Mostrando entradas con la etiqueta Reformas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Reformas. Mostrar todas las entradas

14 de julio de 2015

Publicación en el BOE de la Ley 19/2015, de Reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil

En el BOE de 14 de julio se ha publicado esta ley que  modifica entre otras la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de subastas y la Ley del  Registro civil, especialmente en materia de nacimiento y defunción. Asimismo recoge la prórroga de la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil de 2011, hasta el 30 de junio de 2017.
Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Esta ley modifica la Ley 20/2011 del Registro Civil, y a partir de la entrada en vigor, la inscripción de los recién nacidos  se realizará directamente desde los centros sanitarios, donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto firmarán el formulario oficial de declaración, al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil.

Así mismo, la dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios comunicará a la Oficina del Registro Civil competente y al Instituto Nacional de Estadística cada uno de los fallecimientos que hayan tenido lugar en su centro sanitario.

La entrada en vigor de estas medidas se establece para el 15 de Octubre de 2015

Además, esta Ley contempla la a la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.


24 de junio de 2015

ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO CÓDIGO PENAL. STAJ PIDE FORMACIÓN URGENTE SOBRE EL NUEVO CÓDIGO PENAL

El próximo 1 de julio entrará en vigor la Ley Orgánica 1/2015 por la que se modifica el Código Penal, es decir, entra en vigor el nuevo código penal. 

Entre otras novedades, se despenalizan algunas de las actuaciones que hasta ahora estaban tipificadas como faltas y pasarán a ser sanciones administrativas, siendo de aplicación, en estos supuestos, el derecho administrativo sancionador (una multa por vía administrativa). 

No obstante, algunas actuaciones seguirán estando penalizadas, pero pasarán a denominarse delitos leves. Esas actuaciones, por tanto, no se despenalizan sino que dejan de ser faltas, para ser delitos leves.

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley, la instrucción y el enjuiciamiento de los delitos leves cometidos tras la entrada en vigor del nuevo código penal (1 de julio) se sustanciarán conforme al procedimiento previsto en el Libro VI de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que es el relativo a las faltas. Las menciones contenidas en las leyes procesales a las faltas (que desaparecen) se entenderán referidas a los delitos leves. En otras palabras, los delitos leves se tramitarán según el procedimiento de las faltas. 

Respecto de la legislación aplicable a los hechos cometidos con anterioridad a la entrada en

31 de marzo de 2015

PUBLICACIÓN EN BOE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Y LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA

Publicado en el BOE de hoy 31 de marzo:
Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.
Seguridad ciudadana
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.


26 de marzo de 2015

STAJ DENUNCIA LA PARALIZACION DE TRAMITES EN LOS REGISTROS CIVILES ANTE LA PRIVATIZACION DE ESTE SERVICIO

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia- STAJ- recoge la queja de los compañeros funcionarios del Registro Civil de Albacete y denuncia en la prensa local la paralización de tramites en los expedientes de nacionalidad, o matrimonio, a causa de la privatización de los Registros Civiles con la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, prevista para el 15 de julio de 2015.

A día de hoy sólo en Ciudad Real ya hay 35 parejas que no tienen fecha para su boda en el Registro Civil, una vez los funcionarios de Justicia han completado las citas hasta el 10 de julio. 
Lo mismo puede ocurrir en otras ciudades y pueblos de España.


STAJ continua denunciando las irregularidades que se están produciendo con este traspaso de competencias que implica la privatización de este servicio público, después de que se hayan invertido varios millones de euros del erario público en digitalizar y modernizar instalaciones y bases de datos,  y mantendrá su rotunda oposición a esta privatización,  llevando a cabo todas acciones y movilizaciones necesarias para mantener los Registros Civiles como un servicio público de calidad y servido por funcionarios de justicia. 

