La Orden
JUS/2538/2013 sobre Calendario Laboral para el personal al servicio de
la Administración de Justicia de ámbito del Ministerio, establece en su
artículo 7. Vacaciones y permisos, letra g) lo siguiente:
"...Así mismo, por Resolución de la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia, se incorporará en cada año
natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna
o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no
recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con
sábado en dicho año."
Pues bien, este año 2020 se podrá disfrutar de otro día adicional de
permiso por asuntos particulares dado que el día 15 de agosto de 2020 es
festivo Nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por
las Comunidades Autónomas, y coincide en sábado.
Este aumento de día adicional ya figura desde primeros de enero en la aplicación Ainoa para su
disfrute, por lo que a los días de asuntos particulares que a cada uno le
corresponda, según la antigüedad que se tenga, aparece un día más.