16 de febrero de 2021

INFORMACION SOBRE PROCESOS SELECTIVOS EN CURSO


Gestión Libre. - La publicación de listados provisionales, estaba fijado para la segunda quincena de febrero. Previsible la semana que viene. Estamos pendientes de confirmación.


Tramitación Libre. - Esperamos la publicación en estos días, podría ser esta semana o la que viene.


Auxilio Judicial.- Siguen trabajando en reserva de aulas para el 17 de abril. Sin confirmar otros datos

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS DEFINITIVOS


En la página del Ministerio de Justicia se han publicado los listados definitivos y la Orden definitiva con la Resolución del concurso de traslados de los Cuerpos de Auxilio Judicial, Tramitación y Gestión 2020.
Os recordamos que la Resolución del concurso de traslados se prevé que se publique en el BOE del próximo día 19 de febrero.
  • Fecha de cese Tramitación: 22-2-2021
  • Fecha de cese Gestión y Auxilio: 26-2-2021 
Dos cuestiones importantes:

1.- Relativa a las comisiones de servicio, en la cual se indica que aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando una comisión de servicios, no será necesario que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión, para ello las Gerencias harán llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre desempeñando la comisión.

2.- Se incluye una disposición novena relativa a la pandemia, indicando que en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía el plazo de cese y de toma de posesión durante el tiempo imprescindible que sea necesario para solventar el concreto caso en el que se encuentre la persona afectada. Para ello, comunicarán dicha circunstancia a la Gerencia Territorial o al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, aportando la documentación acreditativa de la imposibilidad de asistir a tomar posesión en el destino adjudicado. Una vez que finalice la causa de dicha imposibilidad, deberán comunicarlo también a la Gerencia o Comunidad Autónoma, cesando al día siguiente de dicha notificación, contando entonces los plazos posesorios establecidos en los puntos Sexto y Séptimo.


15 de febrero de 2021

BOLSA DE MURCIA 2019: LISTADOS DE INTERINOS DISPONIBLES DE GESTION, TRAMITACIÓN Y AUXILIO A FECHA 4/2/2021


En la página web del Ministerio se han publicado los listados de interinos disponibles en los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Bolsa de Murcia 2019, a fecha 4/2/2021. En el siguiente enlace se pueden consultar dichos listados:

DISPONIBLES BOLSA MURCIA 2019 A 4/2/2021

9 de febrero de 2021

COMPLEMENTO ESPECÍFICO: STAJ SOLICITA LA CONVOCATORIA DE NEGOCIACIÓN AL MINISTERIO.

STAJ ha vuelto a dirigirse por escrito al Ministerio de Justicia para exigir la convocatoria urgente de la mesa de negociación para tratar del incremento del complemento específico del personal de justicia del ámbito no transferido.


La negativa a negociar la subida del citado complemento, por parte del Ministerio de Justicia tanto con este equipo ministerial como con los anteriores, ha sido continua desde 2008. Es hora de poner fin a la discriminación y desigualdad de trato que sufren los funcionarios y funcionarias "exclusivamente por depender del Ministerio de Justicia".


Se ha introducido en los Presupuestos Generales del Estado la disposición adicional 157ª que permite esta negociación, tras las peticiones y enmiendas presentadas a través de los grupos parlamentarios, por lo que el Ministerio de Justicia debe hacer frente al mandato de la Ley y convocar ya la mesa de negociación para ello, sin más dilaciones.


También reclamamos que se dé solución definitiva el reconocimiento de los servicios prestados, pero no cotizados en su día. STAJ lleva años con esta reclamación que incluso ha sido llevada a los Tribunales, siendo estimada en todos los casos. En la Ley de Presupuestos se ha introducido la Disposición Adicional 158ª en que se insta al gobierno a "revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas, y reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones".


Esta reclamación también está incluida en el Acuerdo de diciembre de 2015 firmado por STAJ y otros sindicatos, que el Ministerio de Justicia no ha terminado de cumplir a pesar de los contantes requerimientos. Es urgente que, desde el Ministerio de Justicia en colaboración con las Ministerios competentes, de oficio y a la mayor brevedad se informe a este sindicato del estado de esta situación y la resuelva definitivamente.

5 de febrero de 2021

ULTIMAS NOTICIAS CONCURSO DE TRASLADO


El Ministerio nos acaba de comunicar que los ficheros con la adjudicación definitiva se remitirán lo más pronto posible durante la semana que viene.

Asimismo, indican que la Fecha de publicación en el BOE prevista: 19-2-2021

El cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2021, lunes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2020, viernes

Nos adjuntan copia de la Orden definitiva del concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, anunciado con fecha 28-7-2020 (BOE 1-9-2020)

Se ha introducido un segundo párrafo nuevo en el punto Quinto,

“Aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando una comisión de servicios, no será necesario que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión, para ello las Gerencias harán llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre desempeñando la comisión”.

y se ha añadido un punto Noveno.

Noveno.- Debido a la situación de pandemia que estamos viviendo actualmente, en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía el plazo de cese y de toma de posesión durante el tiempo imprescindible que sea necesario para solventar el concreto caso en el que se encuentre la persona afectada.

Para ello, comunicarán dicha circunstancia a la Gerencia Territorial o al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, aportando la documentación acreditativa de la imposibilidad de asistir a tomar posesión en el destino adjudicado. Una vez que finalice la causa de dicha imposibilidad, deberán comunicarlo también a la Gerencia o Comunidad Autónoma, cesando al día siguiente de dicha notificación, contando entonces los plazos posesorios establecidos en los puntos Sexto y Séptimo.

 

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: FECHA PUBLICACIÓN LISTADOS DEFINITIVOS.

Se nos ha trasladado que el Ministerio de Justicia subirá a su página los LISTADOS DEFINITIVOS del Concurso de Traslados de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia el próximo día 12 DE FEBRERO DE 2021, y se procederá a su publicación en el B.O.E. del 18 DE FEBRERO DE 2021.

OPOSICIONES 2020: AUXILIO JUDICIAL. FECHA ORIENTATIVA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS.

Según las últimas informaciones que nos han facilitado, desde la Administración se está contemplando como fecha posible para la celebración de las pruebas de la oposición al Cuerpo de Auxilio Judicial la del sábado 17 de abril, siempre ligado a la evolución de la pandemia.

Esta información debe ser tomada con todas las cautelas, pues en la situación de pandemia actual no se puede asegurar nada.

4 de febrero de 2021

SUSTITUCIÓN EN VERTICAL. ABONO DE UN COMPLEMENTO DE LA PAGA EXTRA.

En el mes de junio del año 2019 STAJ inició la vía administrativa para varios afiliados, reclamando el abono de la paga extra íntegra en el supuesto de nombramiento en sustitución en vertical, regulado en el artículo 74 del Reglamento de ingreso.

En los supuestos de sustitución en vertical no se abona la paga extra íntegra en cuantía igual al Cuerpo en el que se está sustituyendo, sino que se abona una cantidad inferior.

Tras agotar la vía administrativa (reclamación inicial más recurso de Reposición) para solicitar el abono de las cantidades que no se están abonando, e incluso judicializar la cuestión, la Dirección General para el Servicio Público de Justicia dictó Resolución, en virtud de la cual se estimó parcialmente la pretensión de STAJ. Se trata de una estimación parcial porque tan solo se reconoce el abono de una cantidad de las que se solicitaron, pero hay otra cantidad que no se reconoce.

En este sentidoen la paga extra del mes de diciembre ya se ha abonado la cantidad correcta que se ganó por vía administrativa. Esta estimación a la pretensión de STAJ se ha extendido a todos los funcionarios que se encuentran haciendo sustitución en vertical, tanto en el presente, como en el futuro.

Si comparáis la nómina del mes de diciembre, en los conceptos de paga extra, con la nómina del mes de junio, veréis que hay un complemento superior, concretamente el llamado “Paga Extra Dic. Retr.Co”. Ese es el complemento que se ha ganado y extendido a todos los funcionarios en sustitución en vertical.

No obstante, el abono de esa cantidad opera para las pagas extras devengadas a partir de la fecha de la Resolución de estimación, pero no para las pagas extras devengadas anteriormente, por lo que esas cantidades generadas y no abonadas por la Administración empleadora deberán ser solicitadas. Señalar que STAJ tiene judicializado el tema para esas cantidades pasadas.

Respecto del otro complemento, la citada resolución no lo estima, por lo que sigue siendo un contencioso entre la Administración empleadora y sus empleados. Es una cuestión que desde STAJ ya hemos judicializado para varios afiliados.

3 de febrero de 2021

Nuevo complemento a las pensiones para reducir la brecha de género que sustituye al complemento por maternidad

En el BOE de hoy miércoles 3 de febrero se publica el Real Decreto-Ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico.

Esta norma modifica tanto el artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social, como la Disposición Adicional 18ª de la Ley de Clases Pasivas del Estado, creando un nuevo complemento a las pensiones, el complemento para reducir la brecha de géneroque sustituye al anterior complemento por maternidad. No solo cambia el nombre, sino su estructura, cuantía y el sistema de reconocimiento.

Hasta hoy, con el complemento por maternidad, las pensionistas por edad forzosa recibían un plus del 5% de la cuantía de su pensión de jubilación si se habían tenido dos hijos, del 10% con tres y del 15% por cuatro o más hijos. No se percibía nada si sólo se había tenido un hijo.

Para las nuevas pensiones que arranquen a partir de mañana, con un hijo será suficiente para tener derecho a este complemento, que pasa a ser una cuantía fija: 27 euros al mes (en 14 pagas) o, lo que os lo mismo, 378 euros al año por hijo, hasta un máximo de cuatro hijos (1.512 euros). Esta cantidad subirá cada año en el mismo porcentaje en que lo hagan las pensiones contributivas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En el Régimen General de la Seguridad Social percibirán este complemento las beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (incluida la anticipada, no así la parcial), de incapacidad permanente o de viudedad, mientras que en el Régimen de Clases Pasivas se excluye del cobro del complemento para reducir la brecha de género en el caso de jubilación voluntaria, tal y como ya sucede con el complemento por maternidad.

En principio, este nuevo complemento sólo lo percibirán las mujeres, aunque hay casos en los que un hombre también puede cobrarlo.

  • Aquellos que pasen a recibir pensión de viudedad y tengan hijos a cargo que cobren la de orfandad (porque son menores o siguen estudiando hasta cierta edad).
  • Los hombres que cobren pensión por incapacidad permanente o jubilación siempre que la suma de sus pensiones sea inferior a la de la mujer, si ella también tiene derecho, y demuestren que su carrera profesional se ha visto afectada por la paternidad.

Este complemento de las pensiones se mantendrá mientras la brecha de género en las pensiones (la diferencia entre la media de lo que cobran hombres y mujeres) sea superior al 5%. Si esa brecha baja de esa cifra, el Gobierno presentará un proyecto de ley para derogarla tras consultar a los agentes sociales.

El complemento por maternidad que cobran actualmente muchas mujeres pensionistas lo mantendrán tal cual, sin cambios.

 

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: FECHAS DE PUBLICACIÓN.

La última información facilitada a los Sindicatos por el Ministerio de Justicia con respecto al Concurso de Traslados es que se publicarán los LISTADOS DEFINITIVOS en la página del Ministerio de Justicia a partir del 10 DE FEBRERO DE 2021, aunque lo más probable es que sea a final de esa semana, y una semana después, aproximadamente, será la publicación de los listados definitivos en el BOE, sin que todavía hayan facilitado la fecha concreta, ni tampoco las fechas de cese.

 Esta información hay que tomársela con la cautela sobre las fechas que facilita el Ministerio de Justicia, ya que vemos cómo cambia continuamente.