STAJ, continua con las movilizaciones ininterrumpidas en defensa el Registro Civil, apoya y participará de forma contundente en la manifestación convocada por los funcionarios de los Registros Civiles el día 11 de abril en Madrid


Animamos a todos los funcionarios de Justicia a que acudan a la manifestación en defensa de sus derechos. 

¡¡¡EL REGISTRO CIVIL NO ES UN NEGOCIO!!! 


¡¡¡¡¡¡NO A LA PRIVATIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL !!!!!

16 de marzo de 2015

El Consejo de Ministros aprobó, el pasado viernes 13 de marzo, dos Proyectos de Ley (uno de Ley Orgánica y otro de Ley Ordinaria) que modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Se trata de dos Proyectos de Ley  que adaptan la LECrim., dictada en 1882, a la realidad actual. 

Entre los aspectos que más pueden influir en nuestro ámbito laboral citamos:


  •  Se sustituye el inoperante plazo de un mes previsto en la actual LECrim para la instrucción de los procedimientos por plazos realistas, transcurridos los cuales se deberá decidir si se continúa el procedimiento en fase intermedia o se dicta el sobreseimiento libre o provisional. Los asuntos sencillos tendrán un plazo de seis meses, mientras que la instrucción de los complejos será de 18 meses prorrogables por otro plazo similar. En ambos casos, por razones excepcionales el juez podrá acordar una nueva prórroga por el tiempo que precise para poner fin a la investigación.

9 de marzo de 2015

REFORMA DE LA LOPJ: ASPECTOS QUE AFECTAN A NUESTRO RÉGIMEN JURÍDICO. CONVOCATORIA URGENTE DE LA MESA SECTORIAL DE JUSTICIA.

En el Consejo de Ministros del pasado viernes día 27 de febrero, como ya hemos venido informando, se aprobó el Proyecto de modificación de la LOPJ.

Ese proyecto de modificación de la LOPJ refleja los puntos del preacuerdo suscrito en julio del año pasado entre el Ministerio de Justicia y STAJ, junto con csif y ugt, de modo que:
  • Se mantienen los Partidos Judiciales y los destinos vinculados al municipio y no la provincia.
  • No se altera en absoluto la definición de los centros de destinos recogidos en la ley actualmente en vigor. Estos centros de destino siguen teniendo un ámbito municipal, y no provincial como pretendía en un principio el Ministerio, con el consiguiente peligro de movilidad geográfica por toda la provincia.
  • No hay posibilidad de movilidad ordinaria forzosa.
  • Se mantienen los Juzgados de Paz.
No obstante, en ese proyecto de modificación de la LOPJ sí se incluyen cambios que afectan a nuestro régimen jurídico relativos al proceso selectivo de ingreso en los Cuerpos de la Administración de Justicia, funciones, derechos y obligaciones, régimen disciplinario y sistemas de provisión de puestos de trabajo.

Desde STAJ hemos realizado un resumen de todos aquellos artículos que se verán modificados en el caso de llevarse a cabo la reforma y que afectan al Régimen jurídico de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

-          En el artículo 442 LOPJ, relativo a la promoción interna al Cuerpo de Secretarios Judiciales (que pasan a llamarse Letrados de la Administración de Justicia) se establece que se reservará el 30% de las plazas vacantes para su provisión por promoción interna entre los funcionarios de los Cuerpos de Gestión.
Continúa diciendo el artículo, que “en el supuesto de que no exista Oferta Pública de Empleo, o esta no alcance el 10% de la tasa de reposición, se podrán convocar con carácter extraordinario procesos de promoción interna específicos.”
Actualmente la reserva de plazas es del 50% para promoción interna y se pasaría a un 30%, y se añade la posibilidad de convocar procesos de promoción interna, en aquellos años en los que no se convoque turno libre.

-          Se modifica el artículo 451 LOPJ para recoger la obligación legal de que los Gestores sean llamados como Secretarios Judiciales sustitutos, con preferencia sobre el resto de los integrantes de la bolsa de sustitutos.

5 de marzo de 2015

Reforma LOPJ: STAJ exige la convocatoria urgente de mesa sectorial

Ante la aprobación del Proyecto de LOPJ el pasado viernes día 27 de febrero en Consejo de Ministros, STAJ ha solicitado la convocatoria urgente de mesa sectorial para continuar con la negociación, dado que el propio Ministro, personalmente, se comprometió a que continuaría la negociación incluso después de aprobado el Proyecto, ya que se podrían introducir mejoras por la vía de enmiendas en el trámite parlamentario.
El nuevo Proyecto de LOPJ refleja los puntos del preacuerdo suscrito en julio entre el Ministerio y STAJ y otras organizaciones sindicales, de modo que:

Se mantienen los partidos judiciales y los destinos vinculados al municipio y no la provincia.
No se altera ni una coma de los centros de destinos recogidos en la ley actualmente en vigor.
Se mantienen los Juzgados de Paz.
No hay posibilidad de movilidad ordinaria forzosa.
Se establece la obligación de elaboración de escalafón anual para todos los cuerpos.
Se recoge específicamente la promoción de Técnicos Especialistas de Laboratorio del INT y CF a Facultativos.
Se suavizan las sanciones en el régimen disciplinario, dándose con ello cumplimiento a un acuerdo que data del año 2006, y que los sucesivos equipos ministeriales han venido eludiendo desde entonces.

Por lo que respecta a la promoción interna, se ha rebajado al 30% de la oferta de empleo, pero gracias al preacuerdo se recoge también la posibilidad de promoción interna desvinculada de las ofertas de empleo público.
No obstante, por lo que se refiere a esta concreta cuestión, el Ministerio ha introducido matices que contravienen la letra y el espíritu de lo pactado en julio: por ejemplo, se limita excesivamente en la promoción a secretarios (que se denominarán Letrados de la Administración de Justicia), hasta hacer casi inexistentes esos procesos de promoción interna independientes; y no se recoge, respecto de la promoción entre el resto de cuerpos que debe convocarse en todo caso cuando no haya OPE o esta sea insuficiente. Por ello HEMOS EXIGIDO SU INMEDIATA RECTIFICACIÓN para lo cual se ha interesado la convocatoria urgente de mesa sectorial.
STAJ no va a aceptar de ningún modo que el texto definitivo no recoja en sus estrictos términos lo que se pactó después de meses de negociaciones, aunque sólo sea en esa concreta cuestión.




2 de marzo de 2015

SUPRESIÓN DE LAS TASAS JUDICIALES.

El Consejo de Ministros aprobó el viernes 27 de febrero un Real Decreto-Ley para la modificación de las tasas judiciales, por el que las personas físicas quedarán exentas del pago de las mismas en todos los Órdenes e Instancias. 


El Real Decreto se publicó el sábado 28 de febrero, con entrada en vigor el día siguiente a su publicación, por lo tanto desde el lunes 2 de marzo no hay que pagar tasas judiciales.  



PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.

También se ha aprobado en el Consejo de Ministros el proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Se trata de un proyecto de ley (iniciativa legislativa del Ejecutivo), y aún queda el trámite legislativo en las Cortes. 



Se introducen, según Justicia, “un conjunto de medidas dirigidas a la mejora de la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia, así como en la relación de ésta con los operadores jurídicos y los ciudadanos, a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales”.

Los avances en el desarrollo de sistemas y aplicaciones tecnológicas orientadas a alcanzar una Administración de Justicia digital van a permitir la posibilidad de que determinados colectivos estén obligados a utilizar medios electrónicos en la realización de los actos de comunicación.

Los datos de correo electrónico y de número de teléfono podrán ser utilizados para la localización del demandado. Se realizarán los actos de comunicación a través del Servicio de Dirección Electrónica Habilitada para los colectivos que resulten obligados y para aquellos otros ciudadanos que, sin estarlo, opten por dicho sistema. De esta forma, se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones de la Administración que hasta ahora se reciben en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.

En relación a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, los Colegios de Procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.

En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para realizar esta actividad. 

Regulación del juicio verbal

Se introduce la figura de la contestación escrita a la demanda, con lo que el demandante irá a juicio conociendo los motivos de oposición del demandado. De esta forma, se posibilitará que las partes puedan acudir a la vista con los medios de prueba precisos, evitándose la citación de testigos y peritos innecesarios.
Se introduce la posibilidad de acordar en el juicio verbal un trámite de conclusiones, que permitirá a ambas partes hacer sus alegaciones al término de la vista. Por otro lado, se establece un nuevo régimen de recursos más garantista contra decisiones que admitan o denieguen la práctica de pruebas.
Finalmente, las partes podrán pedir que se resuelva el pleito sin necesidad de celebrar la vista, por lo que los autos podrán darse por conclusos si el Tribunal acepta la solicitud.

El proceso monitorio


En relación al proceso monitorio, el juez, previa dación de cuenta del Secretario Judicial, verificará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios. Podrá, por este motivo, declarar de oficio el carácter abusivo de la cláusula en cuestión. En ese caso, esta cláusula no podrá ser invocada en ningún otro juicio posterior.

PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL.

En el Consejos de Ministro del pasado 27 de febrero se ha aprobado el proyecto de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se trata de un proyecto, y aún debe pasar por todo el trámite legislativo en las Cortes.

Con la aprobación del proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial se introducirán en el sistema judicial medidas organizativas encaminadas «a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los tribunales y un mejor reparto de asuntos»:
 
- Posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más Partidos Judiciales, con el fin de buscar el correcto equilibro entre el mantenimiento de una proximidad del juzgado respecto de la víctima y la respuesta especializada que exige el tratamiento de este tipo de procedimientos.
 
Además, se amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar.

- Se posibilita alcanzar un mayor equilibrio de las cargas de trabajo en el caso de los Órganos judiciales de ámbito provincial. Para ello, se prevé que las Salas de Gobierno puedan acordar las modificaciones precisas en las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos en determinados juzgados.
 

- Se incluye un mecanismo que permitirá al Consejo General del Poder Judicial especializar uno o varios Órganos judiciales, de forma temporal, si así se determina en función del número de asuntos, para enjuiciar y resolver aquellas causas específicas que se determinen y que puedan ser tramitados por un mismo órgano judicial. 

- Para auxiliar al juez instructor de una causa compleja y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el CGPJ podrá acordar la adscripción al Órgano instructor de uno o varios jueces o Secretarios judiciales
, con o sin relevación de funciones, para que bajo la dirección del titular del órgano que conozca de esa causa compleja, puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.

Institutos de Medicina Legal 

Se modifican los Institutos de Medicina Legal para convertirlos en organismos multidisciplinares, que aseguren una atención integral. Contarán con unidades de valoración forense integral, de los que podrán formar parte los psicólogos y trabajadores sociales para garantizar, entre otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género y doméstica, menores, familia y personas con discapacidad.

24 de septiembre de 2014

Gallardón presenta su dimisión y deja la política.

Descárgate la hoja en PDF
En la tarde de este martes día 23 de septiembre Alberto Ruiz Gallardón ha anunciado en rueda de prensa su dimisión como Ministro de Justicia, motivada por no haber contado con el apoyo del Gobierno en la aprobación de su controvertido proyecto de ley del aborto. Al frente del Ministerio le sustituirá Rafael Catalá Polo, hasta ahora Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras del Ministerio de Fomento. El nuevo Ministro ya tuvo responsabilidades en el Ministerio de Justicia, pues fue Secretario de Estado de Justicia con el Ministro Michavilla, entre 2002 y 2004, periodo en el que se produjo la reforma de la LOPJ que modificó nuestro estatuto jurídico e introdujo la denominada “nueva oficina judicial”.
Desde STAJ no podemos decir que nos apene la renuncia de Gallardón, pues no han sido pocas las veces que hemos pedido su dimisión. Le deseamos lo mejor en su vida personal, pero desde luego al frente del Ministerio no ha hecho sino tomar decisiones polémicas una tras otra y muchas de ellas, a nuestro juicio, gravemente perjudiciales para el servicio público de la Administración de Justicia.

