8 de septiembre de 2021

OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE: AFILIACIÓN A LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL (MUGEJU)

La afiliación de mutualistas titulares DE NUEVO INGRESO se realiza mediante el siguiente procedimiento: Afiliación obligatoria de oficio

https://sedemugeju.gob.es/afiliacion-y-cotizacion/afiliacion

El trámite se puede solicitar "en línea" en esta SEDE ELECTRÓNICA o bien de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Deberán presentar:

•El MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES, debidamente cumplimentado y firmado.

Solicitud para la Afiliación y Variación de datos de Titulares A-1 (PDF).

INFORMACIÓN PARA LA AFILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE NUEVO INGRESO. ALTA DE TITULARES


La incorporación como Personal al Servicio de la Administración de Justicia conlleva la AFILIACIÓN OBLIGATORIA a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que tiene como finalidad gestionar y prestar de forma unitaria para todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración y para los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, los mecanismos de cobertura del Sistema de Mutualismo Judicial establecidos en el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Puede consultar la información completa acerca de las prestaciones de MUGEJU en http://www.mugeju.es/index.php/prestaciones y los convenios y ofertas para mutualistas en http://www.mugeju.es/convenios-y-ofertas

Procedimiento de afiliación:

De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el alta en MUGEJU del personal funcionario de nuevo ingreso se realizará a través de medios telemáticos, evitando así la presentación de impresos en soporte papel, tal y como se explica a continuación:

• MUGEJU ha desarrollado una aplicación en su sede electrónica para dar de alta por medios telemáticos al personal funcionario de nuevo ingreso.

• Finalizados los procesos selectivos, el Ministerio de Justicia facilita a MUGEJU los datos del personal funcionario de nuevo ingreso.

• Estos datos se cargan en la aplicación, iniciándose así el proceso de alta.

• El personal funcionario de nuevo ingreso recibe un correo electrónico en el que se le facilitan las credenciales y la ruta de acceso a la aplicación, junto con la información del procedimiento.

• El personal funcionario accede a esta aplicación y completa el proceso de alta, que consiste en revisar los datos que se muestran y cumplimentar aquellos campos que aparezcan en blanco.

• Finalizado el proceso de alta con éxito, la información queda registrada en nuestra base de datos.

• El sistema genera automáticamente un documento acreditativo de alta en la mutualidad, así como una solicitud del talonario de recetas propio de este Régimen Especial que le será remitido al domicilio particular que haya hecho constar.


ASISTENCIA SANITARIA

Cuestiones Generales:

1. Es necesario que se cumplimenten todos los datos obligatorios para que se pueda completar correctamente el proceso de alta (datos personales, domicilio particular completo, destino, entidad médica…).

2. Acreditación de la entidad médica: la entidad elegida figura impresa en el documento de acreditación de alta en MUGEJU. Para recibir asistencia sanitaria, se tiene que utilizar la tarjeta sanitaria propia que expide cada entidad médica, pero mientras no se reciba la misma, se deberá ser atendido con dicha acreditación.

3. Tarjeta individual de afiliación: es una tarjeta individual y permanente que les identifica como titulares del Mutualismo Judicial. Será remitida al domicilio del mutualista en el plazo aproximado de un mes desde su alta en la mutualidad.

4. Partes de incapacidad temporal (IT): se deberán utilizar siempre los partes de baja por incapacidad temporal propios de MUGEJU, tanto si eligen entidad médica privada como INSS.

Entidades Médicas: se puede elegir la entidad médica que prestará la asistencia sanitaria.

Recordamos que, si se elige una entidad médica privada, siempre se deben utilizar los servicios médicos de esa entidad. Si el mutualista accede a medios ajenos a esa entidad, deberá abonar los gastos que puedan ocasionarse, sin derecho al reintegro de los mismos, salvo en los supuestos excepcionales de asistencia urgente de carácter vital o de denegación injustificada de asistencia y con los requisitos establecidos en el concierto sanitario.

1. Si se ha elegido una entidad médica privada, la tarjeta sanitaria individual será remitida al domicilio por la entidad elegida, transcurridos aproximadamente quince días desde su incorporación. También se puede solicitar personalmente en las oficinas de la entidad médica de su provincia, presentando la tarjeta individual de afiliación a MUGEJU.


2. Si se ha elegido la asistencia sanitaria a través del Sistema Público de Salud (INSS):

• Al darse de alta, se debe hacer constar el número de afiliación a la Seguridad Social.

• Se debe solicitar personalmente la tarjeta sanitaria individual en el centro de salud, tanto para el titular mutualista, como para las personas beneficiarias incluidas en su documento de acreditación de alta en MUGEJU, en caso de que las hubiera.

Prescripción de medicamentos y productos sanitarios:

1. Si se ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones deben realizarse por un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.

2. Si se ha elegido la opción INSS, la mayoría de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, el mutualista recibirá un talonario de recetas para su uso en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma.

ALTA DE PERSONAS BENEFICIARIAS

Normativa de aplicación: artículo 15 del Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, y artículos 14 y 15 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.

Documentación a aportar:

1. Modelo A3, "Solicitud de alta de beneficiarios/beneficiarias", debidamente cumplimentado y firmado.

Solicitud de Alta/Reingreso de Beneficiarios/Beneficiarias A-3 (PDF).


2. Documentación indicada en el modelo de solicitud, como la fotocopia del libro de familia o certificado digital del nacimiento. El modelo de solicitud lleva implícita la consulta de ciertos datos para evitar la aportación de documentación. Las personas beneficiarias mayores de 18 años deberán firmar también el modelo de solicitud.

3. En el caso de oposición expresa a la consulta de datos para la tramitación de esta solicitud, se deberá aportar: 1.Fotocopia del DNI, para mayores de 14 años.

2.Certificados que acrediten que la persona beneficiaria:

No figura como titular ni como persona beneficiaria de la otra persona progenitora en ninguno de los otros regímenes de la Seguridad Social.

Convive con la persona titular y depende económicamente de ella.

No percibe rentas superiores al doble de IPREM (cuando sean mayores de 18 años).

Más información en: http://www.mugeju.es/afiliacion-y-cotizacion/beneficiarios-y-beneficiarias.

INFORMACIÓN SOBRE LA AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE OFICIO

Os facilitamos el enlace dónde podréis consultar los servicios médicos de las distintas entidades privadas concertadas con la MUGEJU en la asistencia sanitaria:

 

 

7 de septiembre de 2021

CONCURSO DE TRASLADOS 2021: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN CANTABRIA.

En el enlace que sigue a continuación podéis encontrar las plazas a ofertar por la Comunidad Autónoma de Cantabria en el concurso de traslado ordinario correspondiente a 2021 para los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.

Plazas concurso Cantabria

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN TURNO LIBRE. NOTAS DE LENGUA AUTONÓMICA Y DERECHO CIVIL VASCO.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado las notas del idioma autonómico del País Vasco, así como las del Derecho Civil Vasco de los aspirantes que lo solicitaron del turno libre de la oposición al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

CONCURSO DE TRASLADOS LETRADOS ADM. JUSTICIA: PUBLICADA RESOLUCIÓN EN EL BOE

En el BOE del 4 de septiembre se ha publicado la Orden JUS/923/2021, de 26 de agosto, por la que se resuelve concurso de traslado para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/672/2021Orden JUS/672/2021, de 22 de junio.

GESTIÓN TURNO LIBRE: BORRADOR ORDEN DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el borrador de la Orden de 1-9-2021, por la que se adjudica destino a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas de Gestión PA, turno libre.

3 de septiembre de 2021

COMPLEMENTO ESPECÍFICO: EL MINISTERIO PRESENTA UNA NUEVA PROPUESTA DE INCREMENTO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO EN SU ÁMBITO DE COMPETENCIA.


En la reunión de 2 de septiembre de 2021, la Administración presenta una propuesta que incluye un incremento respecto de la que presentó el pasado 7 de julio para los Cuerpos de Letrados y Cuerpos Generales

Asimismo, el Ministerio incluye una propuesta para Facultativos INTCF y Médicos Forenses que, hasta la fecha no se había admitido.

Además, abre la puerta a introducir la apertura de negociación de algunas otras reivindicaciones del personal de Justicia.

 

Propuesta del Ministerio 2/09/2021

Cuerpo

Euros mes

Euros año

Auxilio Judicial

140

1680

Tramitación P y A.

160

1920

Gestión P y A.

180

2160

Letrados AJ

190

2280

Ayudantes INTCF

160

1920

Técnicos INTCF

180

2160

Forenses/Facultativos INTCF

80

960

 

Estas cantidades tienen efectos retroactivos a 1 de enero de 2021 con el compromiso de abonar los atrasos en un pago único antes de finales de este año. Estas cantidades serán consolidables en nómina y no podrán ser absorbidas por ningún incremento salarial que se acuerde en el futuro.

El Ministerio se compromete a negociar las reformas que está impulsando en la Administración de Justicia (leyes de eficiencia organizativa, registro civil y Ley de enjuiciamiento criminal entre otras) e incluye un compromiso de no amortizar ninguna plaza, no establecer mecanismos de movilidad forzosa y de que estas reformas no supongan ninguna merma retributiva para ningún funcionario/a.

El Ministerio nos emplaza para una valoración de la oferta al próximo 9 de septiembre.

 

2 de septiembre de 2021

CONCURSO DE TRASLADOS 2021: PREVISIÓN CONVOCATORIA.

En el trascurso de la reunión mantenida con el Ministerio de Justicia para tratar la subida del complemento específico, se acaba de informar a STAJ que el concurso de traslados no se convocará antes del día 20 de este mes, encadenando un nuevo retraso que, nos tememos, pueda no ser el último.

1 de septiembre de 2021

CONCURSO DE TRASLADOS 2021: USO DE CL@VE.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado un documento informativo relativo a las actuaciones necesarias a realizar para la petición destinos en el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia

 Os adjuntamos la nota informativa:


En dicha nota informativa se hace constar que la petición de destinos igual que se hizo en el 2020 se efectuará telemáticamente, a través del asistente de inscripción.

Para el acceso al asistente, se les solicitará que se identifiquen electrónicamente a través del sistema Cl@ve, recomendándose el acceso mediante Cl@ve Permanente, si bien se admitirá también el acceso con DNI electrónico o certificado personal expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Según se dice en la nota publicada, el certificado de usuario de LexNET NO es válido para identificarse electrónicamente a través de Cl@ve.

Toda la información necesaria sobre el sistema Cl@ve, sus oficinas de registro y métodos de acceso se encuentra explicada en este enlace:

https://clave.gob.es/clave_Home/clave.html

CONCURSO PUESTOS DE TRABAJO EN EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.

En el BOE del 1 de septiembre se ha publicado el Acuerdo de 15 de julio de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo en los órganos técnicos del Consejo.

 Podrán tomar parte los funcionarios/as de carrera de las administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo C1 y los funcionarios de carrera pertenecientes a los cuerpos o escalas de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con el baremo que figura en la convocatoria.

Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público – Convocatorias en curso – 2021». Se presentará una solicitud por cada puesto solicitado conforme a la tipología descrita en el anexo I. 2.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la documentación que figura en la convocatoria: 

En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8, 28071 Madrid).

En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https:// registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402 si se dispone del correspondiente certificado electrónico. 

El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

 

31 de agosto de 2021

OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE. PUBLICACIÓN EN EL BOE DE LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.


De acuerdo con las instrucciones del Ministerio de Justicia, la publicación en el BOE de la resolución por la que se adjudican los destinos en el Cuerpo de Gestión P.A, turno libre, será el próximo día lunes, 13 de septiembre.