25 de junio de 2021

OPOSICIONES 2020: AUXILIO JUDICIAL. PUBLICACIÓN DEL ACUERDO Y LA RELACIÓN DE OPOSITORES APROBADOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del Tribunal Calificador Único, por el que se publican las relaciones de opositores que han superado los ejercicios de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

Según lo dispuesto en la base 7.4 de la convocatoria se da comienzo a la fase de concurso y se establece un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del 5 de julio de 2021 para presentar la documentación acreditativa, únicamente de los méritos indicados en el apartado B (Historial Profesional, apartados B-1 y B-2) del baremo contenido en el Anexo I-B de la Orden de convocatoria, a los opositores que han superado la fase de oposición y figuran en el Anexo II.

Fuera de ese plazo no se admitirá la aportación de documentación sobre estos méritos.

Con anterioridad al 5 de julio se publicará en la página del Ministerio de Justicia, el Manual de instrucciones para la prsentación de dichos méritos, así como el enlace que les llevará al asistente para la aportación telemática de los mismos. La aportación se realizará exclusivamente en dicho aplicativo telemático al que tendrán acceso los opositores que hayan superado la fase anterior.

Los demás méritos a los que se refieren los apartados A, C y D del Anezo I-B, el Ministerio de Justicia, en colaboración con la Comunidades Autónomas con competencias transferidas, comenzará a incorporarlos al expediente de los opositores que han superado la fase de oposición.

Finalizado el plazo, el Tribunal Calificador y los Tribunales Delegados procederán a la revisión de los méritos.

Una vez incorporados los datos de oficio y revisado los méritos alegados por los opositores el Tribunal publicará en la pagína del Ministerio la valoración provisional de méritos de la fase de concurso con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y el total y se abrirá un plazo de diez días para realizar las alegacioes pertinentes, en la forma que se indicará en ese momento.