19 de septiembre de 2014

STAJ reitera al Ministerio el mantenimiento del Registro Civil como servicio dentro de la Administración de Justicia y el mantenimiento de todos los puestos de trabajo.

STAJ ha vuelto a presentar escrito en el que reitera la solicitud de mantenimiento del Registro Civil como un servicio de la Administración de Justicia, servido enteramente por funcionarios de Justicia.
El hecho de que se produzca la “desjudicialización”, es decir, que los jueces dejen de ser los “encargados” del Registro Civil, no tiene por qué suponer que ese servicio se extraiga de la Administración de Justicia y, encima, se privatice entregándolo a los Registradores mercantiles.
Los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia tenemos conocimientos y experiencia sobrada en Registro Civil, muy necesaria para un servicio público que lo que verdaderamente requiere para ser plenamente eficaz es una inversión suficiente en medios materiales y humanos y una completa modernización, que facilite su acceso por la ciudadanía.
La propuesta que hacemos pasa también por la modificación de la Ley de 2011, en lo que se refiere al personal de los Registros Civiles y la dependencia orgánica y funcional de las Oficinas de Registro Civil, aun sin haber entrado dicha ley en vigor.
Proponemos, y así lo solicitamos expresamente al Ministerio, que los Registros Civilescontinúen siendo un servicio de la Administración de Justicia, en el que los funcionarios del Cuerpo de Secretarios Judiciales, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, continúen prestando sus servicios en las respectivas oficinas de Registro Civil, configurándose como Centro de Destino en la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de acuerdo con la relación de puestos de trabajo que en definitiva se apruebe que en todo caso habrá de garantizar la permanencia, al menos, de la plantilla que actualmente está destinada a funciones de Registro Civil.
Mantenimiento de todos los puestos de trabajo.-

15 de septiembre de 2014

PREACUERDO LOPJ. PROXIMA ELEVACIÓN A DEFINITIVO

Representantes del Ministerio y de CSI-F, UGT y STAJ seguimos analizando en estos días los detalles para elevar a definitivo el preacuerdo alcanzado en el mes de Julio, del que se autoexcluyeron otras organizaciones sindicales presentes en la mesa sectorial de Justicia.Ese preacuerdo establecía que sería elevado a definitivo con la plasmación en la nueva LOPJ de todos los aspectos recogidos en el mismo antes de la aprobación por el Consejo de Ministros del proyecto de LOPJ y de su remisión al Congreso.
Recordemos que en virtud del Preacuerdo -insistimos, del que algunos sindicatos se excluyeron por voluntad propia-, la nueva LOPJ deberá recoger los siguientes puntos:

12 de septiembre de 2014

Aprobada la Ley de Racionalización del sector público: próxima recuperación del quinto día de asuntos particulares

El Congreso de los Diputados ha anunciado en su página Web que ayer se aprobó la Ley de Racionalización del Sector Público y reforma Administrativa.

En su artículo 28.3 se modifica el artículo 48 letra K del Estatuto Básico del Empleado Público, quedando rectado en el sentido de que  los funcionarios `públicos tenemos derecho a cinco días de permiso por asuntos particulares al año.

La entrada en vigor será al día siguiente de su publicación en el BOE, que se producirá presumiblemente en los próximos días.


Estos no es ningín regalo del Gobierno, sino recuperar una pequeñísima parte de nuestros derechos anteriormente arrebatados, por lo que debemos persistir hasta recuperar la totalidad, incluidos todos los días que teníamos en la Administración de Justicia, así como los de antigüedad, sin olvidar la paga extra de 2012 o los descuentos por enfermedad que ahora se nos aplican.

