13 de noviembre de 2020

GESTION PROMOCION INTERNA: PUNTUACIONES IDIOMA Y DERECHO CIVIL VASCO

 En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo de 10 de noviembre del Tribunal Calificador Único de la promoción interna al cuerpo de Gestión Procesal, por el que se aprueban y publican las puntuaciones obtenidas en relación con la prueba de Idioma Autonómico y Derecho Civil Vasco.

Los interesados disponen de un plazo de DOS DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en la página Web del Ministerio de Justicia, para alegar las rectificaciones de errores que estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada, ante el Tribunal Calificador Único, remitiendo un correo a la siguiente dirección electrónica: promociongestionprocesal_tcu@mjusticia.es.

11 de noviembre de 2020

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: FECHA DE LA PUBLICACION DE LA RESOLUCION PROVISIONAL

El Ministerio nos ha informado de que la  fecha de publicación prevista en el BOE, de la resolución provisional del concurso de traslados de Gestión, Tramitación y Auxilio 2020, a finales de noviembre o principios de diciembre."

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA

 Según fuentes del Ministerio de Justicia, en relación al proceso selectivo de Gestión Procesal y Administrativa Promoción Interna, podemos informar que la administración tiene la intención de publicar esta semana los listados definitivos y, seguidamente, a fin de reducir los plazos, la oferta de los destinos a los aprobados.

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

 Orden del 5-11-2020, del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/404/2019 de 21 de marzo, en el ámbito de Península y Baleares.


Fecha de publicación prevista en el BOE: 17-11-2020

9 de noviembre de 2020

OPOSICIONES 2019: ADJUDICACIÓN DE DESTINOS DE TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA EN CATALUÑA

 En el siguiente enlace podéis consultar los destinos adjudicados a la promoción interna del Cuerpo de Tramitación Procesal en Cataluña.


Por protección de datos la consulta se ha de hacer a través de cuatro números del DNI (aparecen con asterisco los 3 primeros números y el ultimo y la letra).

6 de noviembre de 2020

ACTUALIZACIONES Y ACLARACIONES TÉCNICAS PARA LAS SITUACIONES GENERADAS POR EL COVID-19 EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

 El Ministerio de Justicia nos ha trasladado un documento sobre “actuaciones y aclaraciones técnicas para las situaciones generadas por el COVID-19 en la Administración de Justicia ”. 

Según se recoge, ante la situación de rebrote de casos de coronavirus y la situación que se está generando en los órganos, sedes, edificios y oficinas judiciales, se ha elaborado dicho documento con la finalidad de actualizar, recordar y aclarar algunas posibles dudas sobre los criterios de actuación. 

Aunque el documento es bastante farragoso, os invitamos a leerlo para que todos sepamos cómo actuar, no obstante, os facilitamos a continuación un resumen:

CLASIFICACIÓN DE LOS CASOS

Caso sospechoso: cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con fiebre, tos o sensación de falta de aire. 

Caso probable: persona con infección respiratoria aguda grave con cuadro clínico y radiológico compatible con COVID-19 y resultados de prueba diagnóstica negativos, o casos sospechosos con prueba no concluyente. 

Caso confirmado: personas que han dado positivo en algunas de las diferentes pruebas de detección. 

Caso descartado: caso inicialmente sospechoso, con pruebas negativas, en el que no hay una alta sospecha clínica y el médico identifica otra sintomatología o enfermedad (por ejemplo, gripe o alergias).

MANEJO DE LOS CASOS DE COVID-19 CON INFECCIÓN ACTIVA

Todos los casos sospechosos de COVID-19 que no requieran ingreso hospitalario y sean manejados en el ámbito de la atención primaria se mantendrán en aislamiento domiciliario, a la espera del resultado de las PDIA que se realicen siguiendo los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias de las respectivas comunidades autónomas.

a) Si los/las Fiscales, Letrados de la administración de justicia, personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia (Mutualistas de la Mutualidad General Judicial MUGEJU), están adscritos a los servicios públicos de salud de la respectiva comunidad autónoma, deberán contactar con dichos servicios y seguir sus indicaciones para que les prescriban y realicen las PDIA y en su caso seguimiento y tratamiento. Si por el contrario están adscritos a una entidad médica concertada con MUGEJUdeberán contactar con su entidad médica y seguir sus indicaciones para que les prescriban y realicen las PDIA y en su caso tratamiento y seguimiento hasta el alta epidemiológica de la forma en que se establezca en cada comunidad autónoma.

b) El resto del personal que no es mutualista de MUGEJU y que presta sus servicios en el ámbito de la administración de justicia (funcionarios interinos, personal laboral, etc) deberá ponerse en contacto con el servicio público de salud al que están adscrito para que les prescriban y realicen las PDIA y en su caso tratamiento y seguimiento hasta el alta epidemiológica de la forma que se establezca en cada comunidad autónoma.

En el supuesto de los casos confirmados sintomáticos el aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico, con un mínimo de diez días desde el inicio de los síntomas. No será necesario la realización de una PDIA para levantar el aislamiento ni para reincorporarse a la actividad laboral.

En el supuesto de los casos confirmados asintomáticos el aislamiento se mantendrá hasta transcurridos diez días desde la fecha de la toma de la muestra para la realización de la PDIA.

SEGUIMIENTO, RASTREO Y CALENDARIO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUARENTENA DE LOS CONTACTOS ESTRECHOS.

En nuestro contexto laboral, las personas que sean casos sospechosos o confirmados deberán comunicarlo de inmediato a las personas funcionalmente responsables. Ahora bien, esta comunicación inicial del caso sospechoso o confirmado ante el responsable funcional puede tener diferentes destinatarios, según el ámbito de actuación del respectivo servicio de prevención:

Si el caso sospechoso o positivo es personal al servicio de la Administración de Justicia con destino en alguno de los órganos y unidades del ámbito territorial no transferido bastará con que la comunicación inicial del responsable funcional se haga desde cualquier medio en el que quede constancia de la identidad de la persona afectada, de su centro de destino, y de la fecha del inicio de los síntomas o de la confirmación del caso.

Esta comunicación tendrá como destinatario final a la UCRL en la dirección de correo prl.ajus@mjusticia.es, con independencia de que también se ponga en conocimiento de sus superiores jerárquicos y de la respectiva gerencia territorial, a los efectos de otras medidas complementarias que hubiera que adoptar a la mayor brevedad (ej. limpieza desinfectante, reordenación de los espacios, etc.).

Si el caso sospechoso o positivo es personal al servicio de la Administración de Justicia con destino en alguno de los órganos y unidades del ámbito territorial transferido, el responsable funcional tendrá en cuenta el protocolo de seguimiento y rastreo de los contactos de la respectiva Comunidad Autónoma.

En los casos confirmados, la UCRL enviará al responsable funcional remitente una hoja de “DATOS DE CONTACTOS CON CASO DE COVID-19”, para su cumplimentación con las siguientes precisiones:

1. Determinación del periodo para la identificación de los contactos estrechos:

a. Si el caso confirmado es sintomático, el periodo a considerar será desde 2 días antes del inicio de los síntomas hasta el momento en el que el caso fue aislado.

b. Si el caso confirmado es asintomático, el periodo a considerar será desde 2 días antes de la fecha de toma de muestra para diagnóstico.

2. Datos de los trabajadores que coincidieron con el caso confirmado en el periodo a considerar. Se incluirán únicamente a los trabajadores que pudieran considerarse contacto estrecho del caso.

3. Para poder determinar si se trata de un contacto estrecho, es preciso concretar además todos los datos relacionados para cada trabajador, indicando asimismo si permaneció junto al caso confirmado a una distancia inferior a 2 metros durante más de 15 minutos seguidos, si el caso positivo confirmado llevaba mascarilla y si se empleó alguna otra medida de protección.

Las personas que ya han tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2 los 3 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena.

Una vez recibidos estos datos, la UCRL y los servicios médicos de vigilancia de la salud, determinarán si se dan los requisitos para calificar a todas o algunas de las personas comunicadas como contactos estrechos en el ámbito laboral. Esta calificación se atenderá en el menor plazo y su resultado se remitirá a los trabajadores/as afectados/as y a los responsables funcionales y orgánicos que proceda. Según criterio médico, podrán realizarse PDIA a los contactos estrechos identificados en el ámbito laboral.

Los servicios médicos de vigilancia de la salud (Unidades de Riesgos Laborales) elaborarán el informe para que quede acreditada la indicación de incapacidad temporal (IT) cuando proceda, con el fin de facilitar su tramitación a los servicios de atención primaria de los servicios públicos de salud y de las entidades médicas concertadas con MUGEJU.

El seguimiento de estas situaciones se llevará a cabo por los servicios pertinentes de cada Comunidad Autónoma, según los protocolos establecidos.

REFERENCIAS ORIENTATIVAS PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 21 DE LA LEY 3/2020, DE 18 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, en el supuesto de que un número significativo de los efectivos de un órgano o servicio se encuentre en cuarentena o aislamiento, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio público, y, en concreto, los señalamientos de audiencias previas, juicios y demás actuaciones urgentes, el/la Secretario/a Coordinador/a Provincial podrá efectuar las asignaciones oportunas, mediante acuerdo motivado, en relación con los Letrados y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia destinados en cualquier órgano judicial unipersonal o colegiado. Dicha asignación sólo podrá realizarse entre órganos que radiquen en el mismo municipio y que pertenezcan al mismo orden jurisdiccional en el que el letrado/a o funcionario/a venga realizando su actividad profesional, dando preferencia al Letrado/a y demás personal al servicio de la Administración de Justicia que voluntariamente los soliciten.

CERTIFICADO PARA JUSTIFICAR LA ENTRADA Y SALIDA, POR RAZONES LABORALES O PROFESIONALES, DE LAS ZONAS AFECTADAS POR RESTRICCIONES A LA MOVILIDAD.

Atendiendo a la evolución epidemiológica del COVID-19, algunas Comunidades Autónomas han adoptado medidas que restringen la entrada y salida de personas en determinados núcleos de población.

Sin embargo, quedan excluidos determinados desplazamientos debidamente justificados, entre ellos, el desplazamiento al lugar de trabajo para el cumplimiento de sus obligaciones laborales, profesionales o empresariales.

Para facilitar el cumplimiento de esta previsión se facilita en el Anexo I un modelo de certificado a cumplimentar por el responsable funcional del trabajador que se vea afectado por las restricciones de movilidad. Esta certificación también puede cumplimentarse por el gerente territorial o por la persona competente en RRHH de la Administración de Justicia en el ámbito transferido.


MUGEJU: PUBLICADO EN EL BOE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.

  

En el BOE del 6 de noviembre del 2020 se ha publicado la Orden JUS/1038/2020, de 23 de octubre, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo susceptibles de ser ocupados por personal al servicio de la Administración de Justicia en la Mutualidad General Judicial.

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: POSIBLE FECHA ORIENTATIVA DE PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS PROVISIONALES.

 Desde el Ministerio de Justicia nos han informado que la fecha previsible (sin concretar día) de publicación de los listados provisionales del concurso de traslados 2020 convocado entre los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, se publicará a finales del mes de noviembre.


Respecto de los listados definitivos, nos han indicado que podrían publicarse en el mes de enero, y siempre en función de las reclamaciones que pudieran derivarse.

Asimismo, STAJ ha solicitado que, dada la pandemia en la que nos encontramos, los listados definitivos puedan facilitarse antes, a fin de que todos aquellos que cambien de residencia puedan prever con antelación suficiente cualquier incidencia que les pueda surgir.
 

4 de noviembre de 2020

GPA TURNO LIBRE: ANUNCIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR UNICO SOBRE LA ELIMINACION DEL MODELO DE AUTOEVALUACION Y ACLARACION

 El Ministerio de Justicia ha publicado en su web el Acuerdo del tribunal Calificador Único de Gestión procesal y Administrativa turno libre de 29 de octubre en el que se establece:

“ (…) Ante los numerosos problemas informáticos detectados con el modelo de autoevaluación propuesto (problemas de descarga, cumplimentación, firma y otros) se ha decidido eliminar dicho documento, ya que si bien la convocatoria prevé la aportación de dicho modelo, la implementación de la aplicación informática habilitada para la presentación de la documentación justificativa del historial profesional y la estimación de oficio del resto de méritos establecidos en la convocatoria, suplen la presentación del modelo de autoevaluación por los aspirantes.

 

Por lo tanto, sólo debe presentarse, en este momento procesal, documentación

justificativa de los méritos correspondientes al historial profesional a través de la

aplicación habilitada al efecto.

 

El resto de méritos serán comprobados de oficio por el órgano gestor del procedimiento, si se dio el consentimiento por el aspirante en la instancia inicial, y por lo tanto no deberá presentarse documentación acreditativa de los mismos.

 

Sólo en el caso de que no se hubiera dado el consentimiento para la comprobación de oficio, se abrirá un plazo para la presentación de la documentación acreditativa de los títulos y grados académicos. El inicio de dicho plazo y la forma de presentación, se anunciarán en la página web del Ministerio con posterioridad a la finalización del plazo para la presentación de la documentación acreditativa del historial profesional."

 

3 de noviembre de 2020

BOLSA DE INTERINOS DE BALEARES 2020: CONVOCATORIA Y APERTURA DE PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.


La Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en las Islas Baleares, y en el marco de la Comisión Paritaria de interinos, nos ha remitido la convocatoria, bases y Anexo I para la apertura de bolsas de trabajo de personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia de los Cuerpos de Médicos Forenses, Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y Cuerpo de Auxilio Judicial y Cuerpos Especiales del IML, con arreglo a las siguientes bases:


El plazo de presentación de solicitudes será desde el 4 al 23 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

El número de integrantes de cada bolsa de trabajo en cada isla será el siguiente:



El cupo de reserva, para cada Cuerpo e isla, estará integrado por el resto de solicitudes recibidas que cumplan con los requisitos indicados en la convocatoria.

En todas las bolsas se reservará el 7 % para personas con una discapacidad con grado igual o superior al 33%.


Será requisito para participar en la bolsa haberse presentado al primer ejercicio de las pruebas selectivas del Cuerpo al que opta de cualquiera de las dos últimas convocatorias de oposiciones que se indican a continuación, verificándose de oficio por la propia Gerencia Territorial.

 


Quienes deseen formar parte de las bolsas de trabajo deberán hacerlo constar en una única instancia utilizando exclusivamente el modelo que figura como Anexo I de la convocatoria, quedando vinculados a los datos que hayan hecho constar en la misma, a la que acompañarán los siguientes documentos (sólo será necesario aportar fotocopias):