El Ministerio de Justicia nos remite las Bases definitivas de las convocatorias de los procesos selectivos de estabilización, derivados de la Ley 20/2021.
Aún falta la
distribución de plazas por ámbitos, a la espera de los datos definitivos de las
CCAA.
Os resumimos a
continuación los aspectos principales de estas bases:
CONCURSO-OPOSICIÓN
Mismo sistema
de la convocatoria de las OEP 2017 y 2018; con reserva de nota de dicha
convocatoria -tal como se pactó en el Acuerdo suscrito por STAJ en marzo de
este año, junto con otras organizaciones sindicales-.
La nota de
corte queda establecida en el 50% de la máxima posible (en cumplimiento de
sentencia del Tribunal Supremo reciente).
Se permite que
si en un determinado ámbito quedan plazas sin cubrir, se oferten a aspirantes
que habiendo pasado a la fase de oposición no hayan superado el proceso
selectivo, por orden de puntuación total obtenida en el proceso.
Como hemos
informado en anteriores notas informativas, esta posibilidad se va a incluir
también en la convocatoria del turno libre de la OEP de reposición acumulada
2020-2021-2022, respecto de la cual también se incluirá como nota de corte el
50%. Se han remitido nuevamente estas bases a Función pública para la
aprobación de estos cambios.
CONCURSO
DE MÉRITOS
Finalmente, el
Ministerio ha decidido fijar el mérito de la experiencia en 60% del total. Se
reajusta el resto de méritos:
- 22% Ejercicios superados.
- 8% Historial Profesional.
- 10% Titulación académica.
La nota mínima
requerida es 15 puntos (sobre 100)
Se puntuará con
0,20 el mes de experiencia en el cuerpo al que se opta, con 0,10 la experiencia
en otros Cuerpos generales, LAJ, jueces o fiscales sustitutos, y con 0,05 la
experiencia como personal laboral de la Administración de Justicia.
Por puntuación
obtenida en ejercicios de las convocatorias tanto de turno libre como de
promoción interna, de los últimos diez años, se establece una escala en función
de la calificación obtenida, similar a la del concurso-oposición, y que va de 5
a 9 puntos, con un máximo de 22 puntos.
Los ejercicios
en Cuerpo inferior puntúan un 25% de dicha escala, y en cuerpo superior un
50%.
En el apartado
de titulaciones, se incluyen expresamente además de las titulaciones de
Derecho, las Licenciaturas o Grado de las ramas de Ciencias del Trabajo,
Ciencias Políticas y de la Administración, Administración y Gestión Pública,
Administración y Dirección de Empresas o Criminología, y también la Diplomatura
en Relaciones Laborales y el Título de Graduado Social.
En Auxilio,
puntúa también el bachiller o equivalente o título de grado medio o
equivalente.
El máximo en
este apartado es 10 puntos.
Por último en
el apartado Historial Profesional, el máximo son 8 puntos, 5,5 para cursos
jurídicos y 2,5 para cursos informáticos.
PROMOCIÓN
INTERNA
Respecto a la
petición realizada por STAJ de ofertar adicionalmente a la
Oferta de empleo de estabilización el equivalente al 30% del número de plazas
ofertadas dicha OEP, tal como establece el art. 490.2 LOPJ, el Ministerio dice
que está vinculado al RD que aprueba la oferta de empleo público para la
estabilización derivado de la ley 20/2021 (pactado en Mesa General AGE), que no
ha previsto la existencia de plazas para su cobertura por el sistema de
promoción interna, a diferencia de lo que ocurre con la OEP de reposición, que
sí las incluye.
Desde STAJ insistiremos
en que deben convocarse porque así lo prevé el art. 490.2 LOPJ