21 de mayo de 2026

MUGEJU: PUBLICADO EN EL BOE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL MUTUALISMO JUDICIAL.

En el BOE del día 21 de mayo se ha publicado el Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial, y por el que se modifica el Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.

STAJ EXIGE AL MINISTERIO QUE INCLUYA TODAS LAS PLAZAS A LOS PROCESOS SELECTIVOS PENDIENTES Y EN CONVOCATORIA ÚNICA.

• Pedimos, además, que la oferta se haga conjuntamente a los procesos selectivos en los que ya se han publicado los listados definitivos de aprobados. 

En la mesa sectorial celebrada la semana pasada el Ministerio anunció que ofertaría destinos al proceso de estabilización concurso de méritos (Orden JUS 1327/2022) en primer lugar, y varios días después a promoción interna (convocatorias Orden PJC 104/2024 y PJC 150/2024), pero ofertando en cada proceso exclusivamente el mismo número de destinos que aprobados. La convocatoria de turno libre Orden PJC 64/2024 también está pendiente únicamente de ofertar las plazas a los aprobados. 

Entendemos que esto es una limitación para todos aspirantes que han superado estos procesos selectivos, por ello hemos pedido que todas las plazas desiertas actuales sean ofertadas de manera simultánea a todos los procesos, sin perjuicio de que la adjudicación se haga por orden de oferta de empleo a la que correspondan los respectivos procesos selectivos. 

Ello permitirá además agilizar la resolución definitiva de adjudicación de plazas y la toma de posesión en unos procesos que sufren un retraso absolutamente inaceptable (exámenes celebrados hace dos años), respetando los derechos de todos a elegir plazas de entre todas las disponibles, sin limitación. 

Por tanto, hemos pedido que se oferten todas las plazas existentes a los aprobados de los siguientes procesos selectivos, adjudicándose las plazas según el orden de antigüedad de las ofertas de empleo.


  • Convocatoria Orden JUS 1327/2022 (estabilización concurso-oposición).
  • Convocatorias Orden PJC 104/2024 y Orden PJC 150/2024 (promoción interna correspondiente a las Ofertas de Empleo 2022 y 2023).
  • Convocatoria Orden PJC 64/2024 (turno libre, correspondiente a la Oferta de Empleo 2023).

Al mismo tiempo, solicitamos que se tengan en cuenta aquellos casos en los que algún aspirante haya podido superar varios de estos procesos para el mismo cuerpo, por lo que si se le adjudica plaza en uno de ellos sea excluido automáticamente en el posterior en el que haya aprobado también, complementando su lista de aprobados en la forma prevista en las bases de la convocatoria.

 

OPOSICIONES 2022: GESTIÓN P.A. CONCURSO DE MÉRITOS. LISTADO COMPLEMENTARIO DE APROBADOS POR ANDALUCÍA.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado se publica nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocado por OrdenJUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por Andalucía. 

​Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en UN PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (20 de mayo) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.

OPOSICIONES 2024: AUXILIO JUDICIAL CONCURSO DE MERITOS TURNO DISCAPACIDAD. APROBADOS DEL PROCESO SELECTIVO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado Acuerdo del Tribunal del concurso de méritos para acceso al cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden PJC/1357/2024, por el que se publican las listas de personas opositoras que superan el proceso selectivo.


OPOSICIONES 2025: GESTIÓN P.A. TURNO LIBRE: CONVOCATORIA PRUEBA DE CATALÁN.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado que ​conforme a lo establecido en la base 7.5 de la Orden JUS/1437/2024, de 3 de diciembre, este Tribunal Delegado de Cataluña acuerda convocar a los opositores que en su día solicitaron la celebración de la prueba de conocimientos de lengua catalana, a este ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, en el día, hora y lugar que a continuación se indica:


  • FECHA: 4 de junio de 2026
  • HORA: 9:30 horas
  • LUGAR: Departament de Justícia i Qualitat Democràtica –DISTRICTE ADMINISTRATIU c/Alts Forns 36-44 - 08018 Barcelona

 

20 de mayo de 2026

OPOSICIONES 2024: TRAMITACIÓN P.A. PROMOCIÓN INTERNA. PUBLICADO EN EL BOE LA RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS Y APERTURA DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.

En el BOE del día 20 de mayo se ha publicado la Orden PJC/488/2026, de 12 de mayo, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para el acceso por promoción interna y sistema de concurso oposición, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero

En el plazo de diez días hábiles, desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que figuran en el anexo I presentarán la documentación que figura en la Orden en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos.

OPOSICIONES 2026: CUERPO DE MÉDICOS FORENSES. PUBLICADO EN EL BOE LA RELACIÓN DEFINITIVA DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN EL PROCESO SELECTIVO.

En el BOE del día 20 de mayo se ha publicado la Orden PJC/489/2026, de 11 de mayo, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, convocado por Orden PJC/1537/2025, de 18 de diciembre.

19 de mayo de 2026

OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL CONCURSO DE MÉRITOS. LISTADO COMPLEMENTARIO DE APROBADOS EN CATALUÑA.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por Cataluña. 

​Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en un PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (18 de mayo) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es


 

18 de mayo de 2026

OPOSICIONES 2022: AUXILIO JUDICIAL CONCURSO DE MÉRITOS. MODIFICACIÓN DE LAS PLAZAS OFERTADAS EN CATALUÑA.

En el BOE del día 18 de mayo se ha publicado la Resolución de 12 de mayo de 2026, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se modifica la de 25 de marzo de 2026, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA FIJEZA DE EMPLEADOS PÚBLICOS INTERINOS QUE ENCADENEN CONTRATOS TEMPORALES SIN APROBAR UNA OPOSICIÓN.

 Con carácter previo hay que señalar que se trata de una sentencia de la Sala de los Social del Tribunal Supremo, Sentencia núm. 475/2026, dictada en el Procedimiento 3543/2023, que resuelve un Recurso de Casación en unificación de doctrina referida a personal laboral de una Administración local. Dentro del colectivo de personal laboral también existe la figura del personal laboral interino, con su propio régimen jurídico. Por lo tanto, no se trata de personal funcionario.

Recordamos que el Derecho laboral administrativo de los funcionarios se sustancia en el Orden Contencioso-Administrativo, no en el Orden Social.

En reunión mantenida ayer con el Ministerio de Justicia, por otras cuestiones relacionadas con la jornada laboral, el Ministerio nos informó que está esperando a que se les dé traslado de la sentencia para estudiar en qué medida puede afectar al colectivo de funcionarios (insistir en que se trata de una sentencia de la Sala de lo Social), en especial en dos aspectos:

1. Las posibles indemnizaciones que se puedan derivar del fin de la relación laboral (en el caso del personal laboral) o del cese del nombramiento (en el caso de personal interino), y la cuantía de la misma.

2. Y quién se puede ver afectado para la posible fijeza, si es que se da el caso de la doctrina recogida en la citada sentencia.

La sentencia argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico de Empleado Público y en el caso de la Administración de Justicia también la Ley Orgánica del Poder Judicial, impidiendo el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos.

Conforme señala la Sentencia, solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo, la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad, y posterior existencia de contratos de duración determinada que evidencian una necesidad estructural de trabajadores, lo que obligaría a dicha conversión.

No obstante, esta conversión no es automática. La sentencia señala que las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada son el abono de una indemnización y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador.