2 de marzo de 2015

PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.

También se ha aprobado en el Consejo de Ministros el proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Se trata de un proyecto de ley (iniciativa legislativa del Ejecutivo), y aún queda el trámite legislativo en las Cortes. 



Se introducen, según Justicia, “un conjunto de medidas dirigidas a la mejora de la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia, así como en la relación de ésta con los operadores jurídicos y los ciudadanos, a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales”.

Los avances en el desarrollo de sistemas y aplicaciones tecnológicas orientadas a alcanzar una Administración de Justicia digital van a permitir la posibilidad de que determinados colectivos estén obligados a utilizar medios electrónicos en la realización de los actos de comunicación.

Los datos de correo electrónico y de número de teléfono podrán ser utilizados para la localización del demandado. Se realizarán los actos de comunicación a través del Servicio de Dirección Electrónica Habilitada para los colectivos que resulten obligados y para aquellos otros ciudadanos que, sin estarlo, opten por dicho sistema. De esta forma, se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones de la Administración que hasta ahora se reciben en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.

En relación a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, los Colegios de Procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.

En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para realizar esta actividad. 

Regulación del juicio verbal

Se introduce la figura de la contestación escrita a la demanda, con lo que el demandante irá a juicio conociendo los motivos de oposición del demandado. De esta forma, se posibilitará que las partes puedan acudir a la vista con los medios de prueba precisos, evitándose la citación de testigos y peritos innecesarios.
Se introduce la posibilidad de acordar en el juicio verbal un trámite de conclusiones, que permitirá a ambas partes hacer sus alegaciones al término de la vista. Por otro lado, se establece un nuevo régimen de recursos más garantista contra decisiones que admitan o denieguen la práctica de pruebas.
Finalmente, las partes podrán pedir que se resuelva el pleito sin necesidad de celebrar la vista, por lo que los autos podrán darse por conclusos si el Tribunal acepta la solicitud.

El proceso monitorio


En relación al proceso monitorio, el juez, previa dación de cuenta del Secretario Judicial, verificará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios. Podrá, por este motivo, declarar de oficio el carácter abusivo de la cláusula en cuestión. En ese caso, esta cláusula no podrá ser invocada en ningún otro juicio posterior.

PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL.

En el Consejos de Ministro del pasado 27 de febrero se ha aprobado el proyecto de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se trata de un proyecto, y aún debe pasar por todo el trámite legislativo en las Cortes.

Con la aprobación del proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial se introducirán en el sistema judicial medidas organizativas encaminadas «a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los tribunales y un mejor reparto de asuntos»:
 
- Posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más Partidos Judiciales, con el fin de buscar el correcto equilibro entre el mantenimiento de una proximidad del juzgado respecto de la víctima y la respuesta especializada que exige el tratamiento de este tipo de procedimientos.
 
Además, se amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar.

- Se posibilita alcanzar un mayor equilibrio de las cargas de trabajo en el caso de los Órganos judiciales de ámbito provincial. Para ello, se prevé que las Salas de Gobierno puedan acordar las modificaciones precisas en las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos en determinados juzgados.
 

- Se incluye un mecanismo que permitirá al Consejo General del Poder Judicial especializar uno o varios Órganos judiciales, de forma temporal, si así se determina en función del número de asuntos, para enjuiciar y resolver aquellas causas específicas que se determinen y que puedan ser tramitados por un mismo órgano judicial. 

- Para auxiliar al juez instructor de una causa compleja y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el CGPJ podrá acordar la adscripción al Órgano instructor de uno o varios jueces o Secretarios judiciales
, con o sin relevación de funciones, para que bajo la dirección del titular del órgano que conozca de esa causa compleja, puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.

Institutos de Medicina Legal 

Se modifican los Institutos de Medicina Legal para convertirlos en organismos multidisciplinares, que aseguren una atención integral. Contarán con unidades de valoración forense integral, de los que podrán formar parte los psicólogos y trabajadores sociales para garantizar, entre otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género y doméstica, menores, familia y personas con discapacidad.

