán disfrutar a partir del día siguiente al cumplimento del periodo. En este caso no ha cambiado la norma.
  
2 DÍAS  al cumplir el sexto trienio.
1 DÍA más, por cada trienio cumplido a partir del octavo.  
En el caso de los asuntos propios, no hay límite de días adicionales. Se generan días de asuntos propios durante toda la carrera laboral a medida que se vayan cumpliendo trienios.

Estos días de vacaciones y asuntos propios los generan y disfrutan todos los funcionarios de la Administración de Justicia, tanto funcionarios titulares como funcionarios interinos.


12 de septiembre de 2015

PUBLICADO EL REAL DECRETO PARA LA DEVOLUCIÓN DEL 26,23% DE LA EXTRA Y LOS DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES

En el BOE de hoy sábado 12 de Septiembre, se publica el Real Decreto Ley  10/2015, en el que se recoge la devolución de un día de asuntos propios,  por lo que dado que entra en vigor el mismo día de su publicación, tenemos ya derecho a disfrutar de  SEIS DÍAS POR ASUNTOS PARTICULARES al año. 

Os recordamos que según nuestro calendario laboral, cuando una fiesta nacional no sustituible por las comunidades autónomas, caiga en sábado se disfrutará de  UN DÍA ADICIONAL (en principio, el próximo año  ninguno de esos festivos cae en sábado).

Además, SE RECUPERARN LOS DÍAS ADICIONALES POR ANTIGÜEDAD, “canosos” tanto por vacaciones cono por asuntos particulares, tal y como se recogía en la regulación previa al recorte de 2012, por lo que se podrán disfrutar los siguientes:

-Por asuntos particulares:
            -2 DÍAS más al cumplir el sexto trienio
            -1 DÍA más, al cumplir el octavo trienio y sucesivos, sin límite.

-Por vacaciones:
            -UN DÍA +, al cumplir 15 años de servicio, quedando en 23 días totales.
            -UN DÍA +, al cumplir 20 años de servicio, quedando en 24 días totales.
            -UN DÍA +, al cumplir 25 años de servicio, quedando en 25 días totales.
            -UN DÍA +, al cumplir 30 años de servicio, quedando en 26 días totales.

Dada la redacción de este Real Decreto Ley hay que entender que tanto los adicionales por asuntos particulares como los de vacaciones se podrán disfrutar al día siguiente de cumplir los periodos de tiempo correspondientes.

TODOS ESTOS DÍAS SE PODRÁN DISFRUTAR YA EN ESTE AÑO 2015.

En este Decreto NO SE RECOGE LA DEVOLUCIÓN DE LOS TRES DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES DE MÁS QUE DISFRUTABAMOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Desde STAJ seguiremos presionando al  Ministerio de Justicia y a las Comunidades Autónomas transferidas para su devolución,  ùesto que son los competentes para ello.

En este Real Decreto se recoge también EL ABONO mediante un crédito extraordinario, del  26,23% DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE DE 2012  para el sector público estatal, entre los que nos encontramos los funcionarios no transferidos de la Administración de Justicia.

El Real decreto no establece el momento del pago, esperemos que se realice en la próxima nómina disponible,  Octubre.

El PAGO DEL CASI 50% RESTANTE DE DICHA EXTRA SE ABONARÁ EL PRÓXIMO AÑO con cargo a los presupuestos Generales del Estado para 2016,  aunque ahora mismo, el borrador de la Ley de Presupuestos que se tramita en el congreso nada dice sobre el momento del pago.


31 de julio de 2015

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2016: RECUPERACIÓN DE PARTE DE LOS DERECHOS PERDIDOS

El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 incluirá un incremento salarial del 1% para los empleados públicos.
También se devolverá, en el mes de septiembre de este mismo año 2015, un 25% de la paga extra de Navidad del 2012. Con esta devolución nos quedará pendiente de recuperar un 50%, que se nos devolverá en 2016, en dos pagos que se efectuarán en marzo y septiembre del próximo año.

No obstante,  la recuperación en septiembre de dicho 25% de la extra sólo está garantizada para los funcionarios que dependen del Gobierno central, que en el caso de la Administración de Justicia son los funcionarios que prestan servicios en ámbito Ministerio y los que generaron la paga extra en ámbito misterio, puesto que entendemos que el sujeto obligado al pago es aquel en el que se generó de derecho al cobro.
En el resto de los ámbitos autonómicos, las ccaa tomarán sus respectivas decisiones en función de su capacidad presupuestaria, ya que los presupuestos generales no les financiarán dicha devolución, por lo que es posible que haya ámbitos transferidos que no abonen ese 25% a los compañeros destinados o que generaron la paga extra en esos ámbitos transferidos, lo que es otro ejemplo más de la disfunción que supone la transferencia de la competencia de Justicia a las ccaa. Se demuestra, una vez más, que es un error.

En la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se incluye también la devolución, para

17 de septiembre de 2014

BOE: Publicación de la Ley de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa: recuperación del quinto “moscoso”

Publicada en el BOE de hoy 17 de septiembre. Entrada en vigor mañana. En aplicación del artículo 502.2 de la LOPJ, este permiso es aplicable directamente a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia.
JEFATURA DEL ESTADO
Sector público
·       Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

15 de julio de 2014

MODIFICACIÓN LOPJ: 5º DÍA DE ASUNTOS PROPIOS PARA LOS JUECES.

En el BOE del pasado sábado 12 de julio, se ha publicado parte de la reforma de la LOPJ, en concreto lo referido a:

- Se atribuye al Tribunal Supremo competencia para juzgar a la Familia Real tanto en los procedimientos civiles como penales

- Modificar la competencia sobre las jubilaciones voluntaria, forzosa, o por incapacidad permanente, así como la posible prórroga de permanencia en el servicio activo de los funcionarios de Justicia, que a partir de este momento corresponderá al órgano competente del Ministerio de Justicia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma con competencias asumidas.

Ello sin perjuicio de que la rehabilitación procedente de jubilación por incapacidad permanente para el personal al servicio de la Administración de Justicia será acordada, en todo caso, por el Ministerio de Justicia, en la forma y de acuerdo con el procedimiento que se establezca reglamentariamente.

- Los jueces dispondrán de cinco días de asuntos particulares.

En el caso del resto de funcionarios de la Administración de Justicia, la devolución del 5º día de asuntos propios se realizará a través de una enmienda en la ley racionalización del sector público, cuyo proyecto ha sido aprobado en el Senado el 10 de julio 2014 por lo que aún debe ser aprobado por el Congreso de los Diputados. 
La emnienda de la citada ley modificará el art. 48. K del EBEP, que es al que nos remite de forma expresa nuestra LOPJ, para que allí donde dice 4 días, con la modificación diga 5 días de asuntos particulares, más el que se pueda generar si hay algún festivo nacional que caiga en sábado.

Respecto a la competencia sobre jubilaciones, a partir de ahora el órgano competente para conceder la jubilación seguirá siendo el Ministerio para los compañeros que se encuentren destinados en ámbito Ministerio, o también será la Comunidad Autónoma, para aquellos compañeros que se encuentren destinados en el momento del hecho causante (en el momento de solicitar la jubilación), en ccaa con la competencia de Justicia asumida. 
Un problema más por culpa de las transferencias de Justicia a las ccaa.
No obstante, esa Comunidad deberá observar lo señalado en el R.D.670/1987 de la Ley de Clases Pasivas del Estado. para que no exista discriminación entre compañeros a la hora de jubilarse, por razón de lugar de destino.


31 de marzo de 2014

Prensa: El Gobierno anuncia que devolverá otro moscoso a los funcionarios (se acercan las elecciones...)

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha anunciado que devolverá otro día de libre disposición a los funcionarios a través de una enmienda que el Grupo Popular presentará al proyecto de ley de Racionalización de la Administración, de modo que cuando concluya la tramitación de la norma podrá disfrutarse de este nuevo "moscoso".

El ministro ha hecho este anuncio durante su defensa del proyecto de ley en el Pleno del Congreso, debate que ha aprovechado para reconocer, hasta en dos ocasiones, la "aportación" de los funcionarios a la salida de la crisis, ya que este colectivo "ha soportado en buena parte los esfuerzos para devolver a España al crecimiento económico y la creación de empleo".

7 de febrero de 2014

ASUNTOS PROPIOS. DIA ADICIONAL POR FESTIVIDAD NACIONAL EN SÁBADO.

Tal como establece la Resolución de 28 de diciembre del 2012 sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado -A.G.E.- y sus organismos públicos, la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas ha dictado resolución en virtud de la cual los funcionarios de la A.G.E., disfrutarán este año 2014 de un día más de asuntos propios al coincidir un día festivo nacional en sábado. Este año los días 1 de noviembre y el día 6 de diciembre coinciden en sábado.

En el caso de los funcionarios de Justicia, no somos funcionarios de la AGE, pero también se nos concede este día adicional, con la salvedad de que la resolución la debe dictar nuestra Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ámbito Ministerio o el órgano competente en aquellos ámbitos transferidos. 
El STAJ, ya solicitó a la citada Dirección General que se dictara esa resolución y se incorpore a este año 2014 ese día adicional de asuntos propios.
Una vez que se dicte esa resolución, que esperemos sea en breve, este año 2014 tendremos 5 días de asuntos propios que se podrán unir a los 7 días de vacaciones que podemos disfrutrar de forma independiente. Tanto los días de vacaciones como los días de asuntos propios se pueden disfrutar hasta el 31 de enero del año siguiente, si por necesidades del servicio no se han podido disfrutar durante el año natural.

A pesar de este día adicional, NOS SIGUEN DEBIENDO EL RESTO DE LOS DÍAS QUE NOS QUITARON ,... y la paga extra de Navidad del año 2012, y el 5% de salario desde el año 2010.