5 de agosto de 2014

La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial no suprimirá los partidos Judiciales

CSIF, STAJ y UGT han alcanzado un principio de acuerdo con el Ministerio de Justicia por el que no se suprimirán los partidos judiciales en la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial. Además se mantienen todos los Juzgados y Agrupaciones de Paz, así como los centros de destino previstos en la LOPJ vigente. Estas centrales sindicales aseguran no entender "que CCOO no haya aceptado este preacuerdo".


28 de julio de 2014

El MINISTERIO SUSPENDE LA REUNIÓN DEL MARTES SOBRE LA NEGOCIACIÓN DE LA DISPOSICIN TRANSITORIA 8ª de la Ley del Registro Civil.-

DESDE STAJ hemos seguido presionando para buscar una solución que vincule a las CCAA y que no se produzca amortización de puestos de trabajo. 
HEMOS EXIGIDO AL MINISTERIO UNA  NUEVA REDACCION de dicha disposición transitoria porque con la que nos traslado tampoco cumplía el compromiso dado por el propio Ministro de Justicia para su territorio              
Pueden y deben cambiar la redacción de esta disposición transitoria  y no se puede perder ni 1 plaza en justicia.

¡¡¡La lucha contra la privatización del Registro Civil continua!!!
Otros temas.-

11 de julio de 2014

La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial no suprimirá los partidos judiciales. Se mantienen las oficinas de los juzgados de Paz.

Alcanzado principio de acuerdo entre el Ministerio de Justicia y CSIF, UGT y STAJ, pendiente de su ratificación o no, a la vista de la redacción final.
1.    No se suprimen los partidos judiciales. Los Tribunales de Instancia pierden, pues, su condición de provinciales. Lo único que será provincial será el reparto de asuntos con arreglo a criterios de reparto equitativo de trabajo entre las diferentes unidades, sin perjuicio de las especializaciones por materias y/o jurisdicciones que pudieran establecerse.
2.    Se mantienen todos los Juzgados y Agrupaciones de Paz. Se crearán “Oficinas judiciales de Paz” allí donde actualmente hay Juzgado de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz con funcionarios de Justicia y se les dará más funciones. Actos de comunicación y ejecución, recepción de escritos, información general y particular al ciudadano, mediación, registro civil,
3.    Se mantienen los centros de destino previstos en la LOPJ vigente, de forma que los centros de destino no se referirán a la provincia, sino al municipio.
4.    Se garantiza la promoción interna: de gestor a Letrado (Secretarios) habrá oferta anual de promoción interna haya OPE a Secretarios o no la haya. La antigüedad requerida continuará siendo de dos años y no de tres como venía en el anteproyecto. Para el resto de cuerpos la promoción está garantizada ya que se podrá convocar promoción independiente cuando se estime necesario (cuando no haya OPE).

9 de julio de 2014

Anteproyecto Ley Orgánica del Poder Judicial: Atentado a los derechos de los funcionarios de Justicia

Mañana día 10 de julio se celebra mesa sectorial para la negociación de los cambios en el estatuto jurídico del personal al servicio de la Administración de Justicia introducidos en el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial.
Recordemos que durante los últimos dos meses se han venido celebrando reuniones de mesa de trabajo donde STAJ ha presentado alegaciones y propuestas en relación con el articulado del Anteproyecto que se hizo público a principios de abril. STAJ también ha presentado informe al Anteproyecto, en cumplimiento del trámite de audiencia que le ha sido conferido al efecto, de todo lo cual ya hemos informado en anteriores notas informativas.

El Ministerio nos ha remitido junto con la convocatoria un borrador con algunas modificaciones que pretende hacer al texto original del Anteproyecto. Ese borrador no recoge casi ninguna (por no decir ninguna) de las alegaciones y propuestas que ha realizado STAJ, y sigue constituyendo un serio ataque a los derechos de los funcionarios de Justicia, instaurando el recurso a la movilidad geográfica obligatoria como una forma ordinaria de cobertura de puestos de trabajo.

Con el Anteproyecto, desaparecen los partidos judiciales y los juzgados de paz, y paralelamente desaparecen prácticamente todos los centros de destino previstos enla Ley Orgánica actual, pues se considerará a partir de ahora centro de destino todas las Unidades Procesales de Apoyo Directo a Jueces y todos los Servicios comunes procesales de una misma provincia, sin que se considere cambio de destino el cambio de un servicio común a otro. Ello significará, en la práctica:

7 de julio de 2014

MANIFIESTO DE LA PLATAFORMA JUSTICIA PARA TODOS

Julio de 2014
Con fecha 3 de diciembre de 2012 se constituyó la Plataforma Justicia para Todos, con la finalidad de defender con todos los medios democráticos a su alcance, los bienes y servicios básicos, el Estado de bienestar y los derechos y libertades de la ciudadanía, así como poner de manifiesto el rechazo a todas las reformas que tengan una incidencia negativa en el derecho de defensa de todas las personas, recortando el acceso a la justicia restringiendo los derechos y libertades de los ciudadanos,  y haciendo retroceder el Estado de Derecho.

Ante las últimas reformas y proyectos legislativos la Plataforma MANIFIESTA:

Toda reforma en el ámbito de la justicia debe estar al servicio de la ciudadanía para la plena efectividad y reconocimiento de los derechos y libertades que establece la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.
El acceso a la justicia por parte de los ciudadanos debe ser gratuito como proclama la Constitución, y no son admisibles en un Estado Social y Democrático de Derecho, restricciones que limiten el derecho a la tutela judicial efectiva, y que disuadan al ciudadano de litigar en la defensa de sus derechos e intereses.
Las reformas legales deben garantizar la agilización de los procedimientos para obtener una respuesta efectiva sobre los derechos e intereses en disputa en un tiempo razonable.
Toda iniciativa legal debe estar al servicio de garantizar los derechos de la ciudadanía ante la justicia sin que sean admisibles restricciones presupuestarias que deterioren la prestación del servicio por falta de recursos personales y materiales.
Las reformas deben garantizar la independencia de los jueces y magistrados,  la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad y de los derechos ciudadanos del Ministerio Fiscal, la objetividad e imparcialidad en el desempeño de las funciones públicas en el ámbito de la Administración de Justicia, y el reconocimiento y garantía del ejercicio de colaboración con la justicia de los profesionales del derecho, así como la protección y reconocimiento de los intereses colectivos de las organizaciones y entidades ciudadanas que representan a los ciudadanos.
Las reformas, por último, deben desarrollarse  conforme al principio de participación ciudadana en el servicio de la justicia, para hacer efectivo el principio constitucional que reconoce a los ciudadanos la participación en la vida política, económica, cultural y social.


En relación a los proyectos e iniciativas legales que se relacionan, lo siguiente:

LEE EL COMUNICADO COMPLETO:



4 de julio de 2014

REUNIÓN DE STAJ CON EL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

STAJ junto con Csif y Ugt ha mantenido esta semana reunión con el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, a fin de trasladarle la preocupación existente de nuestro colectivo con el anteproyecto de reforma de la LOPJ y especialmente con aquellos puntos que afectan directamente a los funcionarios de justicia y sus condiciones de trabajo, particularmente la desaparición de partidos judiciales y juzgados de Paz y la nueva consideración de la Provincia como centro de destino. Esta reunión se enmarca dentro de las múltiples reuniones y otras actuaciones que STAJ está realizando para lograr la modificación de un texto que perjudica gravemente los derechos de los funcionarios de Justicia.


LEE LA HOJA INFORMATIVA