24 de febrero de 2015

PLAZAS A OFERTAR EN PRÓXIMO CONCURSO DE TRASLADO EN ANDALUCÍA

La Dirección General nos ha facilitado la relación provisional de plazas que van a ser ofertadas en el próximo concurso de traslado. Se incluyen, a petición de STAJ, plazas desiertas (ya fueron ofertadas en concurso de traslado), dado la escasa Oferta de Empleo Público de este año. Lógicamente, se reserva un número suficiente para dicha OPE, habiéndose seguido el criterio de destinar para OPE aquellas plazas que llevan mucho tiempo desiertas o en órganos donde existen otras plazas del mismo cuerpo que se ofertan a concurso.

GESTION SEC PAZ Y OTRAS ATP

SECRETARIOS JUDICIALES PROMOCIÓN INTERNA 2014: PLANTILLA OFICIAL DEL PRIMER EJERCICIO

El Ministerio de Justicia ha colgado el Acuerdo del Tribunal N.º Uno de Publicación de las plantillas correctoras del primer ejercicio de promoción interna celebrado el pasado 21 de febrero. 

20 de febrero de 2015

NOMBRAMIENTOS DE INTERINOS A FECHA 19-02-2015 EN MURCIA

Nombramientos producidos en las bolsas de interinos de la Administración de Justicia de Murcia, a fecha 19-02-2015, conforme a los datos facilitados por la Gerencia.


RESOLUCIÓN DEL CONCURSO DE TRASLADOS DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES

Publicado en el BOE del 19 de febrero.


Destinos 

Orden JUS/259/2015, de 3 de febrero, por la que se resuelve el concurso de traslado, convocado por Orden JUS/2546/2014, de 4 de diciembre, para el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

19 de febrero de 2015

CONCURSO DE TRASLADOS: PLAZAS VACANTES EN GALICIA

Desde la Dirección General de Justicia de Galicia nos han remitido las plazas vacantes que se ofertarán en el concurso de traslados 2015.

16 de febrero de 2015

CONCURSO DE TRASLADO 2015: LISTADOS PROVISIONALES DE PLAZAS A OFERTAR EN ASTURIAS Y CANARIAS

La Dirección General de Justicia de Asturias nos remitió la relación de vacantes y desiertas existentes en el Principado de Asturias, que previsiblemente se ofertarán en el próximo concurso de traslados. Como todos los años, haremos las comprobaciones oportunas, para ver si falta alguna plaza que sea susceptible de ser ofertada.


Plazas a ofertar en Asturias en concurso de traslados 2015 

Asimismo, en la página de la Dirección General de Justicia del Gobierno Canario, se han publicado las plazas vacantes que se van a ofertar en nuestra comunidad en el próximo concurso de traslado. 

Plazas vacantes en Las Palmas 

Plazas vacantes en Santa Cruz de Tenerife 

ACCIÓN SOCIAL 2015 ÁMBITO MINISTERIO.

Con fecha de 11 de febrero de 2015 se han publicado las bases de Acción Social 2015, para el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, Fiscalía General del Estado y Ministerio Fiscal. 
 
SOLO PUEDEN SOLICITARLO LOS FUNCIONARIOS SIGUIENTES:
 
Todos los Secretarios Judiciales con independencia de su destino.
 
Personal del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses Médicos Forenses, Gestores, Tramitadores y Auxilio, así como el personal laboral, destinados en las Comunidades Autónomas pertenecientes al ámbito Ministerio (Castilla León, Castilla-La Mancha, Murcia, Baleares, Órganos Centrales, Extremadura, Ceuta y Melilla).

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 11 de febrero y
finaliza el 2 de marzo de 2015 ambos inclusive. 

MUGEJU: CONVOCATORIA AYUDAS DE MUGEJU DEL PLAN DE ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA

Se ha dictado por la Gerencia de la MUGEJU la Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Gerencia de la MUGEJU, por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa Plan de Atención Socio-Sanitaria. 

Los Programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:
A).- Programa de Atención a personas Mayores.
B).- Programa de Atención a personas con discapacidad.
C).- Programas de atención a personas drogodependientes.

Aquellos que estéis interesados en pedir alguna de estas ayudas, leed detenidamente la Resolución y para cualquier duda acudid a nuestros locales y teléfonos. 

La solicitud se puede formular "en linea" a través de la Sede Electrónica


 y a través del Portal del Mutalista:

mugeju.mjusticia.es , siendo necesario disponer de DNI electrónico o certificado digital reconocido. 

Los impresos también se pueden descargar de la web de la MUGEJU, rellenarlos e imprimirlos para presentarlos posteriormente en el registro de la delegación de MUGEJU: