En el BOE del 27 de noviembre se ha publicado la Orden JUS/1112/2020, de 17 de noviembre, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.
Así mismo se ha publicado la Orden JUS/1113/2020 , de 17 de noviembre, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecen a los aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.
En el modelo de instancia se pueden detallar hasta el máximo de plazas
ofertadas, y se tiene que hacer constar el órgano, la localidad, la provincia y
la función.
En caso de que no le corresponda ninguno de los destinos especificados de esta
forma, se tendrá que seguir el orden de preferencia por provincias que se haya
marcado en el modelo de solicitud y dentro de cada provincia, los destinos se
adjudicarán por el orden que establece la resolución.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el
proceso selectivo.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez finalizado el
plazo para presentarla.
Si no formula solicitud de plazas o si no le corresponde ninguna de las
solicitadas, el Ministerio de Justicia o la Consejera de Justicia procederá a
destinarlo, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas. La
adjudicación de los destinos debe hacerse con carácter forzoso de acuerdo con
el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas para el ámbito
territorial por el que se concurre.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los
efectos a los obtenidos por concurso, sin que se pueda participar en este hasta
que no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la presente Resolución en
la que se adjudique al aspirante destino definitivo. El cómputo de los dos años
se determinará de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del
artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Escrito
acompañando documentación
- Anexo I Declaración Jurada
OFERTA DE PLAZAS DE OTROS
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Vasco