En el BOE de hoy miércoles, 19 de febrero se ha publicado la Orden
JUS/141/2020, de 24 de enero, por la que se resuelve el concurso de
traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la
Administración de Justicia, convocado por Orden
JUS/776/2019.
Así mismo en el día de ayer se publicaron las resoluciones de las
Comunidades Autónomas con competencias transferidas.
Las fechas de ceses son:
- Tramitación: 21 de febrero.
- Gestión y Auxilio: 25 de febrero.
Los plazos de tomas de posesión comienzan al día siguiente del cese y
son:
- 3 días HÁBILES, si no hay cambio de localidad
- 8 días HÁBILES, si el cambio de localidad es dentro de la misma comunidad autónoma.
- 20 días HÁBILES si hay cambio de comunidad
- 1 mes si el destino de destino u origen es en Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla.
Si el funcionario obtiene destino en otro Cuerpo en el que se
encontraba en excedencia, el plazo posesorio será de VEINTE DÍAS HÁBILES y
deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el BOE (19
de febrero), es decir, hoy, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con
la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de
reingreso.
Este último plazo posesorio no será retribuido. Pueden solicitar a la
Gerencia de su actual destino un permiso retribuido de dos días hábiles si hay
cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias,
Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta
tres días hábiles. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante
los días de permiso indicados.
Si un funcionario reingresado toma posesión en un destino donde se encuentre otro funcionario del mismo cuerpo que también deba trasladarse por haber obtenido otro puesto en el concurso antes de la fecha de cese indicada anteriormente, este último funcionario cesará el día que el primero tome posesión.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la toma de posesión efectiva del titular.
A partir de esos días comienza a contar el plazo para la toma de
posesión en el destino adjudicado, conforme al artículo
52 del Reglamento de ingreso.
Si algún compañero/a está de permiso o licencia, o vacaciones en ese
momento se aplica lo recogido en el artículo 52.2.
" 2. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido
concedidos a los interesados."
Los destinos obtenidos en las Comunidades Autónomas transferidas son los siguientes:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad valenciana
- Galicia
- La Rioja
- Madrid
- Navarra
- País Vasco