Ayer
conocíamos la primera
sentencia que reconoce la ilegalidad del recorte de la paga extra con fundamento en los mismos
argumentos que STAJ ha alegado en todos los recursos que tenemos interpuestos
en diversos tribunales: la LOPJ fue modificada en diciembre, fecha en la que ya
estaba devengada la totalidad de la paga extra, por tanto, su eliminación por
parte de la administración no puede tener efecto retroactivo.
Esta
sentencia, dictada por un juzgado de lo contencioso administrativo de Sevilla,
ha recaído en un recurso interpuesto por un funcionario de Justicia, y en
principio podrán beneficiarse todos los funcionarios de justicia de Andalucía
mediante extensión de sentencia. Para el resto, seguimos a la espera de la
resolución de los recursos que STAJ y otros sindicatos tenemos interpuestos
desde hace tiempo.
No
obstante, STAJ
solicitará por escrito a todas las Comonidades Autónomas y al Estado que devuelva la paga extra a todos
los funcionarios de Justicia, y que no esperen a la resolución de los muchos
recursos que hay interpuestos por todo el Estado, arriesgándose a una más que
probable condena en costas en todos ellos.
En
definitiva, empezamos a
recuperar derechos, unos por
la vía de la negociación (los
tres días de libre disposición logrados por STAJ), y otros, lamentablemente, por la vía
judicial, a la que nos hemos
visto obligados a acudir y que la mayoría de sindicatos estamos utilizando. No
obstante, habrá que ver en qué queda todo esto porque, por un lado, también hay
sentencias contrarias a la devolución (algunas incluso en la misma provincia e
interpuestas por el mismo sindicato que ahora ha obtenido sentencia favorable),
y sobre todo porque dudamos mucho que acepten sin más devolver la paga a todos
los funcionarios de Justicia. ¿O tal vez esperarán a 2015, año electoral, como
ya están anunciando?