- El Ministerio sigue sin negociar la Ley de
Eficiencia Organizativa.
- Comienza la negociación de las bases de los
procesos selectivos de estabilización de la Ley 20/2021.
LEY DE
EFICIENCIA ORGANIZATIVA
Ayer 7 de
noviembre se ha celebrado nueva reunión de la Mesa de negociación con el
Ministerio de Justicia, en la que el primer punto del orden del día era
“Información y entrega de documentación sobre el Proyecto de Ley de Eficiencia
Organizativa”.
El Ministerio
nos ha dicho lo que en parte ya sabemos, que la ley se está tramitando en el
Parlamento y que previsiblemente quede aprobada a finales de año o lo más
tardar en enero. También nos comunica que la idea es que la implantación de los
Tribunales de Instancia con sus respectivas Unidades Procesales de Tramitación,
así como la transformación de los Juzgados de Paz en Oficinas de justicia en el
municipio tendrá lugar en el plazo de tres, seis o doce meses, según el tipo de
partido judicial, a partir de la entrada en vigor de la ley.
También dice el
Ministerio que las Relaciones de puestos de trabajo de las diferentes Unidades
de oficina judicial (Unidades Procesales de Tramitación, Servicios Comunes
procesales) y Oficinas de Justicia en el Municipio serán negociadas en esos
plazos, pero en realidad no da ninguna garantía de que será así y de hecho las
disposiciones transitorias establecen la transformación automática de las
plantillas actuales de juzgados y tribunales en las futuras Unidades, si no se
produce esa negociación en los plazos marcados.
De todo lo anterior,
lo único que nos queda claro es que se confirma la NULA VOLUNTAD DEL
MINISTERIO PARA NEGOCIAR LAS LEYES DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA, a lo que
estaba obligado por ley y por recogerse en el Acuerdo de diciembre de 2021.
Se niega, por
tanto, el Ministerio, a abordar en mesa de negociación las propuestas que hemos
realizado desde STAJ y resto de organizaciones sindicales para
mejorar el texto que ya se está tramitando en el Congreso, obligándonos a tener
que acudir a los Grupos Parlamentarios para exponerles algo que debería haber
quedado negociado antes de la aprobación del Anteproyecto por el Gobierno y su
remisión al Parlamento.
Como ya hemos
informado en varias ocasiones, STAJ ha presentado multitud de
alegaciones, primero al Anteproyecto, y luego al Proyecto, además de haber
remitido a los Grupos parlamentarios nuestras propuestas de enmienda, algunas
de las cuales han sido asumidas por algunos Grupos.
STAJ pretende
que se incluyan también mejoras en nuestro estatuto jurídico, que apenas se
revisa desde hace dos décadas, mejoras que van desde la recuperación de la
reserva de la mitad de plazas para la promoción interna, hasta una mejor
regulación de las sustituciones, carrera profesional, procesos selectivos,
concursos de traslados, etc.
Pero, como decimos,
el Ministerio se niega a negociar nada de esto. Por ello, no nos
queda más salida que la movilización, porque no podemos permitir
que se modifiquen las condiciones de trabajo sin haber negociado nada con los
representantes de los trabajadores afectados directamente por estos cambios tan
profundos.
PROCESOS SELECTIVOS ESTABILIZACIÓN LEY 20/2021
En la Mesa de
hoy también se ha procedido a iniciar la negociación de las bases de los
procesos selectivos de estabilización pactados por los sindicatos de la Mesa
General (UGT, CSIF y CCOO) y previstos en la Ley
20/2021.
Las plazas que
se ofertarán en cada uno de los procesos ya fueron aprobadas en la Oferta de
Empleo de Estabilización recogida en el Real
Decreto 408/2022, de 24 de mayo y negociada también en esa Mesa General -no
en la Mesa de Justicia-, y de ellas ya hemos dado información en
anteriores boletines (puedes consultarlas en nuestras Webs y Blogs
territoriales).
En la reunión
de hoy se han expuesto únicamente líneas generales, habiendo manifestado el
Ministerio que los borradores
de bases facilitados están totalmente abiertos a la negociación, para
introducir en ellos mejoras que podamos proponer desde las organizaciones
sindicales presentes en esta mesa de Justicia.
Desde STAJ hemos
reiterado la necesidad de que el Ministerio oferte también, adicionalmente a
estas plazas, el porcentaje que la ley establece para la promoción interna (30
por ciento de las que hayan sido objeto de Oferta de empleo)
Desde STAJ,
en cuanto al proceso selectivo por concurso oposición, hemos manifestado que
entendemos que deben respetarse las reglas del juego ya marcadas en la
convocatoria de 2019, correspondiente a las Ofertas de Empleo de 2017 y 2018,
tanto en la fase de oposición respetando la reserva de nota -que
además se recoge en el Acuerdo de marzo de 2022-, como en la
fase de méritos, sin alteraciones significativas.
No es de recibo
que en las últimas tres convocatorias de turno libre tengamos tres modelos
diferentes. Las plazas de esta convocatoria proceden de la oferta de empleo de
estabilización de 2019, porque han sido absorbidas por los procesos derivados
de la Ley 20/2021, según ha manifestado el Ministerio reiteradamente. Por
tanto, debe respetarse el sistema pactado en su momento para esas plazas, ya de
por sí muy mermadas en aplicación de esa ley.
Por lo que
respecta al sistema de concurso de méritos “puro”, previsto en
las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, entendemos que
debe revisarse la distribución de méritos que se realiza en el primer borrador
facilitado por el Ministerio, eliminando las limitaciones temporales en los
méritos de experiencia o ejercicios aprobados, reajustando su valoración
máxima, e incrementando el apartado de experiencia, adaptando el resto de
méritos baremables.
La negociación,
como decimos, está absolutamente abierta, el Ministerio se muestra receptivo a
modificar el borrador de manera que lo que se apruebe sea satisfactorio y
plenamente acorde con los principios constitucionales que han de presidir todos
los procesos selectivos.
La próxima
reunión tendrá lugar el día 17 de noviembre. En cualquier caso, el Ministerio
dice que la negociación debe quedar finalizada el día 21 de este
mes, dado que es la fecha tope impuesta por Función Pública para que las
convocatorias puedan estar publicadas antes del 31 de diciembre de
este año, fecha límite marcada por la Ley 20/2021.