9 de agosto de 2012

CONCURSO ESPECÍFICO DE LOS CUERPOS DE GPA, TPA Y AUXILIO JUDICIAL- NUEVA OFICINA JUDICIAL DE GIRONA

En el BOE de fecha 8 de agosto ha salido publicada la Resolución de 1 de agosto de 2012, del Departamento de Justicia, por la que se convoca CONCURSO ESPECÍFICO para la provisión de puestos de trabajo, como consecuencia de la implantación de la nueva oficina judicial de GIRONA.


BOE DE 8 DE AGOSTO DE 2012


Las solicitudes para participar en este concurso se deberán formalizar según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y se deben presentar en el plazo de 5 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «D.O.G.C.» y «B.O.E.»


En el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga simultáneamente en el «B.O.E.» y en el «D.O.G.C.», se tomará en cuenta la fecha de publicación en el «D.O.G.C.», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.5 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.


SOLICITUDES



 

Las solicitudes habrán de presentarse en el Registro General de los Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Girona, plaza de Pompeu Fabra, núm. 1, 17002 Girona, o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Las personas aspirantes deben consignar en la solicitud de participación la denominación del puesto de trabajo al que optan y, si se quiere concursar al mismo tiempo por más de un puesto de trabajo de esta convocatoria, tendrán que indicar por orden de preferencia las denominaciones correspondientes de los puestos de trabajo a los cuales optan, que figuran en el anexo 2, siempre y cuando reúnan los requisitos que se exigen.


En la solicitud se deberá adjuntar, si es necesario, el certificado de conocimiento oral y escrito del catalán de acuerdo con lo que se señala al punto 2.1 de esta Resolución,expedido por la Secretaría General de Política Lingüística o equivalente, de acuerdo con la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre («D.O.G.C.» 5511, de 23.11.2009), por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril («D.O.G.C.» 5610, de 19.4.2010).


Con la solicitud se deberá adjuntar también, mediante el correspondiente formulario (anexo 4 de esta convocatoria), una declaración de los méritos y las capacidades que se aleguen. Asimismo y a fin de que tales méritos y capacidades puedan ser valorados, se deberán acreditar documentalmente mediante las certificaciones, títulos, justificantes o cualquier otro medio documental, debidamente compulsados. En particular, los servicios prestados en la Administración de Justicia con anterioridad al 1 de abril de 1996 (fecha del traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de medios personales al Servicio de la Administración de Justicia) deberán ser necesariamente acreditados por los interesados.


Os adjuntamos el Anexo 3 para hacer la solicitud de participación en el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singulares en la oficina judicial de Girona:


ANEXO 3


Así como el Anexo 4 para  hacer la declaración de méritos que se alegan:


ANEXO 4



 

Resolución del concurso.


El presente concurso se deberá resolver en el plazo máximo de tres meses contados desde el día siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real decreto 1451/2001, y la Resolución se deberá publicar en el «B.O.E.» y en el «D.O.G.C.» y en ella constará el puesto de trabajo de origen de las personas que obtengan destino.


Plazos de formalización del cese y la toma de posesión.


La resolución de nombramiento comportará, si procede, el cese en el lugar anterior.


El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de 3 días hábiles.


Este plazo se computará a partir del día siguiente al del cese, el cual se tendrá que producir dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de entrada en funcionamiento efectivo del servicio donde se encuentra adscrito el puesto de trabajo, que se concretará por Resolución de la Consejera de Justicia.


Las diligencias de cese y toma de posesión de los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo se deberán formalizar ante los Servicios Territoriales del Departamento en Girona.